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El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513964 de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planifi cación. La Municipalidades conforme a las atribuciones que les confi ere el artículo 197º de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. El Presupuesto Municipal debe sustentar en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia. Par efectos de su administración presupuestaria y fi nanciera, las municipalidades provinciales y distritales constituyen pliegos presupuestarios cuyo titular en el alcalde respectivo; Que, en el numeral 52.2. del Articulo 52º de la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público, enuncia los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos de acuerdo a las disposiciones del presente titulo que les sean aplicables y a las normas contenidas en las directivas que emitan la Dirección Nacional de Presupuesto Público; Que, en el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28802,enuncia el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Publico, es la más alta autoridad técnico normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública, dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los proyectos de inversión pública; Que, la Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, aprueba la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, “Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública”, Aprobación de las pautas para la identifi cación, formulación y evaluación social de proyectos de inversión pública, a nivel perfi l; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, enuncia el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo; le corresponde organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fi n de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la institución educativa y en la comunidad entre otros; Que, en el artículo V de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, enuncia el estado promueve la participación de los jóvenes en la vida política, económica, cultural y social de la nación. Promueve la participación organización de la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del Gobierno Local, Regional y Nacional; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01”Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01” publicado en el Diario El Peruano el 10 de abril del 2010, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de recursos públicos; Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de política, y a su vez de gestión, mediante el cual la autoridad local así como las organizaciones sociales a nivel distrital debidamente representadas, defi ne en conjunto como se van a orientar sus recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico o Institucional según corresponda, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con la Ordenanza Municipal Nº 134, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta; ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2015 EN MARCO DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DESARROLLO CONCERTADO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo 2015 en marco de la Actualización del Plan Desarrollo Concertado en el Distrito de San Juan de Lurigancho el mismo que consta de veinte(20) artículos y dos disposiciones complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Otorgar facultades al Señor Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan garantizar la ejecución del proceso del Presupuesto Participativo 2015, y dictar disposiciones complementarias que se requieran en la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar las Disposiciones Reglamentarias y Complementarias que se requieran para su aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas pertinentes en cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- En los aspectos específi cos no previstos en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente las disposiciones comunes contenidas en la Ley Nº 28056 y su modifi catoria, Ley Nº 29298; Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 131-2010.EF y demás normas que emite el Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto corresponda. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia la siguiente que esta se produzca, asimismo dispóngase en la misma fecha su publicación en la página web de esta Corporación Municipal así como el Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo 2015 en el distrito de San Juan de Lurigancho. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 1034791-1 Aprueban Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Municipalidad para el Período Fiscal 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 087 San Juan de Lurigancho, 28 de diciembre de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 895-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 676-2013-GAJ- MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 210-2013-GP/MDSJL emitido por la Gerencia de Planifi cación; CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y el literal d) del artículo 42º de la Ley No. 27783 –Ley de Bases de la Descentralización, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante la Ley Nº 30114 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2014, el cual comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales; Que, el proceso de modernización del Estado e implementación de la gestión presupuestaria por resultados, inscribe al presupuesto como uno de los principales instrumentos de gestión y como uno de los