Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (06/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 99

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014 524769 a través de consultas amistosas, los dos países convienen en llevar a cabo el siguiente Acuerdo: “1. A solicitud del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno de la República Popular China acuerda enviar a un grupo de especialistas al Perú para realizar el estudio del Proyecto de Centro de Operaciones de Emergencia Nacional. Los detalles específi cos acerca de la ejecución del Proyecto serán determinados por ambas partes a través de acuerdos suscritos en otra oportunidad. 2. El costo total para dicho estudio valorado en 550,000 (Quinientos Cincuenta Mil) yuanes de Renminbi será sufragado con cargo a la donación acordada en el Convenio de Cooperación Económica y Técnica, suscrito el día 19 de marzo de 2008, entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la República del Perú. La institución que será designada por el Gobierno chino, según esta Nota y la Nota de Respuesta de Vuestra Excelencia, va a expedir el estado de cuenta por cuadriplicado para hacer liquidación en una sola operación a través del Banco de Desarrollo de China y el Banco de la Nación del Perú. 3. Durante el periodo de trabajo en el Perú, el Gobierno peruano proporcionará gratuitamente al grupo de especialistas chinos datos técnicos relacionados con dicho proyecto, así como asignará personal en cantidad necesaria para apoyar al grupo chino en el trabajo. Asimismo, ayudará al personal chino arriba mencionado a gestionar los trámites migratorios de su entrada al Perú y salida del Perú.” Esta Nota y la Nota alcanzada por Vuestra Excelencia el 6 de abril de 2013, en Sanya, constituirán un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, el que entrará en vigor a partir de la fecha de la última comunicación mediante la cual las partes se notifiquen mutuamente por la vía diplomática, el cumplimiento de sus procedimientos internos para tal efecto. Éste mantendrá su vigencia hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Hago propicia la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. RAFAEL RONCAGLIOLO Ministro de Relaciones Exteriores (Traducción) Sanya, 6 de abril de 2013 Excelentísimo Señor Rafael RONCAGLIOLO Orbegoso Ministro de Relaciones Exteriores la República del Perú Vuestra Excelencia: Tengo el honor de confi rmar, en representación del Gobierno de la República Popular China que, a través de consultas amistosas, los dos países convienen en llevar a cabo el siguiente Acuerdo: 1. A solicitud del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno de la República Popular China acuerda enviar a un grupo de especialistas al Perú para realizar el estudio del Proyecto de Centro de Operaciones de Emergencia Nacional. Los detalles específi cos acerca de la ejecución del Proyecto serán determinados por ambas partes a través de acuerdos suscritos en otra oportunidad. 2. El costo total para dicho estudio valorado en quinientos cincuenta mil (550,000.00) yuanes de Renminbi será sufragado con cargo a la donación acordada en el Convenio de Cooperación Económica y Técnica, suscrito el día 19 de marzo de 2008, entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la República del Perú. La institución que será designada por el Gobierno chino, según esta Nota y la Nota de Respuesta de Vuestra Excelencia, va a expedir el estado de cuenta por cuadriplicado para hacer liquidación en una sola operación a través del Banco de Desarrollo de China y el Banco de la Nación del Perú. 3. Durante el período de trabajo en el Perú, el Gobierno peruano proporcionará gratuitamente al grupo de especialistas chinos datos técnicos relacionados con dicho proyecto, así como asignará personal en cantidad necesaria para apoyar al grupo chino en el trabajo. Asimismo, ayudará al personal chino arriba mencionado a gestionar los trámites migratorios de su entrada al Perú y salida del Perú. Si Vuestra Excelencia tiene a bien confi rmar lo arriba expuesto en una Nota de Respuesta en representación del Gobierno de la República del Perú, esta Nota y la Respuesta de Vuestra Excelencia constituirán un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, el que entrará en vigor a partir de la fecha de la última comunicación mediante la cual las partes se notifi quen mutuamente por la vía diplomática, el cumplimiento de sus procedimientos internos para tal efecto. Éste mantendrá su vigencia hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Hago propicia la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. GAO HUCHENG (Firma) Ministro de Comercio de la República Popular China 1093148-1 Entrada en vigencia de la Carta- Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto “Regularización de reservas de pueblos indígenas en aislamiento” (ATN/OC- 13627-PE Y ATN/OC-13628-PE) Entrada en vigencia de la Carta-Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto “Regularización de reservas de pueblos indígenas en aislamiento” (ATN/ OC-13627-PE Y ATN/OC-13628-PE), suscrito el 14 de junio de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 021-2014-RE, de fecha 15 de mayo de 2014. Entró en vigencia el 20 de mayo de 2014. 1093132-1 Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China relativo al “Proyecto de Centro de Operaciones de Emergencia Nacional” Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China relativo al “Proyecto de Centro de Operaciones de Emergencia Nacional”, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n del Ministerio de Comercio de la República Popular China y nota RE(GAB) Nº 6/37 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, ambas de fecha 6 de abril de 2013, y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 039-2013-RE, de fecha 30 de setiembre de 2013. Entró en vigencia el 24 de abril de 2014. 1093134-1