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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (07/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Sábado 7 de junio de 2014 524832 Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, con el fi n de participar en la 7th Financial Integrity Working Group (FINTWG) Meeting, organizada por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) y el Bank Al-Maghrib (BAM), que se llevaría a cabo los días 13 y 14 de mayo de 2014 en la ciudad de Casablanca, Reino de Marruecos; Que, mediante comunicación de fecha 09 de mayo de 2014, la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) informa a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) que la 7th Financial Integrity Working Group (FINTWG) Meeting ha sido postergada debido a un importante problema logístico; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) y participa en el Financial Integrity Working Group (FINTWG); Que, durante la 7th Financial Integrity Working Group (FINTWG) Meeting, los miembros del Grupo de Trabajo tendrán la oportunidad de contribuir a la labor que se viene ejecutando en la Iniciativa de Aprendizaje entre Pares de AFI con las entidades que fijan los estándares internacionales. Adicionalmente, los miembros tendrán la oportunidad de compartir sus experiencias en los siguientes temas: Oportunidades y desafíos en la conducción de una evaluación nacional de riesgo efectiva a fin de identificar amenazas y vulnerabilidades para reforzar las oportunidades de inclusión financiera; diseño de niveles que permitan la debida diligencia con clientes a fin de incrementar oportunidades para atraer a más personas y pequeños negocios al sector financiero formal; la regulación informal y semi-formal de proveedores de servicios financieros donde se incluyen las instituciones microfinancieras, cooperativas, proveedores de servicio alternativo de remesas hawala y otras instituciones no bancarias; refuerzo de la integridad en la regulación de servicio financiero móvil; y el abordamiento de los esquemas ponzi y piramidal en relación a la inclusión financiera; Que, en atención a la invitación cursada y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Dmitri Koukharev, Coordinador Ejecutivo de Riesgos de LAFT del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participe en el citado evento, en su calidad de miembro del mencionado Grupo de Trabajo de AFI; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 3315-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS- DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución SBS N° 2550-2014 de fecha 07 de mayo de 2014. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del señor Dmitri Koukharev, Coordinador Ejecutivo de Riesgos de LAFT del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 07 al 12 de junio de 2014, a la ciudad de Frankfurt, República Federal de Alemania, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 432,00 Artículo Quinto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1093069-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Conforman el Consejo Regional de Productos Orgánicos de Lima - COREPO LIMA ORDENANZA REGIONAL Nº 02-2014-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del día 10 del mes de abril del 2014 en el distrito de Imperial de la provincia de Cañete, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Carta Nº 006-2014-COPEPTOTYAATPE-CR/GR del Consejero Regional por la provincia de Oyón, Sr. Olmer Luis Torres Albornoz; por la cual, solicita que se agende en la Sesión Ordinaria la aprobación del Dictamen de la “Comisión Ordinaria de Planifi cación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado”, recaído en el Acuerdo de Consejo Regional Nro. 021-2014-CR/GRL que deriva a dicha comisión el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la conformación del Consejo Regional de Productos Orgánicos de Lima – COREPO LIMA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del CAPÍTULO XIV DEL TÍTULO IV,