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El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513965 pilares del proceso de transformación de la gestión del gasto público; Que, la Gestión Presupuestaria de los Gobiernos Locales, es un conjunto de fases sucesivas que determinan su capacidad para lograr los Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas para un determinado año fi scal, aplicando los criterios de efi ciencia, efi cacia y desempeño; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) constituye la estimación de ingresos y previsión de gastos, debidamente equilibrado que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho aprueba para el año fi scal 2014; Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 246 de fecha 12.04.2013 se aprueba la conformación de la “Comisión para la Programación y Formulación Anual de Presupuesto del Sector Público 2014 con una perspectva de programación multianual de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en mérito a la Resolución Directoral Nº 007-2013-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una Perspectiva de Programación Multianual” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 007-2013-EF/50.01 publicada en el diario ofi cial El Peruano el dia 12 de abril de 2013; Que, mediante Informe Nº 211-2013-SGPP-GP/ MDSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto elaboró el Presupuesto Institucional de Apertura 2014, lo cual constituye un instrumento para la planifi cación y la toma de decisiones que contiene la programación presupuestal para el año 2014; Que mediante Informe Nº 676-2013-GAJ/MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el documento de gestión PIA (Presupuesto Institucional de Apertura 2014) elaborado por las unidades orgánicas correspondientes se encuentra acorde con el ordenamiento legal vigente, ya que constituye instrumento que regula la gestión interna de la corporación municipal; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, en el Artículo 42º, literal d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego: Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ascendente a S/.120’937,076.00 (Ciento Veinte Millones Novecientos Treinta y Siete Mil Setenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre del Año Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle: GRUPO GENERICO IMPORTE % 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 15,642,967.00.00 12.9% 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 13,391,097.00 11.1% 2.3 Bienes y Servicios 67,036,969.00 55.4% 2.4 Donaciones y Transferencias 6,979,930.00 5.8% 2.5 Otros Gastos 484,686.00 0.4% 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 17,401,427.00 14.4% TOTAL S/. 120,937,076.00 100.00% Los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, se estiman por Fuentes y Rubros de Financiamiento de acuerdo a lo siguiente: Fuentes de Financiamiento Nuevos Soles Rubros de Financia- miento Nuevos Soles 1 Recursos Ordinarios 17’581,343.00 00 Recursos Ordinarios 17,581,343.00 2 Recursos Directamente Recaudados 26’524,661.00 09 Recursos Directamente Recaudados 26,524,661.00 Fuentes de Financiamiento Nuevos Soles Rubros de Financia- miento Nuevos Soles 5 Recursos Determinados 76,831,072.00 07 Fondo de Compensación Municipal 49,732,142.00 08 Impuestos Municipales 25,996,700.00 18 Canon y sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones 1,102,230. 00 Totales 120,937,076.00 Totales 120,937,076.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planifi cación. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 1034792-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 391-2013-MDSR Santa Rosa, 16 de diciembre del 2013 Dado en el Palacio Municipal, el Concejo Distrital de Santa Rosa En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de diciembre de 2013, el Informe Nº 132-2013-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal, del 11 diciembre de 2013, el Informe Legal Nº 296-2013-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, del 10 de diciembre de 2013, el Informe Nº 169-2013/GPP- MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, del 06 de diciembre de 2013, el Informe Técnico Sustentatorio del Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, y el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el CAP de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM se aprobó los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de las Entidades de la Administración Pública y que es de alcance para los Gobiernos Locales”, teniendo como fi nalidad generar una correcta defi nición de los cargos de acuerdo con la estructura orgánica de la Entidad, guardando concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado – a efectos de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos;