Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2014 (07/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Mamami MORDAZA como regidor de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 70016121, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1093790-5

El Peruano Sabado 7 de junio de 2014

Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite el informe elaborado por el especialista de causas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien informa que la autoridad cuestionada tiene ordenes de captura a nivel nacional (fojas 13). En ese sentido, el organo jurisdiccional remitio MORDAZA de la Resolucion Nº 9, emitida por el Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que declaro fundado en parte el requerimiento de prision preventiva en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se dispuso cinco meses de dicha medida coercitiva en contra de la mencionada autoridad. Asimismo, se remitio MORDAZA del Auto de Vista Nº 013-2014, por medio del cual la MORDAZA Sala Penal de apelaciones de la mencionada corte confirmo la resolucion MORDAZA senalada. CONSIDERANDOS 1. Conforme a lo dispuesto en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detencion. Asimismo, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones considera que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones Nº 920-2012-JNE, Nº 928-2012-JNE, Nº 931-2012-JNE, Nº 932-2012-JNE, Nº 1077-2012-JNE, Nº 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el MORDAZA Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 2. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prision preventiva, situacion juridica que ha sido dispuesta por el Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, disposicion que ha sido confirmada por la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral ha tomado conocimiento de que MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra con ordenes de captura a nivel nacional. 3. Del mismo modo, se informo que el acuerdo tomado en sesion extraordinaria, de fecha 17 de enero de 2014, no ha sido notificado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que no fue posible localizarlo. 4. No obstante los defectos formales en los que se ha incurrido durante la tramitacion del procedimiento de suspension, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detencion vigente, MORDAZA si el propio organo jurisdiccional ha comunicado directamente a este organo colegiado la resolucion jurisdiccional que dispone la prision preventiva del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mena. La regulacion procedimental de la suspension de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. En ese sentido, en aras de optimizar los principios de economia y celeridad procesales, este organo colegiado considera que debe disponerse la suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mena. 5. En ese contexto, al existir un mandato de detencion vigente, y en aplicacion del articulo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Siguas. En ese sentido, conforme lo dispone el articulo 24 de la LOM, que establece que al burgomaestre lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, corresponde convocar a Arlex Limbert MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 29556449, para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mientras se resuelva la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA Mena. Asimismo, para completar el numero de regidores corresponde convocar a MORDAZA Trancito MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 29481109, candidata no proclamada del

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 420 -2014-JNE Expediente Nº J-2014-0146 MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quince de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el escrito remitido por Arlex Limbert MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por medio del cual remite informacion sobre la suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de dicha comuna. ANTECEDENTES Con fecha 28 de enero del 2014, por medio del escrito del visto, Arlex Limbert MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo municipal del Distrito de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remite el acta de la sesion extraordinaria, de fecha 19 de enero de 2014, que aprueba la suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 2 a 3). Al respecto, por medio del Oficio Nº 704-2014-SG/ JNE, de fecha 13 de febrero de 2014 y Nº 1271-2014-SG/ JNE, de fecha 19 de marzo de 2014, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones solicito al regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA que remita las constancias de notificacion de la mencionada sesion extraordinaria, asi como la MORDAZA de que el mencionado acuerdo habia quedado consentido. En respuesta a los oficios remitidos, Arlex Limbert MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo municipal del Distrito de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remite la Carta Nº 028-2014/ MDSIS, recibida el 1 de MORDAZA de 2014, a traves de la cual informa que actualmente el MORDAZA se encuentra como no MORDAZA, motivo por el cual no se le ha podido notificar el acuerdo tomado el 19 de enero de 2014 (fojas 37) En razon a la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por medio del Oficio Nº 177-2014-P-CSJAR/PJ, remitido el 12 de marzo de 2014, el presidente de la

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