Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2014 (21/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Viernes 21 de febrero de 2014

517361
de Reasentamiento Poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable el MORDAZA de reubicacion del distrito de Maca, Tercero.- Gestionar ante el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA y el Consejo Regional de MORDAZA la reserva de 400 hectareas en la MORDAZA de MORDAZA baja del Proyecto Majes MORDAZA I, y Cuarto.- Autorizar al senor MORDAZA de Maca, para que haga cumplir el Acuerdo Municipal ante el Gobierno Central y el Gobierno Regional, para que reserve el area solicitada y se de inicio al MORDAZA de reubicacion del Distrito de Maca, Provincia de Caylloma y Region de MORDAZA en merito a la Ley N° 29869; Que, la Ley N° 29869 ­ Ley de Reasentamiento Poblacional para Zonas de muy Alto Riesgo no Mitigable, declara de necesidad publica e interes nacional el reasentamiento poblacional de las personas ubicadas en zonas de muy alto riesgo no mitigable dentro del territorio nacional, teniendo como fin proteger la MORDAZA y el bienestar publico como contribuir a la sostenibilidad de la inversion publica en infraestructura social y economica, debiendo ser declarada por acuerdo municipal y como Entidades de Colaboracion estan el Gobierno Regional de MORDAZA conjuntamente con el CENEPRED, el cual proporcionan asistencia tecnica para la elaboracion del estudio tecnico y del plan de reasentamiento poblacional; Que, para una efectiva mitigacion del riesgo no es suficiente conocer las zonas de mayor susceptibilidad ante movimientos en masa, es importante tambien, realizar un monitoreo instrumental de estos fenomenos, a fin de conocer su velocidad y direccion de desplazamiento, asi como la relacion de estos frente a las precipitaciones y la actividad sismica, por ello durante los ultimos anos se han implementado trabajos de monitoreo geodesico en Maca, instalandose 4 hitos geodesicos en la MORDAZA de deslizamiento de Maca. Durante el 2011 el IRD y el INGEMMET instalaron una red geodesica conformada por 13 hitos, donde se realizaron 9 mediciones, la MORDAZA fue en marzo del 2013, finalmente, en diciembre del 2012 el IRD y el INGEMMET instalaron una estacion GPS permanente, el cual se encuentra operativo actualmente; Que, segun los Informes del Jefe de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil y del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Proyecto Especial Majes MORDAZA, concluyen que se debe reservar el area de 400 hectareas, segun la Memoria Descriptiva del Lote PB-5-1 y los Planos Perimetrico y de Ubicacion, las que son parte de la Partida Registral 04006269 de la MORDAZA Registral N° XII de la SUNARP ­ Sede MORDAZA y que garantizara en un futuro la reubicacion y/o ampliacion de la frontera MORDAZA para los pobladores de Maca, debiendo para tal caso cenirse al procedimiento que establece la Ley 29869 de Reasentamiento Poblacional para Zonas de muy Alto Riesgo No Mitigable; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobacion MORDAZA referida, al MORDAZA de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, la ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Articulo 1º.- RESERVAR a favor de la Municipalidad Distrital de Maca un area de 400 hectareas de propiedad de AUTODEMA (Gobierno Regional Arequipa) ubicadas en la Primera Etapa del Proyecto Especial Majes-Siguas, Lote PB-5-1, Sector de MORDAZA baja, distrito de Majes, provincia de Caylloma, Region MORDAZA, comprendida en la Partida Registral 04006269 de la MORDAZA Registral N° XII de la SUNARP ­ Sede MORDAZA, cuya memoria descriptiva y plano perimetrico y de ubicacion son parte de la presente MORDAZA regional. Articulo 2º.- Encargar al Organo Ejecutivo Regional en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Maca, ejecutar las acciones que resulten necesarias a fin de garantizar en un futuro inmediato la reubicacion y/o ampliacion de la frontera MORDAZA para los pobladores de Maca, debiendo para tal caso cenirse al procedimiento que establece la Ley 29869 de Reasentamiento Poblacional para Zonas de muy Alto Riesgo No Mitigable.

consecuencia en el poblador la angustia, indignacion, sufrimiento, afliccion y otras sensaciones similares que provocan el saber que viven en una MORDAZA de muy alto riesgo y en peligro inminente. Asimismo, es deber del Estado y de la Comunidad promover el logro del bienestar de sus ciudadanos y un derecho de la persona de alcanzar un nivel de MORDAZA que permita asegurar su bienestar y el de su familia; Que, la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece en su articulo 61 como una de sus funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales, c) Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas; Que, a traves de la Ley N° 29664 que Crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), define a la Gestion del Riesgo de Desastres como un MORDAZA social cuyo fin ultimo es la prevencion, la reduccion y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, asi como la adecuada preparacion y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las politicas nacionales con especial enfasis en aquellas relativas a materia economica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, asimismo la citada Ley N° 29664 tiene como MORDAZA protector a la persona humana, por lo cual debe protegerse su MORDAZA e integridad fisica, su estructura productiva, sus bienes y su medio ambiente frente a posibles desastres o eventos peligrosos que puedan ocurrir como es el caso del pueblo de Maca que se encuentra ubicado en la Provincia de Caylloma, Region MORDAZA, quien a su vez los gobiernos regionales que son parte integrante del SINAGERD formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres y tiene como obligacion de integrar la informacion tecnica y cientifica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo en el Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, a solicitud de la Municipalidad Distrital de Maca y del Gobierno Regional de MORDAZA, el Instituto Geologico Minero y Metalurgico INGEMMET, emite el Informe Tecnico N° A6628, con apoyo del Instituto de Investigacion para el Desarrollo de MORDAZA ­ IRD y el Instituto Geofisico del Peru IGP, sobre la "Evaluacion de la Seguridad Fisica del Distrito de Maca", que incluye estudios geologicos, geofisicos y monitoreo de movimientos en masa, llegando a conclusiones como: ((iv)) el deslizamiento de Maca, que es catalogada como un movimiento en masa de MORDAZA deslizamiento rotacional con avance retrogresivo y progresivo, cuya inestabilidad tiene relacion con la incompetencia del material afectado, ((v)) los Factores principales de inestabilidad estan relacionados con la morfologia del area ­ incompetencia del material (avalanchas), influencia de las aguas subterraneas y la accion erosiva o socavamiento del rio Colca; ((vi)) los movimientos en masa son generalmente "detonados" por sismos, precipitaciones pluviales, accion antropica, entre otras y no solamente amenazada Maca por los deslizamientos, sino que es muy vulnerable (por los efectos de sitio y construccion de viviendas) a los sismos, frecuentes y recurrentes en el sector, constituye MORDAZA de Muy Alto Riesgo y en Peligro Inminente; Que, el citado Informe Tecnico incluye recomendaciones en funcion a los resultados tecnicos realizados y expuestos en el presente Informe presentando a las autoridades y pobladores dos alternativas: ((a)) Reubicacion del pueblo de Maca, y ((b)) Implementacion de medidas de mitigacion de riesgos, a fin de lograr un nivel de riesgo aceptable en el area, debiendo ser integrales y evaluadas por expertos, ya que su alto costo puede ser determinante en la eleccion de las alternativas; Que, segun el Informe Tecnico de INGEMMET la Municipalidad distrital de Maca hace MORDAZA y mediante Acuerdo de Concejo N° 010-2013-MDM, en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 24 de MORDAZA de 2013, se acuerda: Primero.- Reubicar el distrito de Maca en merito al informe elaborado por INGFEMMET, Segundo. Gestionar ante el Gobierno Central segun la Ley N° 29869

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