Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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Articulo Tercero.- Disponer que el Senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, presida el Gobierno Distrital de Salud de El MORDAZA (GODISA EL AGUSTINO) y la Secretaria Tecnica, sea asumida por el Director de la Direccion de Salud MORDAZA IV ­ MORDAZA ESTE; quienes convocaran a otras instituciones vinculadas al MORDAZA de la salud con la finalidad de garantizar la integridad de las acciones sanitarias. Articulo Cuarto.- Exhortar a la Secretaria Tecnica del Gobierno Distrital de Salud de El MORDAZA (GODISA EL AGUSTINO), a fin de que en coordinacion con las instituciones vinculadas al MORDAZA de la salud, incluyendo el Comite Multisectorial de El MORDAZA ­ COMUL-EA con la participacion de la ciudadania organizada, elaboren la propuesta de Reglamento del Gobierno Distrital de Salud de El MORDAZA (GODISA EL AGUSTINO), en un plazo MORDAZA de 30 dias calendarios, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital El MORDAZA disponga las medidas tecnico-administrativas orientadas a la implementacion de la presente Ordenanza y a los organos competentes su correspondiente difusion y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1050610-1

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Incorporan items en el Cuadro N° 01 - Resumen de Zonificacion Residencial del Articulo 11° del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 008-2014/MDLM La MORDAZA, 10 de febrero de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; el Proyecto de modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 005-2012, mediante el cual se aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, y sus modificatorias los Decretos de Alcaldia N° 020- 2012-MDLM, 012-2013-MDLM, 0152013-MDLM y 026-2013-MDLM; conforme a la propuesta planteada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, segun el Informe N° 013- 2014-MDLM-GDUE, sustentandose en el Informe Colegiado Nº 001­2014MDLM-GDUE/SGPUC/SGOPHU/SGLC, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, la Subgerencia de Licencias Comerciales y la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los Articulos 91°, 191° y 194° de la constitucion citada, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos

de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, el Articulo 195° de la citada Constitucion, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, por su parte, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, establece que, la finalidad de los gobiernos locales es representar al vecindario, promoviendo la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el Articulo IX del referido Titulo Preliminar senala que, el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el Articulo 42° de la Ley Nº 27972 senala que, los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 74° de la Ley N° 27972, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como la ejecucion, fiscalizacion y control en las materias de su competencia, conforme a la citada Ley y la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, asimismo, el numeral 3.6.4 del Articulo 79°, de la Ley MORDAZA mencionada, dispone que es funcion exclusiva de las municipalidades distritales, entre otras, normar, regular y otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; Que, la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, en su Capitulo III, precisa las pautas a seguir en el ambito de aplicacion de la simplificacion de autorizaciones municipales para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras publicas de infraestructura; Que, asimismo, el numeral 3,6 del Articulo 83° de la Ley N° 27972 precisa que son funciones exclusivas de las municipalidades distritales otorgan licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza N° 1144-MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo el reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del Distrito de La MORDAZA, que es parte de las Areas de Tratamiento Normativo I y III de MORDAZA Metropolitana; Que, el Articulo 6° de la Ordenanza N° 1144-MML, establece que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en estricta sujecion a los planos y normas aprobadas en dicha Ordenanza, debe formular y aprobar via Decreto de Alcaldia los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamanos minimos de departamentos, para su aplicacion en la Jurisdiccion del distrito; Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML, dispone que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, las Normas sobre Estandares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas en el distrito; Que, en cumplimiento a lo senalado en el parrafo anterior, esta corporacion MORDAZA a traves del Decreto de Alcaldia N° 005-2012-MDLM, aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina; Que, el mencionado Decreto de Alcaldia N°005-2012MDLM fue modificado teniendo en cuenta la realidad del

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