Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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se advierte que la conformacion efectuada en el articulo MORDAZA, responda a lo MORDAZA acotado, sino a aspectos generales, lo que hace imposible a la Presidencia Regional pueda ejecutar lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la referida ordenanza". Que, claramente se puede apreciar que, segun la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica, la generalidad de la Comision dispuesta en el articulo MORDAZA de la Ordenanza torna impracticable lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la referida MORDAZA regional. Sin embargo, del propio tenor de lo dispuesto en la Ordenanza Regional se ha declarado de Interes Regional la Zonificacion Ecologica (ZEE) y el Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) en el Gobierno Regional de MORDAZA, a efectos que se proceda a la elaboracion del Plan Regional de la ZEE y el OTA, lo cual es coherente y conforme con el D.S. Nº 087-2004-PCM y demas normas que la misma Sub Gerencia reconoce y detalla. Sin embargo, con dicha Ordenanza no se ha dispuesto la designacion especifica de los funcionarios y ciudadanos de la Sociedad Civil que integraran la Comision Tecnica Regional de la ZEE y del OTA. El tenor y MORDAZA de la Ordenanza apunta a que la designacion sea efectuada de manera plural y democratica definiendo a los verdaderos actores que participaran y coadyuvaran en la elaboracion del Plan mencionado, encomendado la tarea de disponer y reglamentar el mecanismo y modo de designacion al Organo Ejecutivo, la cual debera efectuarla dentro del tiempo dispuesto en la misma Ordenanza y, a su vez, dentro de los margenes presupuestales respectivos que les corresponde administrar, ello como parte de la potestad reglamentaria que le asiste. En efecto, de acuerdo a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, es a traves de Decretos Regionales que el Presidente Regional tiene la potestad normativa que le permite reglamentar las Ordenanzas Regionales para su ejecucion adecuada y correcta, por lo que el encargo encomendado por el Consejo Regional se encuentra dentro de los canones normativos generales y por ello mismo su cumplimiento resulta siendo viable. Que, se puede apreciar el Informe Nº 049-2013GRRNGMA/MNHD expedido por el Biologo Mikelo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el que, asume y considera que los instrumentos que permitan un adecuado MORDAZA de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica (articulo quinto) es complementaria al articulo MORDAZA de la Ordenanza sub analisis y no contradictoria, con lo que se MORDAZA de la Opinion de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica. De otro lado, en cuanto a sus recomendaciones, dicho profesional recomienda que, el plazo de 120 dias regulado en el articulo MORDAZA sea MORDAZA debido a que se ha de requerir de una disponibilidad financiera y logistica, lo cual resulta atendible, ya que es precisamente el Organo Ejecutivo el que cumplira con el encargo encomendado, por lo que sus subgerencias deben ser tomadas en cuenta. No han planteado una propuesta de plazo por lo que la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado" recomienda que sea un plazo de seis meses. Lo mismo, ocurre con la recomendacion de ampliacion del plazo de treinta dias regulado en el articulo MORDAZA de la ordenanza de marras, por un plazo mayor de noventa dias, lo cual es atendible por los fundamentos ya esbozados, por lo que tambien se recomienda atender a dicha modificacion. Que, de otro lado, tambien se advierte el Informe Nº 007-2013-GRL/GRPPAT/OP-HQL emitido por la Oficina de Planeamiento, en el cual menciona que la Ordenanza es coherente con los objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2008-2021 y el Plan de Desarrollo Institucional 2012-2015, y en cuanto a las observaciones a los plazos recomienda se tengan en cuenta por provenir de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, dada su condicion de organo competente al presidir la Comision Tecnica de ZEE y OTA, fundamento que son compartidos por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional, plasmado en su Memorandum Nº 124-2013-GRL-GPPAT. Que, finalmente, la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica emite el Informe Nº 0545-2013-GRL/SGRAJ en el cual recomienda a la Presidencia Regional Observar la autografa de la Ordenanza sub examine, basado en los argumentos ya expuestos precedentemente, observacion

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

que finalmente se plasma por parte de la Presidencia Regional, a traves del Oficio Nº 0197-2013-GRL-PRES. Que, en resumidas cuentas, de todo lo esbozado se advierte que, la observacion se centra en dos argumentos esenciales: · Una supuesta imposibilidad de ejecucion del Articulo MORDAZA de la Ordenanza, que es la opinion presentada por la Sub Gerencia de Asesoria Juridica; y, · Un pedido de ampliacion de los plazos regulados en los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza, propuesto por la Oficina de Planeamiento y ratificada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, bajo estos parametros, la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado" recomienda que la observacion formulada por el Presidente Regional debe ser asumida positivamente en el extremo que se modifique los plazos, conforme lo solicitado por las areas tecnicas ya mencionadas. Por lo que, en la Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia 16 de MORDAZA del 2013; con la sustentacion del Consejero Regional por la Provincia de Huaral, CPC MORDAZA MORDAZA Espinal; del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; y, con el MORDAZA por unanimidad de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesion de Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional aprobo la Ordenanza Regional que resuelve: Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad y de interes Regional la Zonificacion Ecologica y Economica y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo.- APRUEBESE la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) integrada por: · Un representante del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de las Municipalidades Provinciales del Gobierno Regional de Lima. · Un representante de una Institucion Cientifica del ambito del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de los sectores y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito del Gobierno Regional de Lima. · Dos representantes de las Comunidades Campesinas. · Un representante de los Colegios Profesionales. · Un representante de la empresa privada. · Un representante de los organismos no gubernamentales. · Un representante de las Universidades del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las competencias y/o intereses segun los requerimientos especificos. Articulo Tercero.- Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OTA: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE a nivel regional; asi como los aspectos relacionados a la macrozonificacion nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Comision Tecnica Regional de ZEE y OTA que en el plazo de seis (06) meses a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA el Plan Regional de ZEE y

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