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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (28/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517706 Resolución de Superintendencia Nº 091-2005/SUNAT, por los siguientes textos: “Artículo 3°.- DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO Los sujetos del impuesto, o de ser el caso el sujeto obligado al pago, sean Principales Contribuyentes o Medianos y Pequeños Contribuyentes, presentarán la Declaración del Impuesto a través de SUNAT Virtual mediante el Formulario Virtual Nº 1690 hasta el último día hábil del mes de abril de cada año, para lo cual seguirán el siguiente procedimiento: a) Ingresarán a SUNAT Operaciones en Línea con su Código de Usuario y Clave Sol. (….)” “Artículo 4°.- PAGO DEL IMPUESTO (…) Los sujetos del Impuesto o en su caso, el sujeto obligado al pago del Impuesto, según la modalidad de pago por la que hubieran optado, deberán realizar el pago del Impuesto a través del Sistema Pago Fácil o mediante SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT, los cuales generan el Formulario Nº 1662 – Boleta de Pago, el Formulario Virtual Nº 1662 – Boleta de Pago o el Formulario Nº 1663 – Boleta de Pago, respectivamente. Para tal efecto, se informará como código de tributo “7151 – Impuesto a las Embarcaciones de Recreo” y como período, el que corresponda al mes y al año de vencimiento de la obligación, como sigue: FORMA DE PAGO PERÍODO a) Pago al contado 04-Año b) Pago fraccionado Primera cuota 04-Año Segunda cuota 07-Año Tercera Cuota 10-Año Cuarta Cuota 01-Año (…)” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1054947-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Juliaca RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA N° 050-024-0000588 Arequipa, 25 de febrero del 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas Desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Sección de Control de la Deuda y Cobranza de la Ofi cina Zonal Juliaca resulta necesario designar nuevo personal en calidad de Auxiliar Coactivo y dejar sin efecto la designación del personal que desempeñará funciones distintas a las de cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Ofi cina de Información de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confi rmado el cumplimiento de los mencionados requisitos, por parte de los trabajadores: Marco Gianfranco Banda Valdivia y Juana Ninoska Aquize Garcia respectivamente; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; En uso de las facultades conferidas en los Artículos 50 ° y 51° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Ofi cina Zonal Juliaca del trabajador que se indica a continuación: • JOSÉ ANTONIO MANRIQUE CERVANTES Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Ofi cina Zonal Juliaca al trabajador que se detalla a continuación: • MARCO GIANFRANCO BANDA VALDIVIA Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA CONSUELO FERNÁNDEZ VELAZCO Intendente Regional Intendencia Regional Arequipa 1054946-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Circular referida a la regulación del reenvío en los Órganos Jurisdiccionales Revisores RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 002-2014-CE-PJ Lima, 7 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 619-2013-GA-P-PJ cursado por el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, que remite propuesta para regular la fi gura del reenvío en los órganos jurisdiccionales. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidencia del Poder Judicial ha fi jado como una de sus líneas de política institucional, la búsqueda de la efi ciencia en el servicio de justicia, el ejercicio de una función jurisdiccional medible y controlable, la promoción de instrumentos de gestión y transparencia institucional, y el fomento de una ética laboral en los jueces y servidores judiciales. Segundo. Que, en ese contexto, se ha advertido que una de las causas de dilación en la tramitación