Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Belgica, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 187-2014/SUNAT MORDAZA, 17 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Carta N° 14.SL.85 de fecha 7 de MORDAZA de 2014, el Secretario General de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA), cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT para participar en las Sesiones 123°/124° del Consejo de Cooperacion Aduanera de la OMA, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 26 al 28 de junio de 2014; Que en las citadas sesiones se tiene previsto tratar los aspectos relacionados a los procesos operativos de control aduanero relativos a la lucha contra el fraude y trafico ilicito de mercancias, y a los asuntos tecnicos, sobre cumplimiento y facilitacion, reglas de origen, valoracion, nomenclatura y clasificacion; Que en la XVII Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas de las Americas y el Caribe (CRDGA), se MORDAZA al Peru como miembro integrante de la Comision de Politica de la OMA, que sera designado en esta Sesion; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.o 02-2014SUNAT-5C0000 de fecha 10 de junio de 2014, resulta necesario autorizar la participacion de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) y MORDAZA MORDAZA Frassinetti Ybarguen, Intendente Nacional de Tecnica Aduanera, en las Sesiones 123°/124° del Consejo de Cooperacion Aduanera de la OMA; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Frassinetti Ybarguen del 24 al 29 de junio de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT,

y en uso de la facultad conferida por el literal s) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) y MORDAZA MORDAZA Frassinetti Ybarguen, Intendente Nacional de Tecnica Aduanera, del 24 al 29 de junio de 2014, para participar en las Sesiones 123°/124° del Consejo de Cooperacion Aduanera de la OMA a realizarse en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) Viaticos US $ US $ 1 750,33 2 700,00 1 750,33 2 700,00

Senora MORDAZA MORDAZA Frassinetti Ybarguen Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso US $ de Aeropuerto - TUUA) Viaticos US $

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1098163-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote
RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 00134-2014-SUNAT/3S0000 Chimbote, 13 de Junio de 2014 VISTO: El Informe Nro. 06-2014-SUNAT/3S0010 de fecha 11.Jun.2014, a traves del cual se evidencia la necesidad de designar un MORDAZA Auxiliar Coactivo para la Intendencia de Aduana de Chimbote con el proposito de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva; CONSIDERANDO: Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados, los que han sido refrendado por la Division de Informacion de Personal en respuesta al Memorandum Electronico - 024 - 2014 - Intendencia De Aduana de Chimbote de fecha 12.May.2014; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico;

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