Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2014 (12/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527535 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30228 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 29022, LEY PARA LA EXPANSIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN TELECOMUNICACIONES Artículo 1. Modifi cación del título de la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones Modifícase el título de la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones por el de Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones. Artículo 2. Modifi cación de los artículos 1o, 3o y 5o de la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones Modifícanse los artículos 1o, 3o y 5o de la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, que quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 1o.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional, para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura necesaria para la prestación de esos servicios, así como de medidas que faciliten dichas actividades y que eliminen las barreras que impidan llevarlas a cabo. Declárase que los servicios públicos de telecomunicaciones son de interés nacional y necesidad pública, constituyéndose como base fundamental para la integración de peruanos y el desarrollo social y económico del país. Artículo 3o.- Ámbito de aplicación de la Ley La presente Ley es de aplicación y observancia obligatoria en todas las entidades de la administración pública de nivel nacional, regional y local. El incumplimiento de las disposiciones aquí previstas genera las responsabilidades legales previstas en el ordenamiento legal vigente, siendo solidariamente responsables los funcionarios públicos directamente infractores. Artículo 5º.- Régimen de permisos y/o autorizaciones 5.1 Los permisos sectoriales, regionales, municipales, o de carácter administrativo en general, que se requieran para instalar en propiedad pública o privada la infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones se sujetan a un procedimiento administrativo de aprobación automática, debiendo presentar un plan de trabajo de obras públicas, de acuerdo a las condiciones, procedimientos y requisitos que se establezcan en las normas reglamentarias o complementarias de la presente Ley. En el marco de sus competencias, dichas entidades realizan las labores de fi scalización necesarias para asegurar la correcta ejecución de las obras que afecten o utilicen la vía pública. La autenticidad de las declaraciones, documentos e información proporcionada por los administrados será posteriormente verifi cada en forma aleatoria por la entidad que otorgó el permiso correspondiente y en caso de falsedad se declarará su nulidad, imponiéndose una multa en favor de la entidad otorgante de veinticinco (25) unidades impositivas tributarias vigentes a la fecha de pago, por cada permiso revocado. Lo previsto en este artículo es de aplicación para los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades de la administración pública y, por tanto, no vulnera el derecho de los propietarios de los inmuebles y predios de negociar las condiciones para el acceso a sus predios. 5.2 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energía y Minas, y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. N° 069-2014-MML-GA.- Imponen sanción de cese temporal a ex funcionario de la Municipalidad 527670 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO D.A. N° 005-2014/MDC.- Amplian vigencia del programa de incentivos y benefi cios tributarios, establecido en la Ordenanza N° 303/MDC 527674 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA D.A. N° 006-2014-ALCMLV.- Aprueban “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de Viviendas Urbanas del Distrito de la Victoria” 527674 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza N° 338-MDL.- Modifi can la Ordenanza N° 274-MDL - “Ordenanza que regula el Carné de Sanidad en el distrito de Lince” 527675 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza N° 367-MSI.- Modifi can la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas respecto a las sanciones correspondientes a las infracciones al respeto a las normas de convivencia urbana y comercio en la vía pública 527676 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Acuerdo N° 017-2014-MDSMP.- Aceptan donaciones efectuadas por agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, destinadas al cofi nanciamiento de proyectos de inversión 527677 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Ordenanza N° 0012-2014-AL/CPB.- Establecen bono de incentivo “Ecobono Barranca”, a favor de contribuyentes de la categoría casa - habitación y vivienda - comercio (sólo bodegas), que participen en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco Barranca) 527677