Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (07/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Sábado 7 de junio de 2014 524830 Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto de administración que autorice el viaje al exterior de los señores: Javier José Alvarado Carvajal – Sub Gerente de Proyectos Electorales, Ramona Karent Asca Balaguer – Sub Gerente de Operaciones Informáticas, Adelmo Cancino Cancino – Gerente de Gestión Electoral, y Juan Antonio Phang Sánchez – Sub Gerente de Operaciones Electorales, para su participación en las actividades relacionadas al proceso electoral colombiano a efectos de presenciar el proceso de armado de Kit Electoral y la automatización del despliegue de dicho material electoral utilizando tecnología de identifi cación por Radio Frecuencia (RFID) en la Ciudad de Colombia, del 06 hasta el 10 de junio de 2014; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13° de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el literal s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE; y estando a lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi cado por Decretos Supremos N° 005-2006 y N° 056-2013-PCM; Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General, de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, Administración, Informática y Tecnología Electoral y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la invitación cursada por la Empresa Thomas Greg & Sons del Perú S.A., para presenciar el proceso de armado de Kit Electoral y automatización del despliegue del dicho material, utilizando tecnología de identifi cación por radio frecuencia (RFID), el cual se viene ejecutando en la República de Colombia para la jornada electoral del próximo 15 de junio de 2014. Artículo Segundo.- Autorizar por excepción, el viaje en comisión de servicios de los señores: Javier José Alvarado Carvajal – Sub Gerente de Proyectos Electorales, Ramona Karent Asca Balaguer – Sub Gerente de Operaciones Informáticas, Adelmo Cancino Cancino – Gerente de Gestión Electoral y Juan Antonio Phang Sánchez – Sub Gerente de Operaciones Electorales, para que presencien el proceso de armado de Kit Electoral y la automatización del despliegue electoral en la Ciudad de Colombia, del 06 hasta el 10 de junio de 2014, inclusive. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: S/.11,144.00 Viáticos: S/.24,739.68 Artículo Cuarto.- Precisar que la presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores a que se refi ere el artículo segundo de la presente resolución, deberá presentar al Jefe de la ONPE, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Sexto.- Encargar, el despacho de la Gerencia de Gestión Electoral de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales al señor Fernando López Villafuerte, Gerente de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano a partir del 06 de junio de 2014 y mientras dure la ausencia de su Titular. Artículo Séptimo.- Poner en conocimiento de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano el contenido de la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1093332-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Rectifican error material consignado en la R.J. N° 095-99-JEF-RENIEC, sobre delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Rocco, distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Carrión, departamento de Pasco RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 139-2014/JNAC/RENIEC Lima, 6 de junio de 2014 VISTOS: El Informe N° 000535-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (26AGO2013) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe N° 000018-2014/GPRC/RENIEC (05MAR2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, mediante Resolución Jefatural N° 095-99-JEF- RENIEC de fecha 08 de abril de 1999, en el artículo primero de la parte resolutiva, se autorizó en vía de regularización, la delegación de funciones registrales a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor (Hoy Municipalidad de Centro Poblado) de Rocco, Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel A. Carrión, Departamento de Huancavelica; Que, mediante Ofi cio N° 012-2013-MCPR-DY/PDC/RP de fecha 10 de abril de 2013, la Municipalidad del Centro Poblado de Rocco, solicita la rectifi cación del Artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 095-99-JEF-RENIEC de fecha 08 de abril de 1999 que menciona Huancavelica y debe decir Pasco; Que, mediante Informe N° 000535-2013/GPRC/SGIRC/ RENIEC (26AGO2013), la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, informa que de la lectura y el cotejo de la Resolución Jefatural N° 095-99-JEF-RENIEC de fecha 08 de abril de 1999, se ha identifi cado y acreditado el error material en el Artículo 1° de la parte resolutiva de la indicada Resolución Jefatural, en lo que respecta a la denominación de la provincia debe decir Provincia de Daniel Carrión, y en lo que respecta a la denominación del departamento debe decir Departamento de Pasco; Que, el artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, no señala plazo