Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543520 Sanidad Agraria- SENASA; Que, a través del documento del visto, el Ing. Carlos Benjamin Caballero Solis ha presentado su solicitud de renuncia al cargo de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, en virtud a ello, resulta necesario realizar la acción administrativa de personal a que se contrae la presente resolución; Que, de acuerdo al artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG-SENASA, el Jefe Nacional del SENASA ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus atribuciones emitir resoluciones en asuntos de su competencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el Decreto Supremo Nº 008- 2005-AG-Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA; y con los visados de las Ofi cinas de Administración, de Planifi cación y Desarrollo Institucional y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del Ing. Carlos Benjamin Caballero Solis a partir del 31 de Diciembre del 2014 en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración efectuar la liquidación de benefi cios sociales y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1183384-1 AMBIENTE Aprueban la “Guía de Valoración Económica del Patrimonio Natural” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2014-MINAM Lima, 29 de diciembre de 2014 Visto, el Memorándum Nº 654-2014-MINAM/ DVMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 091-2014- MINAM/DVMDERN/DGEVFPN y el Informe Técnico Nº 037-2014-MINAM-DGEVFPN-NABADIA de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural; y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 67 de la Constitución Política del Perú, el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 85 numeral 85.3 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que la Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con las autoridades ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza permanentemente el inventario de los recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, estableciendo su correspondiente valorización; Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente señala como su función general el diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2009- MINAM, se aprobó la Política Nacional del Ambiente, cuyo Eje de Política 1 establece, entre sus objetivos, lograr la implementación de instrumentos de evaluación, valoración y fi nanciamiento para la conservación de los recursos naturales, diversidad biológica y servicios ambientales en el país; y como lineamiento de política del tema 4: Aprovechamiento de los Recursos Naturales, literal g), fomentar la valoración económica de los servicios ambientales que proporciona la diversidad biológica y en particular, los ecosistemas frágiles incluyendo los bosques húmedos tropicales, para la prevención y recuperación del ambiente; Que, asimismo, el Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA PERÚ: 2011-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, contempla en su Meta 7: Gobernanza Ambiental, como Acción Estratégica 7.10, inventariar, evaluar y valorar el patrimonio natural para su conservación, gestión sostenible y articulación de las Cuentas Nacionales; Que, de conformidad con el artículo 11 literal h) del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, corresponde al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, entre otras funciones, elaborar el inventario y establecer mecanismos para valorizar el Patrimonio Natural del país en coordinación con las autoridades sectoriales y descentralizadas, con el fi n de mantener la provisión de los servicios ambientales, así como promover el fi nanciamiento, el pago y la supervisión de los mismos; Que, el artículo 38º literal a) del referido Reglamento, dispone que la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, tiene entre sus funciones, formular y promover en coordinación con las entidades competentes, la política, planes, estrategias, instrumentos, normas y directivas de carácter nacional para la evaluación y valoración de los recursos naturales, la diversidad biológica y los servicios ambientales y su degradación, proponiendo su aprobación; Que, en dicho contexto, el Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural, ha elaborado la “Guía de Valoración Económica del Patrimonio Natural”; la misma que tiene por fi nalidad promover el uso y aplicación de la valoración económica del patrimonio natural como una herramienta para la toma de decisiones, que contribuya a frenar la pérdida y degradación de los bienes y servicios ecosistémicos, visibilizando el signifi cado económico del patrimonio natural y los benefi cios de su conservación y uso sostenible; Que, asimismo, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; mediante Resolución Ministerial Nº 248-2014-MINAM, la citada propuesta fue sometida a participación ciudadana, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios; por lo que, corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; de la Secretaría General; de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Guía de Valoración Económica del Patrimonio Natural”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. La presente resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1183340-1