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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (28/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517702 viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, de la señora María Cecilia Salazar Salazar, del 2 al 10 de marzo de 2014, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US $ 2 028,00 - Viáticos (US$ 540,00 x 7 días) : US $ 3 780,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, María Cecilia Salazar Salazar, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1054680-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2014” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 052-2014-INEI Lima, 21 de febrero de 2014 Visto el Ofi cio Nº 009-2014-PRODUCE/DVMYPE- IDIGECOMTE, de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2014”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional Estadístico y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de estadísticas básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de recopilar información básica sobre la actividad económica del subsector industrial a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del Sector, requiere en el presente año, continuar ejecutando la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2014” dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2014”, fi jar el plazo máximo de la entrega de la información, así como aprobar el formulario respectivo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2014”, dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación forma parte de la presente Resolución, la misma que se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob. pe). Está a cargo de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción. Artículo 2º.- Aprobar, el formulario de la Encuesta, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer, que las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán obtener su formulario electrónico a través de un aplicativo Web que estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es http:// extranet.produce.gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE de ACCESO que les será proporcionada por la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, ubicada en calle Uno Oeste N° 060-Urb. Córpac - San Isidro - Lima. Artículo 4º.- Precisar, que el formulario electrónico debidamente absuelto debe ser diligenciado en forma virtual a través del aplicativo WEB en la siguiente dirección http://extranet.produce.gob.pe, en el orden siguiente: La primera parte del formulario, correspondiente a la Información Estadística se entregará a más tardar, en el décimo (10) día hábil de fi nalizado el mes que se informa. La segunda parte del formulario, referido a la Opinión Empresarial será remitido a más tardar el quinto (05) día hábil de fi nalizado el mes que se informa. La constancia de presentación de la información se podrá imprimir una vez remitida la información vía Internet y consolidada por el Ministerio. Las empresas que por primera vez son incluidas en la muestra de la Encuesta Estadística Industrial Mensual 2014, deberán también remitir su información mensualizada del ejercicio fi scal 2013. Artículo 5°.- Disponer, que aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinación con la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico y remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónico: est_manufactura@produce.gob.pe, o comunicarse en Lima: Ministerio de la Producción al 616- 2222 anexos 1651, 1636, 1414 y 1839. En las Regiones: Direcciones Regionales PRODUCE. Artículo 6º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán pasibles de ser sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 1054689-1