Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2014 (03/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Martes 3 de junio de 2014

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la publicacion, en la pagina web institucional del JNE, de la resolucion que autoriza su inscripcion. Dicha inscripcion en el REE puede ser renovada. Articulo 18.- Del procedimiento de renovacion La DCGI previa verificacion del cumplimiento de los requisitos senalados en el articulo 14, emitira una resolucion renovando la inscripcion a la persona natural o juridica en el REE, manteniendo el mismo numero de registro y anotando dicho hecho en el asiento respectivo. En caso de incumplimiento de los requisitos senalados en el articulo 14 del presente reglamento, la DCGI requerira a la solicitante la subsanacion de las observaciones advertidas, con la indicacion de que en caso de no subsanarlas dentro del plazo concedido, la solicitud se tendra por no presentada. En dicho caso, la encuestadora podra presentar nuevamente su solicitud de renovacion siempre y cuando se encuentre dentro del plazo de vigencia de su inscripcion en el REE. Articulo 19.- Vigencia de la renovacion de la inscripcion La vigencia de la renovacion de la inscripcion en el REE es por un periodo de tres anos, contados a partir del dia siguiente del vencimiento de la inscripcion inmediata anterior, la misma que sera consignada en la respectiva resolucion. La inscripcion en el REE podra ser renovada sucesivamente por periodos similares. Articulo 20.- Plazos aplicables a los procedimientos de inscripcion y renovacion de inscripcion en el REE El plazo para calificar y emitir un pronunciamiento sobre las solicitudes de inscripcion, asi como de renovacion de inscripcion en el REE, es de tres dias habiles, computados desde la fecha de su presentacion. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento se concedera el plazo de tres dias habiles para subsanar tales observaciones. Transcurrido dicho plazo, con o sin la subsanacion, la DCGI tiene tres dias habiles para emitir el pronunciamiento respectivo. CAPITULO III: Cancelacion de la inscripcion en el REE Articulo 21.- De la cancelacion de la inscripcion en el REE Vencido el plazo de vigencia de la inscripcion de la encuestadora en el REE, sin que esta MORDAZA solicitado, dentro del plazo establecido en el presente reglamento, la renovacion de su inscripcion en el REE, esta quedara cancelada de pleno derecho. Asimismo, si la encuestadora, habiendo presentado su solicitud de renovacion dentro del plazo establecido, no hubiese cumplido con subsanar, en el plazo concedido, las observaciones advertidas, igualmente quedara cancelada de pleno derecho al vencimiento del plazo de vigencia de inscripcion de la encuestadora en el REE. Finalmente, en caso de que las inscripciones MORDAZA canceladas, se debera proceder a su anotacion respectiva, bajo esos terminos, en el REE. TITULO IV PUBLICACION Y DIFUSION DE ENCUESTAS Y FACULTADES FISCALIZADORAS DEL JNE CAPITULO I: De los actos posteriores a la realizacion de encuestas Articulo 22.- De los informes de las encuestadoras Las encuestadoras deberan remitir a la DCGI, en caso de que los JEE aun no esten instalados, directamente o por intermedio de las Unidades Regionales de Enlace, en medio impreso y en CD, el informe completo y detallado de la encuesta sobre intencion de MORDAZA realizada, que MORDAZA sido publicada o difundida. El plazo para remitir el informe de la encuesta sera de tres dias habiles contados a partir del dia siguiente de la

e) Tratandose de personas juridicas, MORDAZA literal de la partida registral actualizada, en donde conste expresamente como parte de su objeto social la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto. En el caso de las universidades nacionales y particulares, MORDAZA literal de la partida registral, o MORDAZA certificada del acta de fundacion y el certificado negativo de persona juridica expedido por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (Sunarp). Asimismo, dada su naturaleza, no les sera exigible que figure como parte de su objeto social la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto. f) Domicilio de la encuestadora que solicita la inscripcion. g) Comprobante de pago de la tasa correspondiente. h) Acreditar por lo menos a un profesional en economia, estadistica, matematica o ingenieria estadistica, para llevar a cabo encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de MORDAZA, adjuntando para tal efecto, MORDAZA certificada del titulo profesional y la MORDAZA de habilidad emitida por el colegio profesional correspondiente. Asimismo, deberan indicar la pagina web, y de manera adicional, telefono, fax y direccion de correo electronico de la encuestadora que solicita su inscripcion. Articulo 14.- Requisitos para la renovacion de la inscripcion Para la renovacion de la inscripcion en el REE se debera cumplir con presentar los siguientes documentos: a) Formato de solicitud de renovacion de inscripcion dirigida al Director Central de Gestion Institucional del JNE, suscrita por la persona natural o, en caso de personas juridicas, por el representante legal. b) Tratandose de personas juridicas, certificado de vigencia de poder del representante legal. c) Comprobante de pago de la tasa correspondiente. d) MORDAZA de vigencia de su RUC certificada por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Sunat), y e) MORDAZA literal actualizada de la partida registral correspondiente expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (Sunarp), tratandose de personas juridicas. Articulo 15.- Plazos para la MORDAZA de las solicitudes de renovacion de inscripcion en el REE La solicitud de renovacion de inscripcion en el REE debe ser presentada durante los sesenta dias calendarios MORDAZA del termino de la vigencia de la inscripcion en el REE. De lo contrario la inscripcion en el REE queda cancelada, y solo cabe solicitar una nueva inscripcion en el REE. CAPITULO II: De los procedimientos de inscripcion y renovacion de inscripcion en el REE Articulo 16.- Del procedimiento de inscripcion La DCGI previa verificacion del cumplimiento de los requisitos senalados en el articulo 13, emitira una resolucion inscribiendo a la persona natural o juridica en el REE, asignandole un numero de registro, y abriendo la partida electronica correspondiente. En caso de incumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 13 del presente reglamento, la DCGI requerira a la solicitante la subsanacion de las observaciones advertidas, con la indicacion de que en caso de no subsanarlas dentro del plazo concedido, la solicitud se tendra por no presentada. Tratandose de personas naturales, estas se inscribiran con el nombre que aparece en su DNI, salvo que opten por inscribirse con el nombre comercial que este consignado en su ficha RUC, seguido del nombre de la referida persona natural. Articulo 17.- Vigencia de la inscripcion en el REE La vigencia de la inscripcion en el REE es por un periodo de tres anos, contados a partir del dia siguiente de

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