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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517703 Autorizan ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2014” - EMGAHM RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 054-2014-INEI Lima, 21 de febrero de 2014 Visto el Ofi cio Nº 008-2014-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGECOMTE, de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2014” – EMGAHM. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas ofi ciales del país; Que, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de obtener indicadores del sector comercio interno e información básica sobre el desenvolvimiento de las ventas, empleo e inventarios de los grandes almacenes e hipermercados minoristas, ha programado durante el presente año, la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2014”, dirigida a una muestra de 323 establecimientos comerciales a nivel nacional, con periodicidad mensual; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2014” - EMGAHM, la que cuenta con los documentos metodológicos, resultando pertinente fi jar el plazo máximo de la entrega de la información, así como aprobar el formulario respectivo, para efectos de lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2014” - EMGAHM, dirigida a una muestra de 323 establecimientos comerciales a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el Portal del Ministerio de la Producción htpp://www. produce.gob.pe, las cuales deben cumplir con las siguientes Características: tener ventas anuales mayores o iguales a seis (6) millones de nuevos soles y contar con personal ocupado mayor o igual a 200 personas. En su defecto, cuando la empresa cumpla con una de estas características o con ambas, será objeto de estudio para la investigación, la que será conducida por la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción. Artículo 2º.- Aprobar, el formulario correspondiente de la Encuesta, el que constituye parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer, que las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán obtener su formulario electrónico a través del aplicativo Web que está disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es http:// extranet.produce.gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE de ACCESO que le será proporcionada por la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, ubicada en calle Uno Oeste N° 060-Urb. Córpac, San Isidro - Lima. Artículo 4º.- Precisar, que los formularios electrónicos debidamente absueltos deberán ser diligenciados en forma virtual a través del aplicativo WEB en la siguiente dirección https://extranet.produce.gob.pe., dentro del décimo (10) día calendario de fi nalizado el mes que se informa. La constancia de presentación de la información se podrá imprimir una vez remitida la información vía Internet y consolidada por el Ministerio. Las empresas que por primera vez son incluidas en la muestra de la Estadística Mensual de Grandes Almacenes Hipermercados Minoristas 2014, deberán también remitir su información mensualizada del periodo 2013. Artículo 5°.- Disponer, que aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinación con la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico y remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónico: est_manufactura@produce.gob. pe, o comunicarse en Lima: Ministerio de la Producción al 616-2222 anexos 1636,1651, 1414 y 1839; Regiones: Direcciones Regionales Produce. Artículo 6º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán pasibles de ser sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 1054689-2 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Modifican la Res. Nº 001-2014-OEFA/ PCD, sobre delegación de diversas facultades en materia presupuestal, contrataciones del Estado y recursos humanos en la Secretaría General y en la Oficina de Administración, durante el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 022-2014-OEFA/PCD Lima, 26 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, el OEFA) como Organismo Público Técnico Especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de las funciones de fi scalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2014-OEFA/PCD del 3 de enero de 2014, se delegan diversas facultades en materia presupuestal, contrataciones del Estado y recursos humanos, en la Secretaría General y en la Ofi cina de Administración, durante el Año Fiscal 2014; Que, el Literal i) del Numeral 3.3 del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley) dispone que dicha Ley no es