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El Peruano Domingo 23 de marzo de 2014 519436 Autorizan viaje de funcionaria a la República de las Islas Fiji, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 1807-2014 Lima, 19 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la 4th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting, organizada por AFI y el Reserve Bank of Fiji (RBF), que se llevará a cabo del 26 al 28 de marzo de 2014 en la ciudad de Nadi, República de las Islas Fiji; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) y participa en el Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG); Que, la 4th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting tiene como objetivos: mostrar los avances realizados por los miembros del FISPLG en el desarrollo e implementación de sus estrategias nacionales de inclusión fi nanciera; destacar las experiencias de los miembros sobre temas clave como la realización de ejercicios de diagnóstico nacionales; revisar el progreso del plan de trabajo 2014 acordado en la reunión del grupo en Kuala Lumpur, Malasia, en setiembre de 2013; y decidir si el FISPLG lanzará subgrupos temáticos o regionales para llevar adelante su trabajo en áreas específi cas; Que, atendiendo la invitación cursada y en tanto, los temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha estimado conveniente designar a la señora Mariela Rita Zaldívar Chauca, Superintendente Adjunto de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, para que en representación de esta Superintendencia, participe en su calidad de miembro del mencionado Grupo de Trabajo de AFI, en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Mariela Rita Zaldívar Chauca, Superintendente Adjunto de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 24 al 29 de marzo de 2014 a la ciudad de Nadi, República de las Islas Fiji, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 462,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1064911-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Declaran de interés regional y necesidad pública la Protección de la Salud Pública en el Puerto del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000002 Callao, 12 de marzo del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional, del Gobierno Regional del Callao en Sesión del 12 de marzo del 2014. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 192º de la Constitución del Perú establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público , con autonomía política, económica y administrativa que tienen como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada en el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la política nacional y sectorial en el propósito de contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región,