Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

525669
Articulo 2.- El (la) Jefe(a) del Organo de Control Institucional o su representante actuara en calidad de veedor en las sesiones, procesos o actos que realice el referido Comite. Dicho representante sera acreditado mediante comunicacion escrita al Secretario Tecnico del Comite. Articulo 3.- Los miembros titulares del Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, podran designar a un representante que actuara como miembro suplente en ausencia temporal del miembro titular, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades de este. Dicha designacion sera mediante comunicacion escrita dirigida a la Secretaria Tecnica del Comite, dentro del plazo de tres dias (03) calendario siguientes de notificada la presente resolucion. Articulo 4.- El Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se reunira las veces que considere necesario. Los miembros titulares o suplentes del Comite tendran voz y MORDAZA, debiendo firmar el Acta de cada Sesion, aceptando con ello el cumplimiento de los compromisos contraidos. Articulo 5.- El Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento tendra las siguientes funciones: - Elaborar el diagnostico del Sistema de Control Interno del Ministerio, en coordinacion con sus Organos, Unidades Organicas y Programas. - Elaborar y aprobar el Plan de Trabajo del Comite de Control Interno del Ministerio. - Proponer al Titular del Ministerio la capacitacion de sus colaboradores en la tematica del MORDAZA conceptual y normativo del Control Interno. - Monitorear el MORDAZA de sensibilizacion y capacitacion de los colaboradores del Ministerio sobre Control Interno. - Informar al Titular del Ministerio sobre los avances realizados en materia de implementacion del Sistema de Control Interno. - Ejecutar las demas acciones que resulten necesarias para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno del Ministerio, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la "Guia de Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado", aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 458-2008-CG. Articulo 6.- La Secretaria Tecnica del Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento tendra las siguientes funciones: - Apoyar al Comite de Control Interno del Ministerio en el MORDAZA de sensibilizacion y capacitacion de sus colaboradores, en coordinacion con la Unidad de Personal. - Apoyar al Comite de Control Interno del Ministerio en la elaboracion del diagnostico del Sistema de Control Interno. - Apoyar al Comite de Control Interno del Ministerio en la elaboracion del Plan de Trabajo. - Cursar las citaciones y preparar la documentacion de las sesiones del Comite de Control Interno. - Solicitar la designacion de un representante de cada Organo, Unidad Organica y Programa del Ministerio, quien coordinara las actividades para la implementacion del Sistema de Control Interno. - Llevar el registro de las Actas de las Sesiones que realice el Comite de Control Interno. - Coordinar y efectuar el seguimiento al cumplimiento de los Acuerdos adoptados por el Comite de Control Interno. - Otras funciones que le encargue el Comite de Control Interno del Ministerio. Articulo 7.- Los Comites de Control Interno de las Unidades Ejecutoras 004 y 005 del Ministerio, asi como de sus Organismos Publicos adscritos, deberan informar semestralmente a la presidencia del Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre las medidas y acciones adoptadas para la implementacion del Sistema de Control Interno, en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 8.- Derogase las Resoluciones Ministeriales Nº 064-2009-VIVIENDA y Nº 221-2011-VIVIENDA. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1098645-1

organizados e instituidos en cada entidad del Estado para la consecucion de los objetivos institucionales que procura; Que, constituye politica nacional de obligatorio cumplimiento, fortalecer la lucha contra la corrupcion, garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas; promover a traves de acciones y comunicaciones la etica publica, siendo el SCI una herramienta para ese logro; Que, mediante Resoluciones de Contraloria Nº 3202006-CG y Nº 458-2008-CG de la Contraloria General de la Republica, se aprueban respectivamente las "Normas de Control Interno" y la "Guia para la implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado", las mismas que son de aplicacion a las entidades del Estado de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28716; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 064-2009VIVIENDA de fecha 06 de febrero de 2009, se conformo el Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo modificada por la Resolucion Ministerial Nº 221-2011-VIVIENDA de fecha 31 de octubre de 2011, en cuanto a su conformacion y funciones; Que, para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno y su eficaz funcionamiento, resulta conveniente modificar la conformacion de los miembros del Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como precisar las disposiciones sobre control interno que permitiran la adecuada ejecucion de las labores de dicho Comite; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado; Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Conformacion del Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Conformar el Comite de Control Interno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el cual tendra a su cargo la implementacion del Sistema de Control Interno - SCI de la Entidad, conforme a lo dispuesto en la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG. Dicho Comite dependera del Titular del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y esta conformado por: - Secretario(a) General, quien lo presidira. - Viceministro(a) de Vivienda y Urbanismo. - Viceministro(a) de Construccion y Saneamiento. - Director(a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, quien actuara como Secretario Tecnico. - Director(a) General de la Oficina General de Asesoria Juridica. - Director(a) General de la Oficina General de Administracion. - Director(a) General de la Oficina General de Estadistica e Informatica. - Director(a) Nacional de la Direccion Nacional de Vivienda. - Director(a) Nacional de la Direccion Nacional de Urbanismo. - Director(a) Nacional de la Direccion Nacional de Construccion. - Director(a) Nacional de la Direccion Nacional de Saneamiento. - Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional Tambos. - Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Vivienda Rural. - Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Mejoramiento Integral de Barrios. - Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nuestras Ciudades. - Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Generacion de Suelo Urbano. - Jefe(a) de la Unidad de Comunicacion Institucional. - Defensor(a) del Usuario.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.