Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2014 (04/01/2014)


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regulados por la normativa de Contrataciones del Estado, previa visacion de la Oficina de Asesoria Juridica. 2.1.7 Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios hasta por el limite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria suficiente. Dicha autorizacion debe tener como objeto la contratacion de bienes y servicios provenientes de los procesos de seleccion de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como de Adjudicaciones de Menor Cuantia de procesos declarados desiertos. 2.1.8 Autorizar la reduccion de prestaciones en el caso de bienes o servicios hasta por el limite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha autorizacion debe tener como objeto la contratacion de bienes y servicios provenientes de los procesos de seleccion de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como de Adjudicaciones de Menor Cuantia de procesos declarados desiertos. 2.1.9 Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios en aquellos casos de contratos derivados de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como de Adjudicaciones de Menor Cuantia de procesos declarados desiertos. 2.1.10 Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de seleccion que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Publicas - PERU COMPRAS y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. 2.1.11 Resolver los contratos relativos a la contratacion de bienes y servicios derivados de procesos de seleccion de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como a las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de procesos declarados desiertos, por las causales reguladas en la normativa sobre Contrataciones del Estado, asi como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad. 2.1.12 Resolver las solicitudes de ampliacion de plazo contractual derivados de procesos de seleccion de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como a las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de procesos declarados desiertos. 2.1.13 Emplazar a los impugnantes a fin de que realicen la subsanacion de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelacion, asi como la facultad para correr el traslado de los recursos de apelacion a los postores que pudiesen resultar afectados con su resolucion en los procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. 2.2. Facultades en materia administrativa: 2.2.1. Suscribir, en representacion del OEFA, los contratos del personal de la Entidad, asi como sus respectivas prorrogas, adenda y/o modificaciones. 2.2.2. Suscribir, en representacion del OEFA, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. 2.2.3. Aprobar la contratacion de servicios de terceros segun los requerimientos de las unidades organicas debidamente sustentados en el Plan Operativo Institucional correspondiente al Ano Fiscal 2014. 2.2.4. Representar al OEFA ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, las Entidades Prestadoras de Salud - EPSs, las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFPs, Empresas de Seguros, instituciones prestadoras de servicios de salud, asi como todas aquellas que resulten vinculadas con las funciones de la Oficina de Administracion, para que realice cualquier MORDAZA de actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestion del OEFA. 2.2.5. Suscribir, en representacion del OEFA, los convenios de practicas (pre profesionales, profesionales

El Peruano Sabado 4 de enero de 2014

u otros) celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0072005-TR. 2.2.6. Suscribir, en representacion del OEFA, los contratos, convenios y documentos con las entidades financieras, en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias del OEFA y a los servicios que dichas entidades brindan. Articulo 3º.- La Secretaria General y la Oficina de Administracion deberan informar trimestralmente a la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA sobre los actos realizados en virtud de la delegacion dispuesta en los Articulos 1º y 2º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La Oficina de Administracion debera informar trimestralmente a la Secretaria General respecto de las acciones desarrolladas en el MORDAZA de las facultades establecidas en el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM. Articulo 5º.- La Oficina de Administracion debera informar trimestralmente a la Secretaria General respecto de las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos MORDAZA iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.qob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA 1033709-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
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