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El Peruano Viernes 31 de enero de 2014 515811 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen a magistrado por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 698-2013-PCNM P.D. N° 016-2012-CNM San Isidro, 03 de diciembre de 2013 VISTO; El proceso disciplinario N° 016-2012-CNM, seguido contra el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura y, el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1.- Que, por Resolución N° 314-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura; Cargos del proceso disciplinario: 2.- Que, se imputa al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, el haber incurrido en irregularidades en la emisión de la sentencia del 30 de marzo de 2006, recaída en el proceso contencioso administrativo instaurado por don Héctor Hernán León Fernández contra el Ministerio del Interior y otros, sobre impugnación de resolución administrativa, en los siguientes términos: a. Haber otorgado al ciudadano Héctor Hernán León Fernández los ascensos en tres grados (Mayor, Comandante y Coronel de la Policía Nacional del Perú), no obstante que en la vía administrativa el citado León Fernández no solicitó dichos ascensos, por lo que al no haberse sometido dicha cuestión a consideración de las instancias administrativas correspondientes, no concurría un requisito de procedencia indispensable para el inicio del proceso contencioso administrativo, conforme lo exige el artículo 18° de la Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo. b. No haber efectuado control judicial de la Resolución Suprema N° 0226-2005-IN-PNP, y por el contrario atribuyéndose funciones que no le corresponden haber pretendido ejecutar nuevamente la sentencia emitida en el proceso de amparo, expediente N° 2003-00591- 0-2001-JR-CI-03, que tenía calidad de cosa juzgada, y excediéndose del propio tenor de la misma donde no se evalúa siquiera la posibilidad de que el demandante Héctor Hernán León Fernández pudiera ser ascendido, haberle otorgado los ascensos en tres grados (Mayor, Comandante y Coronel de la Policía Nacional del Perú). c. Haber otorgado al demandante Héctor Hernán León Fernández los ascensos en tres grados (Mayor, Comandante y Coronel de la Policía Nacional del Perú) sin establecer previamente si conforme a ley le correspondía o no los ascensos, o si por el contrario debía exigir en otras instancias la reparación de sus derechos expectaticios vulnerados. d. No haber analizado ni argumentado en qué vicio habría incurrido la Administración al emitir la Resolución Suprema N° 0226-2005-IN-PNP que justifi cara declarar su nulidad, así como no haber evaluado si ésta era emitida conforme a ley. Con tales conductas el doctor Cotos Chuyes habría vulnerado el artículo 184° inciso 1) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el artículo 201° inciso 1) de la citada ley. Análisis de la Imputación Formulada: 3.- Que, para los fi nes del presente proceso disciplinario se ha tenido en cuenta el expediente remitido por el Órgano de Control de la Magistratura del Poder Judicial que sustenta el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, la declaración rendida por el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes ante la Comisión Permanente de Procesos Disciplinarios, así como la documentación que obra en el expediente; 4.- Que, cabe precisar, que por Resolución N° 272- 2010-PCNM, de 2 de agosto de 2010, confi rmada por Resolución N° 136-2011-PCNM, de 24 de febrero de 2011, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura decidió no renovar la confi anza al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes; y, en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Distrito Judicial de Piura; 5.- Que, de igual forma, por Resolución N° 371- 2010-PCNM, de 10 de septiembre de 2010, recaída en el Proceso Disciplinario N° 077-2009-CNM; y, confi rmada por Resolución N° 412-2010-CNM, de 10 de diciembre de 2010, el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes fue destituido por su actuación como Juez Titular del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura; 6.- Que, las imputaciones contra el doctor Cotos Chuyes, contenidas en los cargos a), b), c) y d), guardan relación directa con su actuación en el trámite del expediente N° 2951-2005, sobre impugnación de resolución administrativa, debiendo precisarse que los tres primeros cargos giran en torno al mismo hecho derivado de haber otorgado en el citado proceso al demandante Héctor Hernán León Fernández los ascensos en la Policía Nacional del Perú en tres grados: Mayor Comandante y Coronel, por lo que las imputaciones en estos extremos serán evaluados en forma conjunta; Análisis de los cargos imputados en los literales A), B) y C) 7.- Que, del estudio de los antecedentes relativos al expediente N° 2951-2005, se advierte que con fecha 18 de agosto de 2005, don Héctor Hernán León Fernández interpuso demanda contencioso-administrativa contra el Ministerio del Interior y otro, para que se declare nula la Resolución Suprema N° 0226-2005-IN/PNP, de 19 de abril de 2005, por la que se dispuso su pase a retiro por límite de edad en el grado; así como la resolución fi cta que por silencio negativo desestimó su recurso de reconsideración; 8.- Que, en el trámite de dicho proceso, por sentencia de 30 de marzo de 2006, el doctor Cotos Chuyes en su calidad de Juez del Primer Juzgado Civil de Piura declaró fundada la demanda ordenando que el Ministerio del Interior expida nueva resolución otorgándole [al demandante] el ascenso del grado de Capitán de la PNP a los grados de Mayor, Comandante y Coronel de la PNP, con todos sus derechos, goces, benefi cios y preeminencias inherentes al grado; 9.- Que, es pertinente precisar que, conforme aparece de la resolución de 11 de junio de 2010 (fs. 189 a 203), dictada en vía de apelación por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, se condenó al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes como autor del delito contra la administración de Justicia, en su modalidad de prevaricato, condenándolo a tres años de pena privativa de la libertad suspendida por el plazo de dos años sujeto a reglas de conducta, justamente por haber expedido la sentencia de 30 de marzo de 2006, materia del presente proceso disciplinario; 10.- Que, según refi ere la resolución de la Sala Penal de la Corte Suprema, el considerando noveno de la sentencia dictada por el doctor Cotos Chuyes reconoce que efectivamente el marco normativo que determina la línea de carrera de la Policía Nacional del Perú se encontraba determinado [en ese entonces] por el Decreto