Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2014 (21/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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g) Consejero Delegado del Consejo Regional del Cusco. h) Presidente de la Camara de Comercio y de la Produccion del Cusco. i) Un representante de la Contraloria General de la Republica. j) Un representante de la Defensoria del Pueblo. k) Un representante de los regionales de las municipalidades provinciales y distritales. l) Un representante de la Policia Anticorrupcion. m) Un representante de la Red Regional Anticorrupcion. n) Otros que considere la Comision Regional. 2.2 El Secretario Tecnico de la Comision Regional Anticorrupcion de la Region MORDAZA participa en las sesiones con voz pero sin voto. 2.3 El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina de Defensoria, un representante de la Sociedad Civil, un representante del Sector empresarial, actuaran en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las sesiones de la Comision con voz pero sin voto. Articulo Tercero.- FUNCIONES La Comision Regional Anticorrupcion tiene las siguientes funciones; Formular y Aprobar el Reglamento interno de la Comision Regional Anticorrupcion del Cusco. Elaborar el Plan Regional de Lucha contra la Corrupcion. Realizar el seguimiento y la Supervision de la Implementacion y cumplimiento del Plan Regional de Lucha contra la Corrupcion Informar semestralmente a la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion sobre los avances en la implementacion del Plan Regional de Lucha Contra la Corrupcion. Proponer politicas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevencion y lucha contra la corrupcion. Conducir el Observatorio Anticorrupcion Regional. Articulo Cuarto.- PRESIDENCIA La Presidencia asume la titularidad de la Comision regional Anticorrupcion de la region del MORDAZA, la cual es elegida entre sus miembros y tiene caracter rotatorio cada ano. La Comision Regional Anticorrupcion, sera convocada y presidida en la primera sesion por el Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco. Articulo Quinto.- SECRETARIA TECNICA La Secretaria Tecnica ejecuta los acuerdos de la Comision Regional Anticorrupcion, asi como la direccion y elaboracion de los estudios y trabajos tecnicos que requiera dicha comision para el cumplimiento de sus fines. Articulo Sexto.- REGLAMENTO La Comision Regional Anticorrupcion de la Region MORDAZA, elaborara su Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) dias calendario contabilizados desde la creacion de la comision. Articulo Setimo.-VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA para su promulgacion. Dado en MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. MORDAZA PACUALA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del

El Peruano Viernes 21 de febrero de 2014

MORDAZA, a los 26 dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1052353-2

Crean el Consejo Regional de Ninos, Ninas y Adolescentes - CORENNA MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 062-2013-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en la decima tercera sesion extraordinaria de fecha dieciseis de diciembre del ano dos mil trece, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comision Ordinaria de Seguridad Ciudadana, Derechos Humanos, la mujer, MORDAZA, juventudes y adulto mayor del Consejo Regional que propone la creacion del Consejo Regional de ninos, ninas y adolescentes del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (....); Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolucion 44/25 de fecha 20 de setiembre de 1989, ratificada por el Estado Peruano el 5 de setiembre de 1990, establece en el numeral 1. del articulo 30º que en todas las medidas concernientes a los ninos que tomen las instituciones publicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los organos legislativos, una consideracion primordial a que se atendera sera el interes superior del nino; y en el numeral 2 establece que los Estados Partes se comprometen a asegurar al MORDAZA la proteccion y el cuidado que MORDAZA necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de el ante la ley y, con ese fin, tomaran todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; y el articulo 191º modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion No 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 31º del Codigo de los Ninos y Adolescentes aprobado por Ley No 27337, establece que los gobiernos regionales y locales estableceran, dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades tecnicas semejantes al Ente Rector del sistema, las que tendran a su cargo la normatividad, los registros, la supervision y la evaluacion de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas. El MIMDES coordinara con dichas entidades tecnicas regionales y locales el cumplimiento de sus funciones; Que, el inciso h) del articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como funcion en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de los gobiernos regionales formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, en la actualidad no existe una adecuada articulacion de esfuerzos de las instituciones tanto publicas como privadas que trabajan el tema de los

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