Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2014 (12/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 12 de febrero de 2014

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de la propuesta normativa denominada "Reglamento para la atencion de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion de la aprobacion del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Articulo 8° y Literal n) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion del proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprobaria el "Reglamento para la atencion de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA" y su respectivo Anexo, en el MORDAZA Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo 3°.- Los interesados podran remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, ubicado en la Avenida Republica de Panama N° 3542 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, o mediante la direccion electronica atenciondenuncias@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) dias habiles, contado a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA 1049548-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Disponen publicar proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprobaria el "Reglamento para la atencion de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA" en el MORDAZA institucional del OEFA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 010-2014-OEFA/CD MORDAZA, 5 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, a traves de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o juridicas; asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Articulo 11° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, modificado por la Ley N° 30011, la funcion normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ambito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalizacion ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA); Que, el Articulo 38° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM refiere que cualquier persona puede denunciar ante las instancias correspondientes el incumplimiento de alguna MORDAZA ambiental, acompanando los elementos probatorios del caso; Que, con la finalidad de atender de forma oportuna las denuncias ambientales presentadas ante el OEFA, a traves del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 0222009-MINAM, se implemento el Servicio de Informacion Nacional de Denuncias Ambientales; Que, en ejercicio de su funcion normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de "Reglamento para la atencion de denuncias ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA", proyecto normativo que previo a su aprobacion debe ser sometido a consulta publica con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo N° 009-2014, adoptado en la Sesion Ordinaria N° 005-2014 realizada el 5 de febrero de 2014, se acordo por unanimidad disponer la publicacion

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Modifican Inventario de Directivas vigentes y derogadas relacionadas con la aplicacion de la normativa de contrataciones del Estado y derogan la Directiva Nº 004-99-CONSUCODEPRE
RESOLUCION Nº 034-2014-OSCE/PRE MORDAZA MORDAZA, 31 de enero de 2014 VISTOS: El Acta de Sesion Ordinaria de Consejo Directivo Nº 001-2014/OSCE-CD, de fecha 10 de enero de 2014, correspondiente a la Sesion Ordinaria Nº 001-2014/ OSCE-CD, el Informe Nº 083-2013/DTN de fecha 24 de diciembre de 2013 y el Informe Nº 006-2014/OAJ de fecha 09 de enero de 2014de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº

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