Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2014 (07/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 7 de junio de 2014

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la gestion del Estado, "El MORDAZA de modernizacion de la gestion del estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos"; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada con Ley N°27867, expresa en el literal n, Articulo 47°, Funciones Especificas de Educacion: "Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologias eficaces y eficientes para el mejoramiento de la calidad de la educacion en sus distintos niveles"; Que, la Ley General de Educacion, aprobada con Ley N°28044, expresa los principios fundamentales de equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad; de inclusion, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ambito rural, sin distincion de etnia, religion, sexo u otra causa de discriminacion, contribuyendo asi a la eliminacion de la pobreza, la exclusion y las desigualdades; y de calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educacion integral, pertinente, abierta, flexible y permanente; Que, el Plan Nacional de Desarrollo ConcertadoPlan Bicentenario, El Peru Hacia el 2021, aprobado con Decreto Supremo N°054-2011-PCM, sobre el uso de tecnologias de informacion y comunicacion en el sector educativo expresa "Mejorar los aprendizajes y el uso de la tecnologia de informacion y comunicacion (TIC), de todos los estudiantes, desarrollando sus capacidades humanas y valores eticos, con enfasis en la poblacion rural, vernaculo hablante y pobreza extrema"; Que, el Proyecto Educativo Nacional, aprobado con Resolucion Suprema N°001-2007-ED, sobre el uso de tecnologias de informacion y comunicacion en el sector educativo expresa "Uso eficaz, creativo y culturalmente pertinente de las nuevas tecnologias de informacion y comunicacion (TIC) en todos los niveles educativos"; Que, el Plan de Desarrollo Concertado Regional 2008-2021, del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado con Acuerdo de Consejo Regional N° 175-2008-CR/GRL, sobre el uso de tecnologias de informacion y comunicacion en el sector educativo expresa "Desarrollar acciones que permita una gestion institucional innovadora y pedagogica permanente, mediante el uso intensivo de las tecnologias de informacion y comunicacion" (TIC); Que, el Plan de Desarrollo Institucional 2012-2015 del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional N°016-2012-CR-RL, sobre el uso de tecnologias de informacion y comunicacion en el sector educativo expresa "Construir, mejorar y/o rehabilitar la infraestructura y equipamiento escolar"; Que, el Proyecto Educativo Regional-PER CARAL 2021, aprobado con Ordenanza Regional N°004-2012CR-RL, sobre el uso de tecnologias de informacion y comunicacion en el sector educativo expresa "Integrar en los diferentes niveles, los sistemas de tecnologia educativa de informacion y comunicacion (TIC), al MORDAZA de ensenanza-aprendizaje como medios para elevar la calidad de la educacion; Que, el problema principal del sector de educacion es la baja calidad y cobertura educativa en las instituciones educativas y bajos anos de escolaridad de la poblacion de la region Lima. Que tiene como causas: los bajos niveles de logros de aprendizaje de los estudiantes en el desarrollo del pensamiento logico matematico de 12.5% y comprension lectora de 31,9%; la limitada cobertura educativa de nivel inicial de 69.5% y en el nivel MORDAZA de 93.8%, el incremento del porcentaje de desercion de estudiantes de edades de 7-14 anos con educacion primaria incompleta de 0.3% a 2.7%; y desercion de estudiantes de edades de 13-19 anos con educacion secundaria incompleta de 6.7% a 7.8%, el bajo porcentaje de acceso al servicio de internet de las escuelas de nivel primario de 28.5% y MORDAZA de 46.9%; y la alta relacion de alumnos por computadora de nivel primario de 6 y nivel MORDAZA de 7. Y los anos promedio de escolaridad de la poblacion de 25 a 64 anos de edad de la region MORDAZA, se encuentra en 11.6 anos, que corresponde al nivel de primero de secundaria; Que, el uso intensivo de tecnologias de informacion y comunicacion (TIC) en las instituciones educativas de la region Lima; poniendo enfasis en la implementacion y desarrollo del aula virtual, como instrumento de la mejora

- El COREPO MORDAZA, conformara un comite tecnico de seguimiento y evaluacion de las actividades del Plan Operativo Anual, quienes mantendran coordinacion permanente con el comite tecnico de seguimiento del CONAPO y con las entidades regionales que implementan las acciones del Plan Operativo. Articulo Septimo.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Octavo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Noveno.- La presente Ordenanza Regional se publicara en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del dos mil catorce. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA F. MORDAZA CARHUAVILCA Consejero Delegado Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional 1092664-1

Declaran de interes publico y prioridad regional el uso de las Tecnologias de Informacion y Comunicacion - TIC como politica educativa en el Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 03-2014-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 10 del mes de MORDAZA del 2014 en el distrito de Imperial de la provincia de Canete, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Oficio Nro. 0180-2014-GRL/PRES del Presidente Regional; por el cual, remite el Proyecto de Ordenanza Regional que declara de interes publico y prioridad regional el uso de las tecnologias de informacion y comunicacion ­ TIC como politica educativa en el Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el Articulo 8° expresa: "El Estado coordina la politica educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios; asi como, los requisitos minimos de la organizacion de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educacion"; Que, la Ley de Bases de Descentralizacion, aprobada con Ley N°27783, en el literal a) de su Articulo 36° establece las competencias compartidas de los Gobiernos Regionales en Educacion: "Gestion de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo"; Que, la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, aprobada con Ley N°27658, expresa en el Articulo 4°, Finalidad del MORDAZA de modernizacion de

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