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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (07/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Sábado 7 de junio de 2014 524825 que la faculte como tal, mientras dure la suspensión de Wálter Quispe Vilcas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1093790-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN N.° 361-2014-JNE Expediente N.° J-2014-0480 ARMA - CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, seis de mayo de dos mil catorce VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada el 30 de abril de 2014 por José Aland Canales Abregú, alcalde de la Municipalidad Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, al haberse declarado la vacancia del regidor Enrique Quispe Castro, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo de Concejo Municipal N.° 020-2013- MDA, de fecha 28 de octubre de 2013 (fojas 16 a 17), el Concejo Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, declaró la vacancia del regidor Enrique Quispe Castro, por inasistencia injustifi cada a tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas los días 7 y 27 de setiembre, y 12 de octubre de 2013, causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM. 3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Enrique Quispe Castro inasistió injustifi cadamente a las sesiones ordinarias de concejo, de fechas 7 y 27 de setiembre y 12 de octubre del año 2013, según las respectivas actas que obran en el expediente (fojas 4 vuelta a 15 vuelta). 4. En ese sentido, se puede verifi car que el regidor en mención fue notifi cado de manera personal mediante la Cédula de Notifi cación del 15 de noviembre de 2013 con la copia del Acuerdo de Concejo Municipal N.° 020- 2013-MDA, de fecha 28 de octubre de 2013, en el que se declaró su vacancia en el cargo de regidor, por la causal de inasistencia injustifi cada a tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas (fojas 18). 5. Por otro lado, aparece en el expediente, a fojas 19, la constancia emitida por el alcalde de la citada municipalidad, de fecha 27 de enero de 2014, que hace constar que no se ha interpuesto recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Municipal N.° 020-2013- MDA, de fecha 28 de octubre de 2013, que declaró la vacancia del Enrique Quispe Castro, regidor del Concejo Distrital de Arma. De acuerdo con ello, la declaración de vacancia ha quedado fi rme. 6. Por consiguiente, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente de la accesitaria llamada por ley. De acuerdo con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a Rossmery Paola Leandro Marca, identifi cada con Documento Nacional de Identidad N.° 44413192, candidata no proclamada por el movimiento regional Movimiento Independiente Regional Unidos por Huancavelica, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Arma. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 15 de noviembre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las elecciones municipales del año 2010 (fojas 23 a 25). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Enrique Quispe Castro, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Enrique Quispe Castro como regidor del Concejo Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Rossmery Paola Leandro Marca, identifi cada con Documento Nacional de Identidad N.° 44413192, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1093790-2 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 376-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00486