Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2014 (20/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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la Aprobacion de Planeamiento Integral con Fines de Habilitacion MORDAZA, del predio denominado Parcela Nº 10622 del Fundo MORDAZA denominado MORDAZA MORDAZA - Huaral, jurisdiccion del Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de MORDAZA, conforme a lo expuesto por el Sub Gerente de Estudios y Planeamiento Territorial. Con el visto MORDAZA de la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial y la opinion del Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial, y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y al MORDAZA del articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Articulo 4º numeral 4.2 y el Articulo 44º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, y en uso de las facultades senaladas por Ordenanza Municipal Nº 010-2013-MPH, de conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 012-2012-MPH que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Organigrama Estructural de la Municipalidad Provincial de Huaral; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el PLANEAMIENTO INTEGRAL del predio Parcela Nº 10622 del Fundo MORDAZA denominado MORDAZA de MORDAZA, jurisdiccion del Distrito y Provincia de Huaral, referida a la superficie territorial conforme a planos signados en las Laminas PI-02, PZ-03 y la Memoria Descriptiva correspondiente, que comprende el diseno MORDAZA y sus parametros urbanisticos en terminos de zonificacion, usos y vias que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura, que forman parte integrante de la presente Resolucion y que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades. Articulo 2º.- Sobre los Usos de la totalidad del predio, el Planeamiento Integral contempla la zonificacion Residencial de Media Densidad (R3), acorde a lo establecido en el Plano de Zonificacion de Usos de suelos, que forma parte

El Peruano MORDAZA 20 de MORDAZA de 2014

del Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Huaral 2010 - 2015, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 007-2010MPH, publicado en el diario oficial El Peruano de fecha (14.05.10). Articulo 3º.- ESTABLECER, que el Planeamiento Integral que se aprueba mediante la presente Resolucion tendra una vigencia de 10 anos de acuerdo al Articulo 39º de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006VIVIENDA; y que en el caso que las futuras habilitaciones de los terrenos laterales y colindantes, se acogeran en su frente inmediato a los parametros, zonificacion y vias establecidos en el citado Planeamiento Integral. Articulo 4º.- DISPONER, la MORDAZA de la presente Resolucion ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, Oficina Registral de Huaral para la inscripcion correspondiente, por cuenta de los administrados. Articulo 5º.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo 6º.- CUMPLASE con NOTIFICAR a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante de la Lotizadora "Ismael Colan MORDAZA II" - Huaral, conforme lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Articulo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion Gerencial a la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, y a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Ordenamiento MORDAZA, dependientes de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial, en lo que les sea aplicable. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

1112624-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Proyecto de Resolucion que determina los Cargos de Interconexion Diferenciados para diversas prestaciones de interconexion que deberan aplicar las empresas MORDAZA Movil Peru S.A.C., Level 3 Peru S.A., Convergia Peru S.A., Velatel Peru S.A. e Infoductos y Telecomunicaciones del Peru S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 091-2014-CD/OSIPTEL
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2014 recomienda publicar para comentarios el Proyecto de Resolucion al que se refiere el numeral precedente, con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del Articulo 8º de la Ley Nº 26285, y en el literal c) del Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos ­Ley Nº 27332, modificada por Ley Nº 27631, el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar normas relacionadas con la interconexion de servicios publicos de telecomunicaciones, en sus aspectos tecnicos y economicos; Que, en el numeral 37 de los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de Telecomunicaciones en el Peru, aprobados mediante Decreto Supremo N° 020-98-MTC, se establece que el OSIPTEL tiene competencia exclusiva sobre los temas de la interconexion de los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el numeral 2 del Articulo 9º del Titulo I "Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansion de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones en el Peru", incorporado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC a los Lineamientos de

: N° 00002-2014-CD-GPRC/IXD. Proyecto de resolucion mediante el cual se estableceran cargos de interconexion MATERIA : diferenciados para diversas prestaciones de interconexion / Publicacion para comentarios. MORDAZA Movil Peru S.A.C., Level 3 Peru S.A. ADMINISTRADOS : S.A., Convergia Peru S.A., Velatel PeruPeru e Infoductos y Telecomunicaciones del S.A.
VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, que dispone la publicacion para comentarios del Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion diferenciados para diversas prestaciones de interconexion, que deberan aplicar MORDAZA Movil Peru S.A.C., Level 3 Peru S.A., Convergia Peru S.A., Velatel Peru S.A. e Infoductos y Telecomunicaciones del Peru S.A.; (ii) El Informe Nº 381-GPRC/2014 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, que

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