Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

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Por ello, se le otorgo a dicha organizacion politica el plazo de dos dias naturales a n de que subsane las observaciones advertidas. Cabe senalar que la referida resolucion fue noti cada el 7 de MORDAZA de 2014, conforme se advierte de la MORDAZA de noti cacion de fojas 35. 5. Del escrito de subsanacion presentado por el personero legal de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, de fecha 9 de MORDAZA del ano en curso, se advierte que solo pretendio subsanar las observaciones referidas al requisito de domicilio de dos candidatos a regidor integrantes de la lista de candidatos, debido a los documentos adjuntados, sin embargo, no se hizo precision ni se adjunto documento alguno respecto de la observacion anotada con relacion al acta de eleccion interna anexada a la referida solicitud. 6. En tal virtud, no habiendose cumplido con subsanar la observacion, anteriormente descrita, en su debida oportunidad, esto es, con la MORDAZA del escrito de subsanacion, correspondia declarar la improcedencia de la mencionada solicitud, tal como lo hizo el JEE al emitir la resolucion apelada; asi, tampoco procede pretender que este colegiado valore dichos medios probatorios en esta instancia, al no haberse presentado en la oportunidad correspondiente, conforme lo senalado en el considerando 3 de la presente resolucion, por lo que el recurso interpuesto debe ser desestimado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Jhon Sander MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 0022014-JEE-SM/JNE, de fecha 11 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por dicha organizacion politica para el Concejo Distrital de Huimbayoc, provincia y departamento de San MORDAZA, a n de participar en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS.

Plazo para subsanar las observaciones a las solicitudes de inscripcion y oportunidad para la MORDAZA de medios probatorios 2. Con relacion a las observaciones a las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos y a la subsanacion de las mismas, el articulo 28, numerales 28.1 y 28.2, del Reglamento, senala lo siguiente: "Articulo 28.- Subsanacion 28.1 La inadmisibilidad de la lista de candidatos, por observacion a uno o mas de ellos, podra subsanarse en un plazo de dos dias naturales, contados desde el dia siguiente de noti cado. [...] 28.2 Subsanada la observacion advertida, el JEE dictara la resolucion de admision de la lista de candidatos. Si la observacion referida no es subsanada se declarara la improcedencia de la solicitud de inscripcion del o los candidatos, o de la lista, de ser el caso." (Enfasis agregado). 3. Conforme puede advertirse, las normas electorales establecen un periodo en el cual las organizaciones politicas pueden presentar los documentos que estimen convenientes para acreditar sus a rmaciones y, en particular, el cumplimiento de los requisitos de la lista, asi como de los candidatos. En estricto, las organizaciones politicas cuentan hasta con tres momentos u oportunidades para presentar los documentos: a) con la solicitud de inscripcion de listas de candidatos, b) durante el periodo de cali cacion de la solicitud de inscripcion, y c) en el plazo de subsanacion de las observaciones advertidas por el MORDAZA Electoral Especial competente, de tratarse de incumplimientos subsanables. Atendiendo a ello, este Supremo Tribunal Electoral considera como regla general, que solo procede valorar y resolver una controversia juridica electoral, sobre la base de los documentos que se hayan presentado hasta MORDAZA de la emision de la decision del MORDAZA Electoral Especial, ello en aras de salvaguardar el derecho a la pluralidad de instancias, sin que se produzca un menoscabo en los principios de economia y celeridad procesal, que deben ser optimizados en los procedimientos jurisdiccionales electorales, atendiendo a los principios de preclusion y seguridad juridica, asi como los breves plazos que se preven en funcion del cronograma electoral. Analisis del caso concreto

MORDAZA MORDAZA 4. De la Resolucion Nº 001-2014-JEE-SM/JNE, de fecha 7 de MORDAZA de 2014, emitida por el JEE se veri ca que se observo a la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por la organizacion politica Partido Aprista Peruano, entre otros, la inconsistencia que presentaba el acta de eleccion interna adjuntada, debido a que si bien en su parte introductoria se consignaba al distrito de Huimbayoc, en el rubro 7, referido a la determinacion de los candidatos, se mencionaba otro distrito (La Banda de Shilcayo) y se indicaba a candidatos distintos de los senalados en la referida solicitud, tal como se aprecia en el siguiente cuadro: CANDIDATOS DE LA SOLICITUD MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL ACTA DE ELECCIONES MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo MORDAZA Chuquisengo MORDAZA Nelli MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Shuna Mozombite Jackeline MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1116452-9

OFICINA NACIONAL DE
CARGO MORDAZA

PROCESOS ELECTORALES
Aprueban modelos definitivos de cedulas de sufragio para las Elecciones Regionales y Municipales 2014, y de cedulas de votacion electronica regional y municipal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0181-2014-J/ONPE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Informe Nº 000035-2014-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, el O cio Nº 5778-2014-SG/JNE de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones,

Regidor 1 MORDAZA Tenazoa MORDAZA Regidor 2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regidor 3 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Insapillo Regidor 4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regidor 5 Nereyda MORDAZA MORDAZA Regidor 6 Regidor 7

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