Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Comision Tecnica Regional de ZEE y OTA que en el plazo de seis (06) meses a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA el Plan Regional de ZEE y OTA para su promulgacion mediante Decreto Regional. Articulo Quinto.- OTORGUESE el plazo de noventa (90) dias contados a partir de la vigencia de la Ordenanza, a efectos que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente elabore y proponga a la Presidencia Regional el Reglamento de la Presente Ordenanza, en la que se regule su aplicacion y el procedimiento de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica, a efectos que sea aprobado mediante Decreto Regional. Articulo Sexto.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Septimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 13 dias del mes de agosto del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional 1035182-4 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

Que, de acuerdo al Articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al Articulo 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal. Que, el Articulo 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, por Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR/RL se aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que, en su Articulo 2 establece que el Consejo Regional es el organo supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalizacion de la gestion ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestion y conducta publica de los funcionarios del mismo, y las demas que establece la Constitucion Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Esta integrado por los nueve Consejeros Regionales representantes de las provincias del Gobierno Regional de MORDAZA elegidos de acuerdo a ley. En los documentos oficiales, el Consejo se denomina Consejo Regional de Lima. Que, el Art. 60º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece la siguiente competencia de los Gobiernos Regionales: "Art. 60.h) Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad". Que, ello significa fijar y establecer politicas regionales en beneficio y apoyo de los ninos y jovenes del MORDAZA, es una competencia propia e inherente a los Gobiernos Regionales. Que, con fecha 15 de Febrero del 2002, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27666, Ley que declara el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de cada ano, como el "Dia del MORDAZA Peruano", con el siguiente tenor: Articulo 1.- Objeto de la ley Declarase el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de cada ano como el "Dia del MORDAZA Peruano". Articulo 2.- Plan Nacional y medidas en favor del MORDAZA En el Congreso, en la primera sesion ordinaria del Congreso de la MORDAZA semana de MORDAZA de cada ano, el Presidente del Consejo de Ministros, en representacion del gobierno, expondra ante el Congreso de la Republica los lineamientos de politica y metas del Plan Nacional de medidas administrativas, normativas y de cualquier otra indole que se aplicaran para garantizar que los derechos enunciados en la Convencion de los Derechos del MORDAZA del 20 de noviembre de 1989 se aplicaran, plena y progresivamente, en favor de todos los ninos y las ninas que habitan en el territorio del Peru, sin distincion alguna, independientemente de su raza, el color, sexo, idioma, su origen nacional etnico o social, posicion economica, impedimentos fisicos, nacimiento o cualquier otra condicion del MORDAZA, sus padres o de sus representantes legales. Expondra, asimismo, un balance del impacto de los avances logrados en relacion con el Plan Nacional y programas que sobre la misma materia hubieran sido aprobados para el periodo anual precedente. Articulo 3.- Publicacion El Plan Nacional a que se refiere el articulo anterior sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y un diario de circulacion nacional.

Disponen la realizacion de acciones celebratorias en cumplimiento de la Ley Nº 27666 que declara el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de cada ano como "Dia del MORDAZA Peruano"
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2013-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 13 de junio del 2013 en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia de Huaura, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Pedido de la Consejera Regional por la Provincia de Canta, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Berrocal; por el cual, solicita que se incluya como punto de agenda de la Sesion Ordinaria la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la Comision Ordinaria de Construccion, Vivienda, Poblacion, Saneamiento y Desarrollo Social, recaido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 0562013-CR/GRL que deriva a dicha Comision el pedido de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que dispone la realizacion de acciones celebratorias en cumplimiento a la Ley Nº 27666, que declara el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de cada ano como "Dia del MORDAZA Peruano"; y,

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