Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

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Que conforme al primer parrafo del articulo 82º del Reglamento Interno del Consejo Regional, no se puede debatir ningun proyecto de Ordenanza Regional que no tenga dictamen salvo dispensa aprobada por el Pleno. Con la sustentacion del Abog. MORDAZA MORDAZA Gushiken Izena, Sub Gerente Regional de Asesoria Juridica; con la intervencion del Abog. MORDAZA MORDAZA Bao, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; con el MORDAZA por MAYORIA de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesion de Consejo Regional por el que APRUEBAN la DISPENSA de DICTAMEN por la Observacion de la Ordenanza Regional que "Declara de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima; y, aprueba la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA)"; y, finalmente, con el MORDAZA por MAYORIA de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesion de Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15º inciso a), c) y s), articulo 37 y articulo 38 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional; Ha aprobado, con dispensa de dictamen, la siguiente Ordenanza Regional QUE DECLARA DE NECESIDAD Y DE INTERES REGIONAL LA ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA, Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA; Y, QUE APRUEBA LA CONSTITUCION DE LA COMISION TECNICA REGIONAL DE ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo.- APRUEBESE la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) integrada por: · Un representante del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de las Municipalidades Provinciales del Gobierno Regional de Lima. · Un representante de una Institucion Cientifica del ambito del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de los sectores y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito del Gobierno Regional de Lima. · Dos representantes de las Comunidades Campesinas. · Un representante de los Colegios Profesionales. · Un representante de la Empresa Privada. · Un representante de los Organismos No Gubernamentales. · Un representante de las Universidades del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las competencias y/o intereses segun los requerimientos especificos. Articulo Tercero.- Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OTA: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE a nivel regional; asi como los aspectos relacionados a la macrozonificacion nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion.

OTA para su promulgacion mediante Decreto Regional. Articulo Quinto.- OTORGUESE el plazo de noventa (90) dias contados a partir de la vigencia de la Ordenanza, a efectos que la Presidencia Regional reglamente la misma, en la que se regule su aplicacion y el procedimiento de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica. Articulo Sexto.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Septimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). Que, con fecha 28 de MORDAZA del 2013, mediante Informe Nº 1357-2013-GRL-SCR, Secretaria del Consejo Regional remite a Presidencia Regional, la autografa de la Ordenanza Regional que "Declara de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima; y, aprueba la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA)", para su firma correspondiente. Sin embargo, con fecha 18 de junio del 2013, Presidencia Regional remite el Informe Nº 1077-2013GRL/SGRAJ de la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica; el mismo que, en el literal b) de su numeral 3) menciona lo siguiente: "b) Al respecto, consideramos que al tratarse de la designacion de representantes de instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil que representen a su sector a nivel regional, se requiere que dicha eleccion se lleve a cabo a traves de convocatorias publicas bajo un MORDAZA de participacion ciudadana, por lo que para ello se requiere previamente de un Plan de Trabajo que indiscutiblemente lo debe elaborar y llevar a cabo los organos tecnicos vinculados al tema Zonificacion Ecologica y Economica, siendo en ello asi, consideramos que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, es quien debe llevar a cabo dicho procedimiento y producto de ello elaborar y proponer a la Presidencia Regional el Reglamento de Funcionamiento, Eleccion y Designacion de los representantes ante la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) de la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, a que se refiere el articulo MORDAZA de la ordenanza materia de observacion, a efectos de ser aprobado por la Presidencia Regional mediante Decreto Regional, en su condicion de organo ejecutivo". Asimismo, dicho organo recomienda que la autografa de la Ordenanza Regional debe ser observada, a efectos de que su articulo MORDAZA sea sustituido por el siguiente texto: "Articulo Quinto: OTORGUESE el plazo de noventa (90) dias contados a partir de la vigencia de la Ordenanza, a efectos que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente elabore y proponga a la Presidencia Regional el Reglamento de la Presente Ordenanza, en la que se regule su aplicacion y el procedimiento de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica, a efectos que sea aprobado mediante Decreto Regional" Que, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia 25 de MORDAZA del 2013, en las instalaciones del Consejo Regional sito en Prolongacion Moore Nº 227- Amay ubicado en la MORDAZA de Huacho; se dio cuenta del pedido del Consejero Delegado, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villarreal; por el cual, solicita que se incluya como punto de agenda de la Sesion Extraordinaria el Informe Nº 10772013-GRL/SGRAJ del Sub Gerente Regional de Asesoria Juridica, que remite Presidencia Regional, con respecto a la Observacion de la Ordenanza Regional que "Declara de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima; y, aprueba la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA)"; y, considerando:

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