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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (09/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Domingo 9 de febrero de 2014 516491 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Alemania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 018 -2014-PROMPERÚ/SG Lima, 4 de febrero de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, conjuntamente con dieciséis (16) empresas exportadoras del sector agro y agroindustrias, participará en la Feria “BIOFACH 2014”, a realizarse en la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del 12 al 15 de febrero del 2014, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos orgánicos, fortaleciendo las relaciones comerciales de las empresas peruanas exportadoras y accediendo a nuevos contactos comerciales con potenciales compradores; Que, es importante la participación en la referida feria, por ser el evento más importante de productos orgánicos de Europa, además Alemania constituye el segundo destino de nuestras exportaciones agro industriales, lo que permitirá promover nuestras exportaciones de productos orgánicos producidos por PYMES agro exportadoras en dicho mercado; asimismo, permitirá conocer las nuevas tendencias del mercado, los productos de las empresas de otros países que compiten con los nuestros y las innovaciones en productos, envases y embalajes, a fi n de que sean difundidos a las empresas peruanas exportadoras; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, ha solicitado que se autorice el viaje del señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, a la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, para que en representación de PROMPERÚ realice actividades de promoción de exportaciones durante la feria antes señalada; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, a la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del 9 al 16 de febrero de 2014, para que en representación de PROMPERÚ realice acciones de promoción de las exportaciones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 540,00 x 6 días) : US $ 3 240,00 - Pasajes Aéreos : US $ 2 470,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Arturo Alberto Zevallos Pérez presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1048035-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a República Popular China y Singapur, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 039-2014/SUNAT Lima, 6 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación electrónica del 8 de enero de 2014, remitida por la Secretaría de APEC, se adjunta la invitación de la Presidencia del Sub-Comité de Procedimientos Aduaneros 2014 (SCCP1 por sus siglas en inglés) a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para participar en la Primera Reunión del Sub-Comité de Procedimientos Aduaneros de APEC, a llevarse a cabo en la ciudad de Ningbó, Zhejiang, República Popular China, del 19 al 21 de febrero de 2014; Que el citado evento tiene como fi nalidad, entre otros temas, profundizar las acciones de promoción del comercio exterior para el Perú; fortalecer las relaciones entre las Administraciones Aduaneras de los Estados Miembros de la APEC; conocer los avances alcanzados en materia de liberalización y facilitación del comercio, de innovación tecnológica y desarrollo del recurso humano; así como reforzar los mecanismos de cooperación y asistencia técnica que coadyuven a facilitar y asegurar el comercio internacional; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 12-2014-SUNAT/ 3A0000 de fecha 5 de febrero de 2014, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Juan Carlos Henrich Saavedra, Gerente (e) de Recaudación Aduanera de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera, en el citado evento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no