Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2014 (20/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Articulo 6º.- La realizacion del Cabildo Abierto se llevara a cabo de la siguiente manera: 1. El MORDAZA MORDAZA las palabras de bienvenida a los asistentes al referido evento, dando por iniciado el mismo. Acto seguido, explicara el motivo y tema de la convocatoria. 2. Posterior a esto, se le cedera el uso de la palabra a los vecinos, quienes realizaran, de estimarlo necesario, las preguntas que tengan sobre el tema para el que se convoco al mencionado Cabildo, no pudiendo realizar preguntas relacionadas a temas ajenos a la convocatoria. Cada vecino podra hacer uso de la palabra por un lapso no mayor a 03 minutos, no pudiendo excederse de este tiempo. Ademas, tendran derecho a dos intervenciones, lo que incluye la replica y repregunta. 3. Las preguntas seran absueltas, al final del rol de preguntas o una por una, por la senora Alcaldesa o por cualquiera de los funcionarios que se encuentren presentes, si la Alcaldesa asi lo estima pertinente. 4. Una vez absueltas las consultas y no habiendo mas temas a tratar, los vecinos pasaran a votar el tema materia de consulta en unos modulos especialmente preparados para este evento; para lo cual deberan identificarse con su Documento Nacional de Identidad o Carne de Extranjeria del ser el caso. Ademas deberan presentar un documento que los acredite como vecinos del distrito de San MORDAZA, pudiendo ser un recibo de agua, recibo de luz o la cuponera del pago de arbitrios. El documento debera estar emitido a nombre de la persona que emitira su MORDAZA en el Cabildo Abierto. Terminada la votacion, se procedera a realizar el escrutinio de los votos, por parte del personal de esta Corporacion Edil; levantandose un acta en la que conste el resultado de la votacion. 5. El acta en cuestion, debera ser suscrita por la senora Alcaldesa, el Gerente Municipal y tres representantes de los vecinos; debiendo la referida acta guardarse en un archivo especial que la Secretaria General del Concejo abrira para estos casos. 6. Culminado el acto, el MORDAZA procedera a declarar concluido el Cabildo Abierto. Articulo 7º.- El resultado del Cabildo Abierto, no tiene caracter vinculante, sino referencial, habida cuenta que la decision final del MORDAZA materia de consulta, sera tomada por el Concejo Municipal en Pleno, de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo 8º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General, la Subgerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas, Jefatura de Participacion Vecinal, asi como las demas unidades organicas de esta Corporacion MORDAZA, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

El Peruano MORDAZA 20 de MORDAZA de 2014

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Aprueban Reglamento para la gestion del Programa de Complementacion Alimentaria del distrito
ORDENANZA Nº 00144/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 30 de junio del 2014 VISTO: en sesion ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenzna que Reglameta la gestion del Programa de Complementacion Alimentaria del distrito de MORDAZA Anita. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783- Ley de Bases de Descentralizacion, en su MORDAZA Disposicion Complementaria establece que durante el ano 2003 se inicia el MORDAZA de Transferencia

a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha Contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno regional y local. Que, el articulo 84º numeral 2.11 de la Ley Organica de Municipalidades establece que las municipalidades distritales, en materia de programas sociales, defensa y promocion de derechos, tienen como competencia y funcion especifica exclusiva el ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion y en concordancia con la legislacion sobre la materia. Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 240-2010-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, "Normas especificas para la Verificacion y Efectivizacion del MORDAZA de Transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES", a fin de establecer los procedimientos y plazos para la verificacion y efectivizacion del MORDAZA de Transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA a cargo del PRONAA del MIMDES, a favor de los gobiernos locales distritales de la provincia de Lima. Que, en el MORDAZA de lo establecido en la indicada Directiva Nº 004-2010-PCM/SD se emitio la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 388-2011-PCM/ SD, a traves de la que se declara apta a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para acceder a la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria. Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012MIDIS, se declara concluido el MORDAZA de Efectivizacion de la Transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria (PCA), del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a las Municipalidades Distritales de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Lurigancho ­ Chosica, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Carabaillo, Punta MORDAZA y Chaclacayo, del ambito de MORDAZA Metropolitana, a partir del 1 de enero del 2013. Que, mediante informe Nº 0023-2013-SGPVL/PCAGA/MDSA, La Subgerencia del Programa de Vaso de Leche y Comedor Popular, remite para su aprobacion, el Reglamento de Distribucion Supervision, Control y Evaluacion del Programa de Complementacion Alimentaria del distrito de MORDAZA Anita. Que, el objetivo del presente reglamento es regular y orientar la organizacion, funcionamiento y supervision de los Comedores Populares en relacion directa y exclusiva con el apoyo que recibe del Programa Complementacion Alimentaria, administrado por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, a traves de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedor Popular con una mayor participacion de sus integrantes para alcanzar desarrollo auto sostenido, con la finalidad de elevar el nivel alimentario de la poblacion en situacion de pobreza y extrema pobreza. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante informe Nº 408-2014-GAJ/MDSA, senala que la normativa empleada en el Reglamento se encuentre vigente, recomendando su aprobacion ante el Concejo Municipal. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de la facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los Senores(as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para la gestion del Programa de Complementacion Alimentaria del distrito de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- Dar cuenta a la Gerencia de Administracion, Subgerencia del Programa de Vaso de Leche y Comedor Popular y Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusion Social, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

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