Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2014 (23/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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que Declara de Interes Regional y Necesidad Publica la Proteccion de la Salud Publica que Garantice la Seguridad Sanitaria en el Puerto del Callao, que conlleve consecuentemente tambien al beneficio de nuestro pais; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES REGIONAL Y NECESIDAD PUBLICA LA PROTECCION DE LA SALUD PUBLICA EN EL PUERTO DEL CALLAO Articulo 1º.- Declarar de Interes y Necesidad Publica la Proteccion de la Salud Publica que Garantice la Seguridad Sanitaria en el Puerto del Callao, que conlleve consecuentemente tambien al beneficio de nuestro pais. Articulo 2º.- Facultar a la Direccion Regional de Salud el Callao (DIRESA Callao), la realizacion y suscripcion de Convenios de Encargo de Gestion por delegacion administrativa de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1065471-1

El Peruano MORDAZA 23 de marzo de 2014

Aprueban el Plan Regional de Seguridad Vial para la Region Callao periodo 2014 - 2018
ORDENANZA REGIONAL Nº 000003 Callao, 13 de marzo del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional, del Gobierno Regional del Callao en Sesion del 13 de marzo del 2014. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, y tienen por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region. Que, el inciso a) del articulo 15° de la Ley Organica de Gobierno Regionales ­ Ley N° 27867, establece que son atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Que, de conformidad con lo previsto por el articulo 56° de la Ley N° 27867, son funciones especificas aquellas de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2007-MTC de fecha 26 de MORDAZA de 2007, se aprobo el Plan Nacional de Seguridad Vial para el periodo 2007-2011, estableciendose veinte (20) objetivos estrategicos especificos, entre los que se encuentran el objetivo estrategico especifico Nro. 15: "Incorporacion del Plan Nacional de Seguridad Vial al interior de los planes operativos de los sectores integrantes del CNSV, asi como de los Gobiernos Regionales y Municipales del pais." Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2008-MTC se modifico el articulo 3° del Decreto Supremo N° 01096-MTC que creo el Consejo Nacional de Seguridad Vial,

decretando que los Gobiernos Regionales, en el MORDAZA de sus competencias, constituiran los Consejos Regionales de Seguridad Vial encargados de elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones. Que, mediante Resoluciones Ejecutivas Regionales N° 311-Gobierno Regional del Callao y N° 529-Gobierno Regional del Callao, modificada por Resolucion Ejecutiva Regional N° 000299 de fecha 22 de junio del 2011, se constituyo el Consejo Regional de Seguridad Vial del Callao, el mismo que esta integrado por el Presidente del Gobierno Regional del Callao, quien lo preside, el Director Regional de Educacion del Callao, el Director Regional de Salud del Callao, el Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Callao y el Jefe de la XX Direccion Territorial de la Policia del Callao. Que, asimismo, mediante el articulo 3° de la Resolucion Ejecutiva Regional N° 000299 de fecha 22 de junio del 2011, se designo a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones como Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial del Callao, encargandosele ejecutar los objetivos estrategicos del Plan Nacional de Seguridad Vial para el Periodo 20072011 que le correspondan y de elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial de la Region Callao en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 016-96-MTC. Que, el dia 27 de febrero del presente ano en la Sala de Reuniones de la Presidencia del Gobierno Regional del Callao, estando presentes el pleno del Consejo Regional de Seguridad Vial del Callao presidido por el Presidente de dicho consejo el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y asistido por su Secretario Tecnico el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones, pusieron a debate del pleno del consejo las mejoras incorporadas al Plan Regional mediante Memorandum N° 312-2014-GRC/GRPPAT de fecha 05 de febrero del 2014, acordando luego de un extenso debate de sus miembros, aprobar el Plan Regional de Seguridad Vial para la Region Callao para el periodo 2014-2018. Que, el Plan Regional de Seguridad Vial para la Region Callao periodo 2014-2018, tiene como proposito crear las condiciones necesarias para el "Incremento de la calidad de MORDAZA en la poblacion de la Region Callao, por una mejora en la seguridad vial". Este documento consta de seis (06) Objetivos Estrategicos, cinco (05) Ejes, diecisiete (17) Estrategias Especificas y veinticinco (25) Indicadores, con lo cual se pretende sentar las bases de una politica regional coherente y articulada en materia de prevencion de colisiones de MORDAZA, asi como de las graves consecuencias que estos generan en las personas, sus familias y la sociedad en su conjunto. Que, en correspondencia con el componente III: Circulacion y MORDAZA Terrestre, MORDAZA esencial 7: MORDAZA Terrestre y Seguridad Vial, atribucion: Planeamiento nivel de gobierno Gobiernos Regional de la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los Sectores Transportes y Comunicaciones aprobado por D.S. N° 019-2011-MTC que senala que es atribucion de los Gobiernos Regionales, formular y aprobar planes regionales en actividades de seguridad vial en concordancia con los planes sectoriales a nivel nacional; el Plan Regional de Seguridad Vial para la Region Callao periodo 2014-2018 aprobado por el pleno del Consejo Regional de Seguridad Vial del Callao, se articula con el Plan Nacional de Seguridad Vial para el periodo 20072011 aprobado mediante D.S. N° 013-2008-MTC asi como con el Plan de Desarrollo Concertado de la Region Callao para el 2011-2021 y el Plan Bicentenario; corresponde por tanto se aprobado por el pleno del Consejo del Gobierno Regional del Callao. Estando a lo expuesto y ante la necesidad de contribuir con la seguridad vial y la creacion de una cultural vial, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional por la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD VIAL PARA LA REGION CALLAO PERIODO 2014 ­ 2018. Articulo Primero.- Aprobar, el Plan Regional de Seguridad Vial para la Region Callao Periodo 2014 ­

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