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El Peruano Viernes 6 de junio de 2014 524745 Que, el Banco Financiero ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y modifi catorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modifi catorias; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N°746-2010; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Financiero lleve a cabo un programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda, en el marco de un programa de bonos corporativos, bajo las leyes de la República del Perú, hasta por un monto de S/.300,000,000.00 (Trescientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares de Estados Unidos de América, con una vigencia de seis (06) años, conforme a los términos acordados por la entidad y dentro del plazo que a tal efecto determinó su Directorio. Artículo Segundo.- Las emisiones que se realicen con garantía específi ca de activos del Banco Financiero dentro del programa referido en el artículo precedente, deberán contar con opinión favorable previa de esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 1092360-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas Apurímac ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2014-GR.APURIMAC/CR Abancay, 30 de abril del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, de fecha 30 de abril del 2014, como punto de agenda: Proyecto de Ordenanza Regional “Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas Apurímac”, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, solicita al Consejo Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas Apurímac, anexando para cuyo efecto en forma documentada los requisitos previstos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece en el Numeral 1, Literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su Organización Interna y su Presupuesto Institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF de las Entidades de la Administración Pública; y en su Artículo 2º, señala las pautas para su aprobación, acorde con los criterios de diseño y Estructura de la Administración Pública que estable la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable a cada caso; Que, el Literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha 30 de abril del 2014; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, leyes modifi catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional; y visto el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Administración y Comunidades Campesinas, con el voto por unanimidad de sus Miembros; y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS APURIMAC Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas Apurímac, que consta de V Títulos, 26 Artículos y 02 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR, la normativa legal regional y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Judicial de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme dispone el Artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay, a los treinta días del mes de abril del año dos mil catorce. LILI RAMOS ANAMPA Presidenta Consejo Regional Apurímac POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Abancay, en la Sede del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil catorce. ELIAS SEGOVIA RUIZ Presidente 1092090-1