Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

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establecido en el Anexo II del "Procedimiento para la Evaluacion y Acreditacion de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria", recomienda al Directorio del CONEACES otorgar la acreditacion con una vigencia de tres (03) anos, a las siguientes carreras del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa": (i) "Administracion", al haber obtenido 327 puntos, (ii) "Telecomunicaciones" al haber obtenido 305 puntos; (iii) "Mecanica Automotriz" al haber obtenido 306 puntos, y (iv) "Enfermeria Tecnica" al haber obtenido 322 puntos, respectivamente; Que, en Sesion N°244-2014-CONEACES, del 20 de MORDAZA del 2014, el Directorio del CONEACES, tomando en cuenta los informes de la DEA y los de la entidad evaluadora con fines de Acreditacion International Zeta Consulting SAC SAC, debidamente autorizada por el CONEACES mediante Resolucion Nº 002-2012-SINEACE-P, a traves de los Acuerdos N°1272, N°1273, N°1274 y N°1275-2014CONEACES aprobo otorgar la Acreditacion a las carreras de "Administracion", "Telecomunicaciones", "Mecanica Automotriz y "Enfermeria Tecnica" respectivamente, del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa", por un periodo de tres (03) anos; Que, mediante los documentos de visto, el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria ­ CONEACES, hace de conocimiento los acuerdos MORDAZA mencionados y solicita su oficializacion; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar los siguientes Acuerdos arribados por los miembros del Directorio del CONEACES en Sesion N° 244-2014-CONEACES, del 20 de MORDAZA del 2014: Acuerdo Nº 1272-2014-CONEACES, mediante el cual se aprueba la Acreditacion de la MORDAZA Profesional de Administracion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa" por un periodo de tres (03) anos. Acuerdo Nº 1273-2014-CONEACES, mediante el cual se aprueba la Acreditacion de la MORDAZA Profesional de Telecomunicaciones del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa" por un periodo de tres (03) anos. Acuerdo Nº 1274-2014-CONEACES, mediante el cual se aprueba la Acreditacion de la MORDAZA Profesional de Mecanica Automotriz del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa" por un periodo de tres (03) anos. Acuerdo Nº 1275-2014-CONEACES, mediante el cual se aprueba la Acreditacion de la MORDAZA Profesional de Enfermeria Tecnica del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa" por un periodo de tres (03) anos. La vigencia de la Acreditacion otorgada por el CONEACES a las carreras MORDAZA mencionadas, rige a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, asi como en la pagina web del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria ­ CONEACES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1098033-1

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprueban Acreditaciones de diversas Carreras Profesionales del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico del Ejercito ETE "Sgto. 2do. MORDAZA Lores Tenazoa"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 070-2014-COSUSINEACE/P MORDAZA, 16 de junio de 2014 VISTOS: Los Oficios Nº 567, Nº 568, Nº 569 y Nº 570-2014MINEDU/COSUSINEACE-CONEACES, remitidos por el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria ­ CONEACES; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, a traves de su articulo 5° establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas publicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a), del articulo 40° del Reglamento de la citada Ley N° 28740, aprobado con el Decreto Supremo N° 0182007-ED, es objetivo del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria ­ CONEACES, en su condicion de organo operador del SINEACE, promover el desarrollo de procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad de la educacion superior no universitaria; Que, en concordancia con las atribuciones citadas, los articulos 7° al 15° del Reglamento de la Ley del SINEACE, establecen que la Acreditacion es un MORDAZA que culmina con el reconocimiento formal de la calidad demostrada por la institucion educativa, otorgada por el Estado a traves del organo operador correspondiente del SINEACE, segun el informe de evaluacion externa emitido por la Entidad Evaluadora con fines de Acreditacion, debidamente autorizada, que de acuerdo al procedimiento establecido, verifico el cumplimiento de los estandares, criterios e indicadores de evaluacion normados por el SINEACE; Que, asimismo el articulo 11º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece que la Acreditacion es el reconocimiento publico y temporal de la institucion educativa, area, programa o MORDAZA profesional que voluntariamente ha participado en un MORDAZA de evaluacion de su gestion pedagogica, institucional y administrativa, estableciendose asimismo que acredita el organo operador sin mas tramite y como consecuencia del informe de evaluacion satisfactorio debidamente verificado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante Informes N°s.14, 15, 16 y 172014-CONEACES-DEA, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del CONEACES, en aplicacion de lo

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