Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2014 (07/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR; la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2014, como parte de las celebraciones por el 193º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Ate; en merito a los fundamentos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ESTABLECER; como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por cada MORDAZA, debiendo ademas adjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, vigentes - original y copia. b) Actas de Nacimiento de los contrayentes. c) Certificado Medico. d) Declaracion Jurada de Domicilio y Estado Civil. e) Dos testigos con D.N.I. vigente - original y copia. Articulo 3º.- EXONERAR; la publicidad de los Avisos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo senalado por el articulo 252º del Codigo Civil, los cuales deberan publicarse en un lugar visible del Palacio Municipal y/o en la Oficina de Registros Civiles y en la Pagina Web de la Municipalidad. Articulo 4º.- ESTABLECER; el siguiente cronograma: INSCRIPCIONES: - Del Lunes 09 de junio al lunes 18 de agosto del 2014, en la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Ate, Seccion Matrimonios, en horario de Oficina. CEREMONIA: - Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario el MORDAZA 31 de Agosto del 2014, a horas 12:00 del mediodia en las instalaciones del Restaurant Turistico MORDAZA REAL, ubicada en la Carretera Central S/N KM. 11.5 - MORDAZA MORDAZA (Costado Grifo MORDAZA Clara) del Distrito de Ate". Articulo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Oficina de Registro Civil, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, y a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones; la coordinacion, divulgacion general y otras acciones que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1093529-3

El Peruano Sabado 7 de junio de 2014

Nº 04-2014-CAJ-CDB-MDB, de fecha 30 de MORDAZA del 2014, emitido por la Comision de Asuntos Juridicos, respecto al proyecto de Ordenanza que regula la difusion y control de la propaganda electoral para los procesos electorales en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; De igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las Municipalidades pueden ejercer actos de gobierno a traves de las Ordenanzas, pudiendo crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la ley, siendo de competencia del Concejo Municipal dicha atribucion, como lo prescribe el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Segun el acapite Nº 3.6.3, numeral 3), del articulo 79º de la mencionada Ley Organica, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, el de normar y otorgar autorizaciones, asi como realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica. Que, mediante Ordenanza Nº 265-MDB, publicada el 08 de octubre del 2006 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo la Ordenanza que establecio las normas sobre propaganda electoral que deben cumplir las organizaciones politicas, listas independientes y alianzas, dentro de la jurisdiccion del Distrito de Barranco. Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, publicado el 24 de Enero de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, se convoco a elecciones regionales y municipales a llevarse a cabo el dia 05 de Octubre del 2014, haciendose necesario disponer acciones para preservar el ornato y el orden, asi como la MORDAZA urbanistica del distrito de Barranco, con el objeto de que no se vea afectada con la colocacion y/o pintas indiscriminadas de anuncios y propaganda electoral; Mediante Resolucion Nº 136-2010-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones aprobo el Reglamento de Propaganda Electoral, estableciendo en su articulo 5º que sera de competencia de los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, aprobar la ordenanza que autorice y regule la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, asi como su retiro luego de la realizacion del MORDAZA electoral municipal. Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA DIFUSION Y CONTROL DE LA PROPAGANDA ELECTORAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EN EL DISTRITO DE BARRANCO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad regular la difusion de la propaganda electoral en la jurisdiccion del distrito de Barranco con el fin de preservar el ornato y velar por el cumplimiento del ordenamiento legal, sancionando a sus transgresores. Articulo Segundo.- OBJETO Las Municipalidades provinciales o distritales apoyan el mejor desarrollo de la propaganda electoral, elemento importante del sistema democratico representativo de las agrupaciones politicas y alianzas electorales, facultandose el acceso a la instalacion de paneles, pintado y pegado

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Regulan difusion y control de la propaganda electoral para los procesos electorales en el distrito
ORDENANZA Nº 407-MDB Barranco, 8 de MORDAZA del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO en Sesion Ordinaria de la Fecha; VISTOS: El Informe Nº 58-2014GDE-MDB, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico; El Informe Nº 792014-SGC-GDE-MDB, de fecha 23 de MORDAZA de 2014, emitido por la Subgerencia de Comercializacion; El Informe Nº 63-2014-GDE-MDB, de fecha 23 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico; El informe Nº 157-2014-GAJ-MDB, de fecha 28 de MORDAZA de 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; El Memorandum Nº 333-2014-GM/MDB, de fecha 28 de MORDAZA del 2014, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen

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