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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (07/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Sábado 7 de junio de 2014 524829 movimiento regional Fuerza Arequipeña, a fi n de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspensión de Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Herminio Pacheco Mena en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Árlex Limbert Rivera Barrios, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 29556449, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Margarita Tráncito Alegría Valverde de Sánchez, con Documento Nacional de Identidad Nº 29481109, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1093790-6 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de servidores de la ONPE a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0131-2014-J/ONPE Lima, 5 de junio de 2014 VISTOS: La Carta recibida en fecha 04 de junio de 2014 de la Empresa Thomas Greg & Sons del Perú S.A., el Informe N° 000008-2014-GG/ONPE de la Gerencia General, los Informes Nºs. 000028 y 000029-2014-GITE/ONPE de la Gerencia de Informática y Tecnología electoral, los Memorandos Ns.° 001696 y 001716-2014-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos N°s. 002014 y 002015-2014-GAD/ONPE de la Gerencia de Administración, así como el Informe N° 000213-2014-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta de vistos, la Empresa Thomas Greg & Sons del Perú S.A., como parte de la labor de consultoría que viene realizando a la ONPE, en mérito de la AMC N° 33-2014-ERM-ONPE-Segunda Convocatoria, invita a que funcionarios de nuestra Entidad presencien el proceso de armado del Kit Electoral y automatización del despliegue del material electoral utilizando tecnología de identifi cación por radio frecuencia (RFID), el cual se encuentra actualmente en ejecución, para la jornada electoral del próximo 15 de junio de 2014, en la República de Colombia; Que, a través de los Informes N° 000028-2014- GITE/ONPE y N° 000029-2014-GITE/ONPE, la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral recomienda la participación de los colaboradores de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, en la etapa previa al proceso electoral colombiano, a fi n que pueda rescatarse las practicas utilizadas en dicho país y ser utilizadas en el nuestro para mejorar y automatizar progresivamente los procesos electorales ejecutados por la Entidad; Que, del mismo modo, la Gerencia General mediante Informe N° 000008-2014-GG/ONPE, concluye que resulta factible acceder a la invitación cursada, toda vez que este permitirá presenciar el uso de la tecnología en el proceso electoral para un posible uso en nuestro país, lo cual guardaría relación con la Política Nacional de Gestión Pública aprobada mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que establece como uno de los objetivos específi cos, la implementación de la gestión por procesos, promoviendo la simplifi cación administrativa en todas las entidades públicas, a fi n de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y promover el gobierno electrónico a través del uso intensivo de la tecnología de información y comunicación (TIC), como soporte de los procesos de planifi cación producción y gestión de las entidades públicas; Que, asimismo, recomienda que se proceda requerir la habilitación presupuestaria respectiva, se tramité la compra de los pasajes y el otorgamiento de viáticos a favor de los cuatro servidores de la Entidad que participarán en el proceso a desarrollarse en la República de Colombia; Que, en este sentido, el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales establece entre algunas de las funciones de la ONPE, la de planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo; y el literal d) de la acotada disposición legal, la de preparar y distribuir a las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales el material necesario para el desarrollo de los procesos a su cargo; Que, con Memorando N° 002015-2014-GAD/ONPE, la Gerencia de Administración, precisa los costos siguientes: • Pasajes Aéreos ruta Lima-Colombia-Lima costaría US $ 1,000.00 al tipo de cambio de S/. 2,786, hace un total de: S/. 2,786.00 por comisionado, que hacen un total de S/.11,144.00. • Viáticos del 06 al 10 más un día de instalación, hace un total de 6 días, por lo que siendo $ 370.00 diarios, hace un total de US$ 2,220.00 que al tipo de cambio de S/. 2,786, hace un total de: S/. 6,184.82 por comisionado, que hacen un total de S/.24,739.68; Que, mediante Memorando N° 001696-2014-GPP/ ONPE la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto hace llegar el Informe N° 001710-2014-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 001408- 2014/JAPPTO-SGPR-GPP/ONPE de la Jefatura de Área de Presupuesto, mediante los cuales se informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria, para atender la comisión de servicios requerida; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, Ley N° 30114, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios con cargos a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las previstas en los literales del citado numeral, para el caso de organismos constitucionalmente autónomos, serán autorizados por resolución del titular de la Entidad; Que, por otro lado, el artículo 61° del Reglamento Interno de Trabajo de la Entidad, aprobado por Resolución Jefatural Nº 012-2011-J/ONPE y modifi cado por Resolución Jefatural N° 111-2013-J/ONPE señala que el encargo de funciones se da cuando un trabajador desempeña las funciones del titular ausente por vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio;