Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2014 (07/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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se sigue para la designacion del representante de las organizaciones sin fines de lucro que tengan su registro vigente en la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI. Se senala tambien el modo de designacion de todos los demas miembros. El numeral 16.6 preve que la presidencia del COREPO recae, preferentemente, en uno de los representantes del sector privado; Que mediante Oficio Nº 1595-2012-AG-SEGMA, la Secretaria General del Ministerio de Agricultura solicito al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA posibilitar la constitucion del COREPO en su jurisdiccion, teniendo en cuenta los procedimientos establecidos en el Titulo IV articulos 14º, 15º y 16º del Reglamento citado, solicitando que producida la constitucion se sirviera designar a los representantes de los COREPO y de los productores de Costa, MORDAZA y MORDAZA ante el CONAPO; por lo que la Direccion Regional de Agricultura a traves de diferentes documentos se ha dirigido a las entidades representativas a fin de que elijan a sus representantes tal como provee el Decreto Supremo Nº 010-2012-AG, que aprueba el Reglamento de la Ley 29196 ­ Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica; Que, mediante Oficio Nº 01293-2013-GRL-DRA-DPA de fecha 17 de octubre de 2013 el Director Regional de Agricultura comunica a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico que se ha realizado con todos los procedimientos descritos por la Ley Nº 29196 y su reglamento, precisando que con fecha 17 de setiembre del 2013, se habia llevado a cabo la reunion para conformar el Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO, teniendo en consideracion a este efecto los procedimientos establecidos en el Titulo IV, articulos 14º, 15º y 16º del referido Reglamento, quedando establecido por unanimidad de la siguiente manera: PRESIDENTE: Representante de la ANPE ­ PERU, Asociacion Nacional de Productores Ecologicos del Peru. VICEPRESIDENTE: Representante de gubernamentales. SECRETARIO TECNICO Representante de la Agricultura. las organizaciones no

El Peruano Sabado 7 de junio de 2014

del Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO LIMA. Con la sustentacion del Sr. Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional por la provincia de Oyon; con la intervencion del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal del Consejo Regional; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesion de Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15º inciso a), c) y s), de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional; HA APROBADO REGIONAL LA SIGUIENTE ORDENANZA

QUE CONFORMA EL CONSEJO REGIONAL DE PRODUCTOS ORGANICOS DE MORDAZA ­ COREPO MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la conformacion del Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA ­ COREPO MORDAZA, como ente representativo regional, que tiene por finalidad el desarrollo sostenible y competitivo de la produccion, promover y fortalecer la produccion organica o ecologica en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, el cual esta conformado de la siguiente manera: - Un (01) representante de los Productores Organicos. - Un (01) representante de las Empresas de Transformacion de Productos Organicos. - Un (01) representante de las Empresas Comercializadoras de Productos Organicos. - Un (01) representante de la Direccion Regional de Agricultura. - Un (01) representante de la Direccion Regional de Salud. - Un (01) representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un (01) representante de los Gobiernos Locales. - Un (01) representante de las Universidades. - Un (01) representante de las Organizaciones sin Fines de Lucro; y, - Un (01) representante de las Comunidades Campesinas. Articulo Segundo.- DISPONER que el periodo de representacion de cada miembro del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA, es de dos (02) anos. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA, recaera en la Direccion Regional de Agricultura. Articulo Cuarto.- APROBAR que el procedimiento de designacion de los miembros del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA, estara sujeto a las disposiciones del articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 29196 ­ Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologia, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2012-AG. Articulo Quinto.- DISPONER que el Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA, en un plazo que no exceda de sesenta (60) dias calendario, formule su Reglamento Interno, el mismo que debera ser reconocido a traves de la Resolucion Regional correspondiente. Articulo Sexto.- INCORPORAR como funciones del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA las siguientes: - Desarrollar acciones de enlace con el Consejo Nacional de Productos Organicos (CONAPO) para la elaboracion conjunta del Plan Nacional Concertado para la promocion y fomento de la Produccion Organica o Ecologica. - Actuar en el ambito regional, como instancia asesora y consultiva en materia de produccion organica. - Elaborar anualmente el Plan Operativo Institucional de la Produccion Organica, en el MORDAZA de los lineamientos y estrategias del Plan Nacional Concertado para la promocion y fomento de la Produccion Organica, incluyendose las actividades priorizadas en los requerimientos presupuestales anuales de cada institucion segun sus competencias.

Direccion

Regional

de

Que, mediante Informe Nº 1965-2013-GRL/SGRAJ la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica realiza precisiones al proyecto de ordenanza propuesto por la Gerencia Regional de Desarrollo Economico senalando que la conformacion del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional y asimismo la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente emita informe tecnico donde analice y evalue la importancia de crear el Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO MORDAZA teniendo en cuenta las precisiones al proyecto de Ordenanza Regional; Que, mediante Memorandum Nº 2842-2013-GRL/ GRRNGMA, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente remite el Informe Nº 2822013-GRL-GRRNGMA/MNHD a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico emitido por el Area de Recursos Naturales, en el cual se recomienda que de acuerdo a la normativa existente y en concordancia de los objetivos regionales y nacionales se opina proseguir con el tramite para la promulgacion de la Ordenanza Regional, que apruebe la conformacion del Consejo Regional de Productos Organicos ­ COREPO LIMA; Que, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia 10 de MORDAZA del 2014, en las instalaciones de la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA, sito en Prolongacion La Mar S/N del distrito de Imperial de la provincia de Canete; se dio cuenta de la Carta Nro. 006-2014-COPEPTOTYAATPECR/GR del Consejero Regional por la provincia de Oyon, Sr. Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la cual solicita que se agende en la Sesion Ordinaria la aprobacion del Dictamen de la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado", recaido en el Acuerdo de Consejo Regional Nro. 021-2014-CR/GRL que deriva a dicha comision el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la conformacion

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