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El Peruano Viernes 11 de julio de 2014 527465 preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, para la adquisición de módulos prefabricados para instituciones educativas públicas y establecimientos de salud, que permitan garantizar la seguridad de la comunidad educativa y la atención de los servicios de salud como medida para prevenir y mitigar los factores de riesgos de desastre, así como para la adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre. El procedimiento se aplica a los procesos de selección convocados hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 11.- Disponibilidad temporal de los depósitos de CTS Hasta el 31 de diciembre de 2014, autorízase a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100%) del excedente de cuatro (04) remuneraciones brutas, de los depósitos por CTS efectuados en las entidades fi nancieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición. Para tal efecto, se considerará el monto de la última remuneración del trabajador, y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones fi nancieras el monto intangible de cada trabajador. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el encargado de fi scalizar el cumplimiento de la presente disposición. Artículo 12. Del control La Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control, verifi ca el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. Artículo 13.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Deróguese o déjense en suspenso, según sea el caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia o limiten su aplicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO N° 01 AGUINALDO EXTRAORDINARIO (En nuevos soles) PLIEGOS GENÉRICA DE GASTO 2.1 GENÉRICA DE GASTO 2.2 GENÉRICA DE GASTO 2.3 TOTAL SECCIÓN PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 65 212 000 182 731 200 13 025 400 260 968 600 001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 19 400 55 600 75 200 150 200 002 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA 75 600 74 400 253 600 403 600 005 SECRETARIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL SEDENA 3 400 3 400 006 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL 18 000 7 600 53 800 79 400 010 DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA 200 200 011 DESPACHO PRESIDENCIAL 8 400 1 000 7 200 16 600 012 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS DEVIDA 44 000 44 000 016 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO CEPLAN 11 200 11 200 018 SIERRA EXPORTADORA 14 000 14 000 023 AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL 11 200 11 200 024 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE 33 600 33 600 025 CENTRO NACIONAL DE ESTIMACION, PREVEN CION Y REDUCCION DE RIESGOS DE DESASTRES 10 600 10 600 070 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU 39 600 39 600 114 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA 800 14 000 14 800 116 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU IRTP 112 000 112 000 003 M. DE CULTURA 54 600 97 400 393 200 545 200 060 ARCHIVO GENERAL DE LA NACION 11 600 8 600 9 400 29 600 113 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU 42 000 38 400 12 000 92 400 004 PODER JUDICIAL 461 200 569 800 827 800 1 858 800 040 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA 10 600 10 600 005 M. DEL AMBIENTE 16 600 76 200 92 800 050 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO SERNANP 113 400 113 400 051 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL OEFA 78 400 78 400 055 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA 35 600 35 600 112 INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU 16 400 15 400 31 800 331 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA 120 600 29 600 29 000 179 200 006 M. DE JUSTICIA 28 400 57 400 373 800 459 600 061 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 1 171 200 147 200 238 000 1 556 400 007 M. DEL INTERIOR 21 582 400 7 699 400 93 400 29 375 200 073 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES 73 200 73 200 008 M. DE RELACIONES EXTERIORES 186 800 101 600 57 200 345 600