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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2014 (09/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513962 económicas sostenibles y emprendimientos que permitan generar ingresos y fuentes de trabajo decente para la población; Que, en dicho contexto, mediante Informe N° 017- 2013-MML-GDE-SDP/ecr, ampliado por el Informe N° 018-2013-MML-GDE-SDP/ecr, la Gerencia de Desarrollo Empresarial, a través de la Subgerencia de Desarrollo Productivo, propone constituir la Comisión Mixta del Parque Industrial de Lima Norte, como instancia de apoyo y asesoramiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargada de elaborar un estudio para la creación del Parque Industrial de Lima Norte; Que, en la etapa de formulación del proyecto del parque industrial, la autoridad regional o local, según corresponda a quien presente el proyecto, identifi cará las actividades productivas que se desarrollaran en el Parque Industrial, así como las áreas donde se ubicarán dichas actividades productivas; y, las zonas referidas a la ubicación de los servicios comunes y servicios conexos que garanticen un manejo gerencial y operativo del Parque Industrial y el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de ambiental y de ordenamiento territorial; Que, en Lima Norte existe el interés de impulsar el desarrollo económico integral sostenible y el compromiso manifi esto de determinados actores por llegar a contar con un Parque Industrial, tanto desde el ámbito empresarial, expresado en la iniciativa de la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales de Lima Norte (APYMI), así como desde el ámbito del gobierno local, en particular la Municipalidad de Carabayllo; Que, en virtud a lo señalado, es pertinente constituir una Comisión Mixta que se encargue del estudio de las condiciones necesarias para la creación del Parque Industrial de Lima Norte con la participación los distintos niveles de gobierno, así como los gremios empresariales industriales y las instituciones académicas comprometidos con dicho fi n; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20, artículo 39 y artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Comisión Mixta del Parque Industrial de Lima Norte Constituir la Comisión Mixta del Parque Industrial de Lima Norte, como instancia de apoyo y asesoramiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargada de elaborar un estudio para la creación del Parque Industrial de Lima Norte. Para lo cual realizará las siguientes acciones: 1.1 Identifi car zonas prioritarias dentro de la jurisdicción de Lima Norte para la creación del Parque Industrial Metropolitano de Lima Norte. 1.2 Coordinar y facilitar la gestión y zonifi cación del suelo para poner en marcha la creación Parque Industrial Metropolitano de Lima Norte. 1.3 Convocar y coordinar con otras entidades del gobierno local y con otras municipalidades de Lima Norte, según corresponda, así como, con entidades privadas. 1.4 Proponer instrumentos, procedimientos y mecanismos de gestión que viabilice la creación del Parque Industrial Metropolitano de Lima Norte. 1.5 Revisar las propuestas que se formulen en el marco de la creación del Parque Industrial Metropolitano de Lima Norte Artículo 2º.- Integrantes La Comisión Mixta, estará integrada por: - La Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima o su representante, quien la presidirá. - El Gerente de Desarrollo Empresarial de la Municipalidad Metropolitana de Lima o su representante, en calidad de Secretario. - El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima o su representante. - El Gerente de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad Metropolitana de Lima o su representante. - El Gerente General la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA o su representante. - El Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima - IMP o su representante. - El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y Presidente de la Mancomunidad de Lima Norte o su representante. - Representantes del Ministerio de la Producción. - Representantes de la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales Carabayllo Lima Norte (APYMI); - Representantes de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú - PUCP. El representante de la Alcaldesa Metropolitana de Lima, será acreditado por ella ante el Secretario de la Comisión Mixta. La Comisión Mixta deberá invitar a participar de sus sesiones a los representantes de las Municipalidades Distritales de Lima Norte en cuyas jurisdicciones se ubica el predio materia de la propuesta, asimismo podrá invitar a representantes de otras entidades públicas o privadas cuando así lo requieran. Artículo 3º.- Instalación 3.1. La Comisión Mixta se deberá instalar en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de publicada la presente Resolución de Alcaldía, para lo cual las entidades públicas y privadas mencionadas en el artículo precedente, acreditaran a sus representantes (titular y alterno), por escrito ante la Gerencia de Desarrollo Empresarial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro del citado plazo. 3.2. El funcionamiento de la Comisión Mixta no demandara gastos adicionales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus integrantes actuaran Ad Honórem. 3.3 Los diferentes órganos integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, prestarán el apoyo para la realización de las funciones de la Comisión Mixta, cuando esta la requiera. Artículo 4º.- Funcionamiento de Comisión Mixta del Parque Industrial de Lima Norte 4.1. La Comisión Mixta requiere la concurrencia de seis (6) miembros para sesionar. Aprueba sus acuerdos por mayoría simple, requiriendo cuando menos cuatro (4) votos conformes. En caso de votos singulares o en discordia, las actas de la Comisión refl ejarán el contenido de éstos. El Presidente de la Comisión tiene voto dirimente en caso de empate. 4.2. El Presidente de la Comisión Mixta convocará a sesión con la periodicidad que demanden las necesidades funcionales o cuando lo requieran cinco (5) ó más miembros de la Comisión. 4.3. La Comisión Mixta es competente para dictar las reglas complementarias para la adecuada conducción y desarrollo de sus sesiones así como para su organización y funcionamiento, en todo aquello que no se oponga a la presente Resolución de alcaldía. 4.4 La Comisión Mixta será permanente, a partir de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, y deberá presentar informes bimestrales a la Alcaldesa Metropolitana, así como el Informe Final de las actividades realizadas a los 6 meses de instalada. Artículo 5º.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución a los órganos y empresas municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, al Ministerio de la Producción, a la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales Carabayllo Lima Norte (APYMI) y a la Pontifi cia Universidad Católica del Perú – PUCP para conocimiento y para que cumplan con acreditar a sus representantes titulares y alternos en la cantidad, plazo y formalidad establecida en los artículos 2° y 3° de esta Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1034771-1