Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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el Informe Nº 000654-2014-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestion Electoral; el Proveido Nº 000663-2014-GG/ONPE de la Gerencia General y el Informe Nº 000274-2014-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014PCM, publicado en el diario o cial El Peruano el 24 de enero de 2014, el Presidente de la Republica convoco a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la Republica y de la Provincia Constitucional del Callao, asi como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica, para el dia MORDAZA 05 de octubre de 2014; Que, de conformidad con el articulo 5º de la Ley Nº 27683 ­ Ley de Elecciones Regionales, modi cada por Ley Nº 29470, para la eleccion del presidente y el vicepresidente del gobierno regional, se requiere que la formula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) de los votos validos y; si ninguna formula supera dicho porcentaje, se procede a una MORDAZA eleccion dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la proclamacion de los computos o ciales, en todas las circunscripciones que asi lo requieran, en la cual participan las formulas que alcanzaron las dos mas altas votaciones; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la O cina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, mediante la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28581, se autorizo a la ONPE a implementar de manera progresiva y gradual el MORDAZA electronico; con medios electronicos e informaticos o cualquier otra modalidad tecnologica que garantice la seguridad y con dencialidad de la votacion, la identi cacion del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el MORDAZA electoral. Asimismo, de acuerdo al articulo unico de la Ley Nº 29603, se autoriza a la ONPE para que, de manera autonoma, establezca los procedimientos necesarios para la aplicacion del MORDAZA electronico presencial y no presencial; Que, por otro lado, de conformidad con el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487, es funcion de la ONPE plani car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisandose en el literal b) del mismo articulo que es funcion de este organismo constitucional MORDAZA disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que, asimismo, el articulo 159º de la Ley Organica de Elecciones, dispone que corresponde a la ONPE determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, la impresion y distribucion de las mismas, asi como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el MORDAZA del elector;

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

Que, de acuerdo con los literales d) y e) del articulo 68º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante la Resolucion Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, es funcion de la Gerencia de Gestion Electoral elaborar el diseno y las especi caciones tecnicas de los tipos de cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; asi como proponer a la Gerencia General el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobacion por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideracion las citadas normas legales, mediante Resolucion Jefatural Nº 160-2014-J/ ONPE, publicada en el diario o cial El Peruano el 8 de MORDAZA de 2014, se aprobo y publico el diseno de las cedulas de sufragio, para las Elecciones Regionales y Municipales 2014; a n de que los personeros acreditados puedan presentar impugnaciones respecto al diseno de las cedulas, ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante el o cio de vistos de fecha 18 de MORDAZA de 2014, se informa que ante las mesas de parte del JNE y de los JEE, no se ha presentado ninguna impugnacion contra el diseno de las cedulas correspondientes a las Elecciones Regionales y Municipales 2014; Que, de acuerdo a lo expuesto, mediante Informe Nº 000035-2014-GGE/ONPE la Gerencia de Gestion Electoral remite a la Gerencia General los modelos de nitivos y las especi caciones tecnicas de las Cedulas de sufragio para votacion manual y para MORDAZA electronico, correspondiente a las Elecciones Regionales y Municipales 2014, en cumplimiento del articulo 168º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859; asi mismo, en cumplimiento del articulo 5º de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales los modelos de cedulas de sufragio, en caso hubiera, una MORDAZA eleccion; Que, la Gerencia General, con el Proveido Nº 0006632014-GG/ONPE recomienda la aprobacion y publicacion de los modelos de nitivos y especi caciones tecnicas de las Cedulas de Sufragio de las ERM 2014, MORDAZA referidas; De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g) y h) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487; asi como en los literales n) y s) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante la Resolucion Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE; y, con el visado de la Gerencia General, de la Secretaria General y de las Gerencias de Gestion Electoral, Informatica y Tecnologia Electoral, y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el modelo de nitivo de la cedula de sufragio regional para las Elecciones Regionales 2014, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, con sus especi caciones tecnicas consignadas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar el modelo de nitivo de la cedula de sufragio regional correspondiente a la Provincia Constitucional del Callao para las Elecciones Regionales 2014, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 4, con sus especi caciones tecnicas consignadas en el Anexo Nº 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolucion.

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru. LA DIRECCION

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