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El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014 516354 Web del Fuero Militar Policial; designándose en su reemplazo al Coronel EP (R) Juan Manuel CENTENARO REYES, en concordancia a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 23°, inciso 1) del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, con efi cacia anticipada al 02 de enero de 2014, la designación del General de Brigada (R) Manuel Guillermo Simón VARELA GAMARRA, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial, efectuado por Resoluciones Administrativas N°s. 034 y 035-2013-FMP/CE/SG, ambos del 01 de marzo de 2013. Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Coronel EP (R) Juan Manuel CENTENARO REYES, Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y de la Página Web del Fuero Militar Policial, en concordancia a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob. pe), así como en un lugar visible de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO RAMOS ESPINOZA Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1046903-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo que resolvió rechazar solicitud de declaratoria de vacancia de regidor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 1013-2013-JNE Expediente N° J-2013-01099 CARABAYLLO - LIMA - LIMA RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de noviembre de dos mil trece VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Antonio Benjamín Rodó Granda en contra del Acuerdo de Concejo N° 073-2013/MDC, de fecha 31 de julio de 2013, que rechazó el pedido de vacancia presentado en contra de Agustín Palomino Galindo, regidor del Concejo Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como el Expediente de apelación N° J- 2013-00322, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de vacancia Con fecha 22 de enero de 2013 (fojas 104 a 106), Antonio Benjamín Rodó Granda solicita la vacancia de Agustín Palomino Galindo, regidor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), al haber ejercido injerencia en la contratación de su sobrina, Maribel Flora Palomino Aquino, para que labore como policía municipal de la referida entidad edil, bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios, vínculo que se habría extendido desde el 3 de mayo de 2011 hasta el 28 de febrero de 2013. Asimismo, el solicitante de la vacancia indica que el cuestionado regidor, al haber realizado este hecho, habría incurrido en una práctica inadecuada que ha producido un confl icto entre el interés personal y el público, y que tiene como sustento el que ninguna autoridad o funcionario público debe benefi ciarse o favorecer el ingreso de sus familiares a la institución o entidad del Estado donde labore. Para acreditar lo señalado, el solicitante adjunta copia de la partida de nacimiento de Maribel Flora Palomino Aquino (fojas 107), de la consulta en línea en el Registro Único de Contribuyentes (en adelante RUC) de dicho familiar (fojas 108) y de la hoja de vida del regidor Agustín Palomino Galindo, según el portal web del Jurado Nacional de Elecciones (fojas 108 reverso a 110). Descargos del regidor Agustín Palomino Galindo Mediante escrito, de fecha 21 de febrero de 2013 (fojas 90 a 92), el regidor Agustín Palomino Galindo presenta sus descargos a la imputación formulada, exponiendo los siguientes argumentos: a) De la copia certifi cada de la partida de nacimiento de Maribel Flora Palomino Aquino, acepta la existencia de una relación de parentesco con esta. b) Del Informe N° 174-2013-SRH-GAF/MDC, de fecha 18 de febrero de 2013, emitido por la subgerencia de recursos humanos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, aprecia que Maribel Flora Palomino Aquino trabaja en la referida comuna, bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios, desde el 3 de mayo de 2011 hasta la actualidad, agregando que a dicho informe se adjuntó copias fedateadas de los contratos y adendas de los años 2011, 2012 y 2013, así como copia del legajo personal, la declaración jurada y la carta de no renovación del Contrato N° 032-2013-SRH/ MDC, de fecha 14 de febrero de 2013. c) Sin embargo, señala que ni bien tomó conocimiento de la contratación de Maribel Flora Palomino Aquino como trabajadora en la Municipalidad Distrital de Carabayllo, negó oportunamente haber tenido cualquier tipo de injerencia en su contratación, y que, además, no obran en autos documentos que evidencien que este haya realizado acciones concretas tendientes a infl uenciar en la referida contratación, agregando que, incluso, con carta, de fecha 6 de mayo de 2011 (fojas 93), requirió al titular del pliego a dejar sin efecto dicha contratación, con el fi n de no incurrir en la causal de vacancia por nepotismo, es decir, que formuló oposición y rechazo a la mencionada contratación, de manera oportuna y clara, con lo que no se acreditaría de manera fehaciente y certera que haya ejercido injerencia en la misma. d) Así también, señala que su familiar Maribel Flora Palomino Aquino se encuentra afi liada a la organización política Partido Popular Cristiano (en adelante PPC), hecho que evidenciaría que no ha ejercido injerencia en dicha contratación, puesto que el cuestionado regidor pertenece a la agrupación política Perú Posible (fojas 94). Posición del Concejo Distrital de Carabayllo En sesión extraordinaria, de fecha 22 de febrero de 2013, el Concejo Distrital de Carabayllo, conformado por el alcalde y once regidores, rechazó, con siete votos a favor y cinco en contra, la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Agustín Palomino Galindo, toda vez que no se alcanzó la votación califi cada requerida por el artículo 23 de la LOM (fojas 174 a 196). Esta decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo N° 012-2013/MDC, de fecha 22 de febrero de 2013 (fojas 123 a 124). Recurso de apelación interpuesto por Antonio Benjamín Rodó Granda Con fecha 12 de marzo de 2013 (fojas 130 a 135), Antonio Benjamín Rodó Granda interpuso recurso de