Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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Que asimismo, se considera necesario establecer que en el caso de concesionarios que se encuentren dentro de un MORDAZA regulatorio en curso a la fecha de emision de la presente resolucion, estos deben contar con un plazo que les permita presentar al Regulador los argumentos complementarios vinculados a su propuesta de plazo para alcanzar el Factor de Penetracion, que consideren necesarios; Que, por lo expuesto con fecha 11 de enero del 2014, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 268-2013-OS/ CD, se publico el proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA Estudios Tarifarios, otorgandose un plazo de ocho dias calendario, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la GART, no habiendose recibido opiniones y sugerencias de ningun interesado dentro del plazo establecido; Que, en ese sentido y luego de haberse cumplido las etapas formales respectivas, corresponde finalmente aprobar la modificacion normativa; Que, el Informe Tecnico - Legal Nº 060-2014-GART, complementa la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y su Reglamento, en el Reglamento General de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por red de ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 004-2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el literal e) del numeral 40.2, Articulo 4° de la Norma: "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural", aprobada mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 659-2008-OS/ CD, conforme al siguiente texto: "e) Las zonas beneficiadas deberan alcanzar un Factor de Penetracion de 70%. El plazo en el cual se debe alcanzar el referido Factor, sera definido por Osinergmin en cada MORDAZA regulatorio, considerando las disposiciones que para tal efecto emita el MINEM asi como la evaluacion de la propuesta debidamente sustentada del Concesionario, la cual debera detallar el Factor de Penetracion a alcanzarse en cada ano del periodo tarifario" Articulo 2°.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", entrando en vigencia al siguiente dia de su publicacion, y consignada, junto con el Informe N° 060-2014-GART en la Pagina Web de Osinergmin: www2.osinerg.gob.pe. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- En el caso de los procedimientos regulatorios que, a la fecha de publicacion de la presente resolucion se encuentren en curso, la empresa Concesionaria de distribucion podra presentar al Regulador, dentro de un plazo MORDAZA de ocho (08) dias habiles desde la publicacion de la presente resolucion, su propuesta de plazo en que se debe alcanzar el Factor de Penetracion aplicable a las zonas beneficiadas con el Mecanismo de Promocion y la informacion de sustento que considere necesaria, de acuerdo a lo senalado en la modificacion a que se refiere el Articulo 1° de la presente Resolucion, a fin de que esta sea evaluada por el Regulador. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1048119-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL N° 017-2014-PROMPERU/SG MORDAZA, 4 de febrero de 2014 Visto el Sustento Tecnico de viaje de la Direccion de Promocion de las Exportaciones de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, es un organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, la Alianza del MORDAZA conformada por Colombia, MORDAZA, Mexico y Peru, constituye un mecanismo de integracion que busca progresivamente la libre circulacion de bienes, servicios, capitales y personas entre los paises miembros, siendo ademas su objetivo promocionar de forma conjunta los bienes y servicios de los paises de la Alianza en los mercados internacionales, promover los flujos de inversion entre sus miembros y terceros mercados a fin de incrementar el intercambio comercial; Que, entre los ambitos de accion de la Alianza del MORDAZA es la cooperacion interinstitucional de las cuatro agencias de Promocion (PROCHILE, PROEXPORT de Colombia, PROMEXICO y PROMPERU), que fue establecida por la Declaracion de Bogota de estas agencias de febrero de 2012. Esta cooperacion se da a traves de la realizacion de acciones conjuntas para promocionar la oferta de los cuatro paises en los mercados internacionales y aumentar el intercambio comercial entre los paises que la conforman; Que, se ha previsto para los dias 9 y 10 de febrero de 2014 realizarse en la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia la "VIII Cumbre de la Alianza del Pacifico", con la asistencia de los Presidentes de los cuatro paises miembros; asimismo, se llevara a cabo la V Sesion del Consejo Empresarial, ademas de la reunion de las agencia de promocion de los paises de la Alianza del Pacifico; Que, por tal razon, la Direccion de Promocion de las Exportaciones, ha solicitado se autorice el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz y MORDAZA MORDAZA Ocharan Casabona, quienes prestan servicios en dicha institucion, a la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, para que en representacion de la Entidad participen en los referidos eventos con el fin de realizar acciones de promocion de las exportaciones e Imagen Pais; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores

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