Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2014 (11/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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b) c) La contratacion de servicios publicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con mas de un proveedor. Los convenios de colaboracion u otros de naturaleza analoga, suscritos entre Entidades, siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de la funcion que por Ley les corresponde, y no se persigan fines de lucro. Los convenios a que se refiere el presente literal, en ningun caso se utilizan para encargar la realizacion de las actuaciones preparatorias y/o del procedimiento de seleccion. Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especificos de una organizacion internacional, Estados o entidades cooperantes, que se deriven de donaciones efectuadas por estos, siempre que dichas donaciones representen por lo menos el 25% del monto total de las contrataciones involucradas en el convenio suscrito para tal efecto o provengan de organismos multilaterales financieros. Las contrataciones que realice el Estado peruano con otro Estado. Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el MORDAZA cuando se sustente la imposibilidad de realizar la contratacion a traves de los metodos de contratacion de la presente Ley.

El Peruano Viernes 11 de MORDAZA de 2014

d)

Adicionalmente, la Entidad puede conformar comites de seleccion, que son organos colegiados encargados de seleccionar al proveedor que brinde los bienes, servicios u obras requeridos por el area usuaria a traves de determinada contratacion. Su composicion y funciones se determinan en el reglamento. El Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que la presente MORDAZA le otorga. No pueden ser objeto de delegacion, la declaracion de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobacion de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratacion, y los otros supuestos que se establezcan en el reglamento. El reglamento establece las acciones que las Entidades deben adoptar en su Reglamento de Organizacion y Funciones u otros instrumentos de organizacion y/o gestion. Articulo 9. Responsabilidad Todas aquellas personas que intervengan en los procesos de contratacion por o a nombre de la Entidad, con independencia del regimen juridico que los vincule con esta, son responsables, en el ambito de las actuaciones que realicen, de efectuar contrataciones de manera eficiente, maximizando los recursos publicos invertidos y bajo el enfoque de gestion por resultados, a traves del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y su reglamento y los principios, sin perjuicio de los margenes de discrecionalidad que se otorgan. De corresponder la determinacion de responsabilidad por las contrataciones, esta se realiza de acuerdo al regimen juridico que los vincule con la Entidad, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan. Articulo 10. Supervision de la Entidad La Entidad en todos sus niveles debe supervisar, directamente o a traves de terceros, todo el MORDAZA de contratacion. El hecho de que la Entidad no supervise los procesos, no exime al contratista de cumplir con sus deberes ni de la responsabilidad que le pueda corresponder. CAPITULO III CONDICIONES EXIGIBLES A LOS PROVEEDORES Articulo 11. Impedimentos Cualquiera sea el regimen legal de contratacion aplicable, estan impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas, incluyendo las contrataciones a que se refiere el literal a) del articulo 5: a) En todo MORDAZA de contratacion publica, hasta doce (12) meses despues de haber dejado el cargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la Republica, los Congresistas de la Republica, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, los titulares y los miembros del organo colegiado de los Organismos Constitucionales Autonomos. En el ambito regional, hasta doce (12) meses despues de haber dejado el cargo, los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales. En el ambito de su jurisdiccion, hasta doce (12) meses despues de haber dejado el cargo, los Jueces de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores. En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos publicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios publicos, empleados de confianza y servidores publicos, segun la ley especial de la materia. En el correspondiente MORDAZA de contratacion, las personas naturales o juridicas que tengan intervencion directa en la determinacion de las caracteristicas tecnicas y valor referencial o valor estimado segun corresponda, elaboracion de Bases, seleccion y evaluacion de ofertas de un

e) f)

El reglamento establece los aspectos y requisitos aplicables a dichas contrataciones. Mediante directiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) se establecen los criterios bajo los que se supervisan las mismas. CAPITULO II AUTORIDAD RESPONSABLE DEL MORDAZA DE CONTRATACION Articulo 6. Organizacion de los procesos de contratacion Los procesos de contratacion son organizados por la Entidad, como destinatario de los fondos publicos asignados a la contratacion. Mediante convenio una Entidad puede encargar a otra Entidad las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de seleccion. Articulo 7. Compras corporativas Varias Entidades pueden consolidar la contratacion de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, conforme a lo establecido en el reglamento. Asimismo, las Entidades participan de las compras corporativas obligatorias a cargo de la Central de Compras Publicas - Peru Compras. Articulo 8. Funcionarios, dependencias y organos encargados de las contrataciones Se encuentran encargados de los procesos de contratacion de la Entidad: a) El Titular de la Entidad que es la mas alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organizacion, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su reglamento para la aprobacion, autorizacion y supervision de los procesos de contratacion de bienes, servicios y obras. El Area Usuaria que es la dependencia cuyas necesidades pretenden ser atendidas con determinada contratacion o, que dada su especialidad y funciones, canaliza los requerimientos formulados por otras dependencias, que colabora y participa en la planificacion de las contrataciones, y realiza la verificacion tecnica de las contrataciones efectuadas a su requerimiento, previas a su conformidad. El Organo encargado de las contrataciones que es aquel organo o unidad organica que realiza las actividades relativas a la gestion del abastecimiento al interior de una Entidad, incluida la gestion administrativa de los contratos.

b)

c)

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c)

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