TEXTO PAGINA: 125
El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516855 del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cado por la Ley N° 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA); Que, conforme lo establece el Literal b) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, también modifi cado por la Ley N° 30011, el OEFA tiene a su cargo la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación del desempeño de las funciones de fi scalización a cargo de dichas entidades de ámbito nacional, regional o local; Que, en ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de “Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, proyecto normativo que previo a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la fi nalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo N° 010-2014, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 006-2014 realizada el 12 de febrero de 2014, se acordó por unanimidad disponer la publicación de la propuesta normativa denominada “Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la Avenida República de Panamá N° 3542 del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica supervisionefa@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° -2014-OEFA/CD Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental ņa cargo de las diversas entidades del Estadoņ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y efi ciente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cado por la Ley N° 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA); Que, conforme lo establece el Literal b) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, también modifi cado por la Ley N° 30011, el OEFA tiene a su cargo la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación del desempeño de las funciones de fi scalización a cargo de dichas entidades de ámbito nacional, regional o local; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 011-2014-OEFA/CD del 12 de febrero de 2014 se dispuso la publicación de la propuesta de “Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, en el Portal Institucional de la entidad con la fi nalidad de recibir los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadanía en general por un período de diez (10) días hábiles contado a partir de la publicación de la citada Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, habiéndose recabado comentarios, sugerencias y observaciones de los interesados, corresponde aprobar el texto defi nitivo del Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental; Que, tras la absolución y análisis de los aportes recibidos durante el período de publicación de la propuesta normativa, mediante Acuerdo N° ….-2014 adoptado en la Sesión Ordinaria N° ….-2014 del … de ….del 2014, el Consejo Directivo del OEFA decidió aprobar el “Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual consta de dieciocho (18) Artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, y forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). PROYECTO