Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2014 (06/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014

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· Formato de Alcabala · MORDAZA del Recibo de Pago del Impuesto de Alcabala, de ser el caso · Tratandose de representante poder simple vigente que acredite la calidad de representante · Tratandose de Personas Juridicas, se debe adjuntar MORDAZA simple del Poder Notarial y/o Poder inscrito ante los Registros Publicos. · Todo documento que se exija y presente en copias, estas deberan estar debidamente autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad. b) Para Subvaluadores: · MORDAZA del Documento de Identidad (D.N.I) del Titular o representante · MORDAZA de la Hoja de Trabajo de Determinacion de ser el caso · Tratandose de representante poder simple vigente que acredite la calidad de representante · Tratandose de Personas Juridicas, se debe adjuntar MORDAZA simple del Poder Notarial y/o Poder inscrito ante los Registros Publicos. · Todo documento que se exija y presente en copias, estas deberan estar debidamente autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad. Articulo Sexto.- CONDICIONES GENERALES Son requisitos para acogerse a los beneficios dispuestos por la presente ordenanza: a) Permitir la inspeccion y levantamiento de informacion predial, que de oficio se realice en sus predios o solicitar por escrito la inspeccion a su predio, brindando las facilidades del caso para su realizacion. b) En caso de inspeccion a solicitud de parte, esta debera presentarse a partir de la vigencia de la presente ordenanza y hasta el 31 de Octubre del 2014, a efectos de realizar las inspecciones correspondientes hasta el 28 de Noviembre del 2014. c) Los contribuyentes obligados a realizar su Declaracion, deberan presentar la documentacion sustentatoria que acredite su derecho, como una minuta, escritura publica, MORDAZA literal de propiedad, MORDAZA de posesion, entre otros que considere el administrado y se encuentren encuadrados dentro del MORDAZA legal. d) Firmar las Declaraciones Juradas generadas dentro del MORDAZA de fiscalizacion. e) Presentar la correspondiente Declaracion Jurada Tributaria, conforme a los datos verificados en la inspeccion, debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado, dentro de los treinta (30) dias calendarios siguientes de realizada la inspeccion al predio. Si este plazo vence en dia inhabil, se considerara vencido al primer dia habil siguiente. f) Cancelar o fraccionar el tributo omitido a partir de su Declaracion Jurada, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la MORDAZA de la misma. Articulo Setimo.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LA MORDAZA Los contribuyentes que cumplan con los requisitos mencionados en el ARTICULO MORDAZA, gozaran de la aplicacion de los siguientes beneficios: a) Condonacion del 100% de los intereses moratorios del Impuesto Predial o a la diferencia detectada y de la Tasa de Arbitrios Municipales. b) Condonacion del 100% de los derechos de emision y distribucion del tributo omitido, ademas del factor de reajuste de tratarse del Impuesto Predial. c) Condonacion del 100% de la multa tributaria generada dentro del alcance senalado en el ARTICULO MORDAZA de la presente ordenanza. Articulo Octavo.- FORMAS DE REGULARIZACION

facilidades a la poblacion en general a traves del proyecto de Ordenanza: Regularizacion de deudas tributarias generadas como producto de la Declaracion Voluntaria del Contribuyente, cuyo objetivo es la inscripcion y/o rectificacion de predios y la regularizacion de deudas tributarias que estas generen, validado por la Gerencia de Administracion Tributaria a traves del Informe N° 247-2014-GAT-MPH de fecha 09.04.214, en merito al resultado del MORDAZA de fiscalizacion de predios en la jurisdiccion, que ha evidenciado la existencia de vecinos que se encuentran en calidad de omisos y/subvaluadores que no han cumplido con actualizar los niveles de sus respectivos inmuebles, categorias, areas construidas, valor de otras instalaciones y de cualquier otro MORDAZA que influya en el valor del inmueble, los mismos que tienen que formalizarse a traves de la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial; En ese contexto, la Comision Ordinaria de Economia y Finanzas mediante el Dictamen N° 002-2014-COEYFMPH expresa su opinion favorable al proyecto en referencia; por lo que previa exposicion tecnica de los fundamentos del proyecto de ordenanza, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, el Concejo Municipal de conformidad con las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9° y de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y por votacion mayoritaria, aprueba la siguiente : ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS GENERADAS COMO PRODUCTO DE LA DECLARACION VOLUNTARIA DEL CONTRIBUYENTE Articulo Primero.- OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto incentivar la Declaracion voluntaria de inscripcion y/o rectificacion de predios y la regularizacion de la deuda tributaria que estas generen. Articulo Segundo.- ALCANCE Podran acogerse al presente beneficio, las personas naturales, las personas juridicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas; propietarios y/o poseedores o tenedores de predios en el distrito de MORDAZA, que se encuentran en calidad de omisos a la inscripcion de su predio y/o subvaluadores que no hubieran actualizado las caracteristicas del mismo, que permitan la inspeccion y levantamiento de informacion de oficio de sus predios o lo soliciten voluntariamente, y que cumplan con declarar y pagar la deuda tributaria generada, dentro del plazo establecido en la presente norma. El acogimiento al presente beneficio, implica el reconocimiento de la obligacion tributaria. Articulo Tercero.- BASE LEGAL a) Constitucion Politica del Peru b) Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 c) Ley de Tributacion Municipal ­ Decreto Legislativo N° 776 d) Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444 y modificatorias e) Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo N° 133-13-EF f) Reglamento de Organizacion y Funciones ­ Ordenanza Provincial N° 064-2007 Articulo Cuarto.- FINALIDAD Actualizar la informacion predial contenida en la Base de Datos de la Administracion Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaura, estimular al contribuyente a que sincere su condicion y la situacion de su predio, brindar las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales e incrementar los ingresos. Articulo Quinto.- REQUISITOS GENERALES a) Para Omisos: · Escritura Publica, Minuta, Titulo de Propiedad o MORDAZA de Posesion · Memoria Descriptiva, Plano de Ubicacion y Perimetrico, de ser el caso · MORDAZA del Documento de Identidad (D.N.I) del Titular o representante

a) POR PAGO AL CONTADO: El pago del monto total insoluto del tributo (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales). Verificado el pago, los conceptos asociados a la deuda cancelada tales como multas tributarias, intereses moratorios, derechos de emision - distribucion y reajustes en caso del Impuesto Predial, seran dejados sin efecto.

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