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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (07/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Sábado 7 de junio de 2014 524826 INAHUAYA - UCAYALI - LORETO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, doce de mayo de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 042-2014-MDI-ALC, remitido el 5 de mayo de 2014, por Julio Abraham Navarro Orbe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor Román Pérez Daza, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 005-2014-MDI, de fecha 12 de marzo de 2014, obrante a fojas 20 y 21 de autos, el Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, acordó declarar, por unanimidad, la vacancia del regidor Román Pérez Daza, por inasistencia injustifi cada a más de tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas los días 17 y 31 de enero y, 17 y 28 de febrero de 2014, causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 006- 2014 del 12 de marzo de 2014 (fojas 21). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Román Pérez Daza, a través de la citación de fecha 5 de marzo de 2014, notifi cada de manera personal, fue convocado a la sesión extraordinaria de fecha 12 de marzo de 2014, cuyo tema de agenda era acordar o no su vacancia en el cargo de regidor (fojas 8). 4. Asimismo, se verifi ca que con el Ofi cio Nº 032-2014- MDI-ALC, entregado de manera personal, se notifi có al referido regidor, con el Acuerdo de concejo Nº 006-2014 que declara, por unanimidad, su vacancia en el cargo de regidor, por la causal de inasistencia injustifi cada a más de tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas, el 13 de marzo de 2014. 5. De igual forma, se advierte que el Acuerdo de Concejo Nº 006-2014, de fecha 12 de marzo de 2014, que declaró la vacancia de Román Pérez Daza en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, quedó consentida, conforme se colige de la constancia emitida el 8 de abril de 2014, por la secretaria general de dicha comuna, en el que se indica que el regidor Román Pérez Daza no ha formulado recurso alguno en contra del referido acuerdo de concejo que le fue notifi cado al interesado el 13 de marzo de 2014, por lo que ha quedado consentido (fojas 32). 6. Por consiguiente, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De acuerdo con el artículo 35 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordante con el artículo 24 de la LOM, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. Así, debe procederse a dejar sin efecto la credencial otorgada a Román Pérez Daza y convocar a Wílmer Shuña Gordon, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 43988310, candidato no proclamado del movimiento regional Fuerza Loretana, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Inahuaya. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 25 de octubre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Ucayali, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010 (fojas 33 a 36). Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Román Pérez Daza, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Román Pérez Daza como regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Wílmer Shuña Gordon, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 43988310, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inahuaya, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1093790-3 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Bellavista, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 390-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00504 BELLAVISTA - SAN MARTÍN ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, trece de mayo de dos mil catorce VISTO el Ofi cio s/n, presentado el 9 de mayo de 2014, por Ramón Ruiz Dávila. ANTECEDENTES Mediante el ofi cio del visto, Ramón Ruiz Dávila comunica el fallecimiento de Jílmer García Heredia, regidor del Concejo Distrital de Bellavista, por lo cual solicita se declare la vacancia del difunto regidor, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), así como su acreditación de candidato no proclamando. El solicitante adjunta el Acta de Defunción Nº 5000255571, en el cual se señala que Jílmer García Heredia falleció el 2 de abril de 2014 (fojas 2).