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El Peruano Sábado 4 de enero de 2014 513538 de Nuevo Progreso, para la ejecución de la Actividad: “Mejoramiento del camino vecinal Nuevo Jerusalén – Valle Los Ángeles – Ramal de Aspuzana, Distrito de Nuevo Progreso – Tocache – San Martín” y con la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, para realizar la Actividad: “Elaboración del estudio de pre inversión, mejoramiento de la cadena de valor del cacao, en la Provincia de Puerto Inca – Huánuco”; respectivamente, los que serán asignados a través de transferencias fi nancieras. En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice las transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 155,000.00 (CIENTO CINCUENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el Área de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 “Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas”, del Pliego 012 – DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través de las Certifi caciones de Créditos Presupuestales Nros. 1789 y 1790. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos; Con las visaciones del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIAS FINANCIERAS Autorizar las transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 155,000.00 (CIENTO CINCUENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, a favor de las Entidades Ejecutoras señaladas en el Anexo que forma parte de la presente resolución, para el fi nanciamiento de actividades correspondiente al Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, cuya relación y montos se detallan en el citado Anexo. Artículo Segundo.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS Las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfi eran para la ejecución de las actividades descritos en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibidas de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos, y que efectúen anulaciones presupuestales con cargo a los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva ANEXO TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIR DAIS DONACIONES Y TRANSFERENCIAS N° Entidad Ejecutora Nombre Monto de la Transferencia hasta S/. 1 Municipalidad Distrital de Nuevo Progreso Actividad: “Mejoramiento del camino vecinal Nuevo Jerusalén – Valle Los Ángeles – Ramal de Aspuzana, Distrito de Nuevo Progreso – Tocache – San Martín” 95,000.00 2 Municipalidad Provincial de Puerto Inca Actividad: “Elaboración del estudio de pre inversión, mejoramiento de la cadena de valor del cacao, en la Provincia de Puerto Inca – Huánuco” 60,000.00 Total 155,000.00 1033626-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas de leche y codificación e intercambio electrónico de datos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 105-2013/CNB-INDECOPI Lima, 12 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigente, establece en su artículo 15 que las Normas Técnicas Peruanas serán revisadas periódicamente para lograr su actualización; Que, de conformidad con la reglamentación anterior, acorde con la vigente, la Comisión ha venido ejecutando el Plan de Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas, aprobadas durante la gestión del INDECOPI, con el objeto de poner a disposición de los usuarios normas técnicas confi ables que satisfagan sus expectativas; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Codifi cación e intercambio electrónico de datos y b) Leche y productos lácteos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, continuando con el Plan de Actualización, la Comisión recibió la opinión favorable de los Comités Técnicos de Normalización mencionados para mantener vigente un grupo de 10 Normas Técnicas Peruanas; Que, recibida la opinión de dichos Comités, la Comisión aprobó que las referidas Normas Técnicas Peruanas aprobadas durante la gestión del INDECOPI, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revisión efectuada en el presente año;