Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2014 (06/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014

524761
Este Convenio se suscribe en MORDAZA, Peru, en dos (2) ejemplares originales de igual tenor, por representantes debidamente autorizados para ello, y entrara en vigencia en la fecha en que, de acuerdo con las normas de la Republica del Peru adquiera plena validez juridica. El Beneficiario se obliga a notificar por escrito al Banco la fecha de entrada en vigencia, acompanando la documentacion que asi lo acredite. Si en el plazo de un (1) ano contado a partir de la fecha de suscripcion del presente Convenio, este mismo no hubiere entrado en vigencia, todas las disposiciones, ofertas y expectativas de derecho en el contenidas se reputaran inexistentes para todos los efectos legales sin necesidad de notificacion y, por lo tanto, no habra lugar a responsabilidad alguna para ninguna de las partes. REPUBLICA DEL PERU EDA MORDAZA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO MORDAZA MORDAZA Representante del Banco en Peru Fecha: 14.JUN.2013 LEG/SGO/CAN/PE/IDBDOCS#37368208 ANEXO UNICO EL PROYECTO Regularizacion de reservas de pueblos indigenas en aislamiento I. Objeto 1.01 Mediante el Proyecto se busca avanzar sustancialmente en el MORDAZA de proteccion de los pueblos indigenas en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial ("PIACI") a traves de la regularizacion de sus reservas. 1.02 Asimismo, a traves del Proyecto se ayudara a mejorar los mecanismos de proteccion de los PIACI, incrementar la sensibilizacion de la sociedad, en general, acerca de sus niveles de vulnerabilidad y riqueza cultural. Adicionalmente, mediante el Proyecto se busca lograr mayor proteccion sobre los derechos de los PIACI, con adicionalidades tales como el desarrollo de una politica de participacion de las comunidades locales vecinas a las reservas y efectos positivos sobre el cambio climatico producto de establecimiento de las reservas de PIACI en el Peru. II. Descripcion 2.01 Para el logro del objetivo descrito en la seccion anterior, el Proyecto financiara los siguientes componentes: Componente 1: Estudios categorizacion de los PIACI de reconocimiento y

del Proyecto, y cada version actualizada sera sometida a la revision y aprobacion del Banco. La adquisicion de los bienes y servicios diferentes a consultorias y la seleccion y contratacion de consultores deberan ser llevados a cabo de conformidad con el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco y sus respectivas modificaciones. Decimosegundo. Revision de los contratos. Salvo que el Banco determine por escrito lo contrario, los contratos de adquisicion de bienes y servicios, y la seleccion y contratacion de consultores seran supervisados en forma ex-post, de conformidad con el procedimiento establecido en el parrafo 4 del Apendice 1 de las Politicas de Adquisiciones y de las Politicas de Consultores Decimotercero. Seguimiento y Evaluacion. El Beneficiario debera presentar al Banco los siguientes informes: (i) informes semestrales de progreso, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la finalizacion de cada semestre calendario; y (ii) un informe final, dentro de los seis (6) meses contados a partir de la finalizacion de la MORDAZA actividad del Proyecto. El contenido de estos informes sera acordado previamente con el Banco. Decimocuarto. Estados financieros y otros informes. (a) El Beneficiario se compromete a presentar los estados financieros del Proyecto dentro del plazo de noventa (90) dias siguientes a la fecha estipulada para el ultimo desembolso de la Contribucion. (b) Para efectos de lo indicado en el Articulo 14 (e) de las Normas Generales de este Convenio, el Banco seleccionara y contratara los servicios de contadores publicos independientes con cargo a los recursos de la Contribucion, para la realizacion de la auditoria de estados financieros indicados en el inciso (a) anterior de esta clausula. El Beneficiario se compromete a facilitar, dar acceso y presentar la informacion requerida por los auditores externos contratados por el Banco para estos propositos. Decimoquinto.Acceso a la informacion. El Beneficiario se compromete a comunicar al Banco, por escrito, dentro de un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles contados a partir de la fecha de suscripcion del presente Convenio, si considera que este contiene informacion que se pueda calificar como una excepcion al MORDAZA de divulgacion de informacion previsto en la Politica de Acceso a Informacion del Banco, en cuyo caso el Beneficiario se compromete a senalar dicha informacion en las disposiciones pertinentes del Convenio. De conformidad con la mencionada politica, el Banco procedera a poner a disposicion del publico en su pagina "Web" el texto del presente Convenio una vez que este MORDAZA entrado en vigencia y MORDAZA expirado el plazo MORDAZA mencionado, excluyendo solamente aquella informacion que el Beneficiario MORDAZA calificado como una excepcion al MORDAZA de divulgacion de informacion previsto en dicha politica. Decimosexto. Comunicaciones. Todos los avisos, solicitudes, comunicaciones o notificaciones que las partes deban dirigirse en virtud de este Convenio, se efectuaran por escrito y se consideraran realizados desde el momento en que el documento correspondiente se entregue al destinatario en la direccion indicada a continuacion: Del Beneficiario: Ministerio de Relaciones Exteriores Jr. MORDAZA 545, Cercado de MORDAZA MORDAZA 1, Peru Central telefonica (511) 204-2400 Del Organismo Ejecutor: Ministerio de Cultura Av. MORDAZA MORDAZA Este No. 2465, San MORDAZA MORDAZA, Peru Del Banco: Banco Interamericano de Desarrollo 1300 New MORDAZA Avenue, N.W. MORDAZA, D.C. 20577 Estados Unidos de MORDAZA Facsimil: (202) 623-3096

2.02 El presente componente apoyara los estudios de base requeridos por ley para la conformacion de reservas indigenas de los PIACI, que son aquellos estudios previos que sustentan la existencia de un pueblo en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial; y posteriormente, apoyo a los estudios adicionales de categorizacion que contengan un analisis ambiental, juridico y antropologico, asi como una propuesta de delimitacion territorial. 2.03 Mediante el presente componente se financiara: (i) la realizacion de los estudios iniciales1 para la conformacion de las cinco (5) reservas indigenas que han sido solicitadas (Cacataibo; Kapanawa; Yavari ­ Minim; Yavari ­ Tapiche; y Napo, Tigre. Curaray) y que no poseen proteccion previa; (ii) la

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Correspondiente al articulo 3, inciso a) de la Ley No.28736, denominados "Estudios Previos de Reconocimiento".

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