Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2014 (23/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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El Peruano MORDAZA 23 de marzo de 2014

Autorizan viaje de funcionaria a la Republica de las Islas Fiji, en comision de servicios
RESOLUCION SBS N° 1807-2014 MORDAZA, 19 de marzo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitacion cursada por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI, por sus siglas en ingles) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la 4th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting, organizada por AFI y el Reserve Bank of Fiji (RBF), que se llevara a cabo del 26 al 28 de marzo de 2014 en la MORDAZA de Nadi, Republica de las Islas Fiji; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI, por sus siglas en ingles) y participa en el Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG); Que, la 4th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting tiene como objetivos: mostrar los avances realizados por los miembros del FISPLG en el desarrollo e implementacion de sus estrategias nacionales de inclusion financiera; destacar las experiencias de los miembros sobre temas clave como la realizacion de ejercicios de diagnostico nacionales; revisar el progreso del plan de trabajo 2014 acordado en la reunion del grupo en Kuala Lumpur, Malasia, en setiembre de 2013; y decidir si el FISPLG lanzara subgrupos tematicos o regionales para llevar adelante su trabajo en areas especificas; Que, atendiendo la invitacion cursada y en tanto, los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha estimado conveniente designar a la senora MORDAZA MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Superintendente Adjunto de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera, para que en representacion de esta Superintendencia, participe en su calidad de miembro del mencionado Grupo de Trabajo de AFI, en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1, que se autorizaran viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o participacion en eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos (via reembolso) y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Superintendente Adjunto

de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera de la SBS, del 24 al 29 de marzo de 2014 a la MORDAZA de Nadi, Republica de las Islas Fiji, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos (via reembolso) y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Complementarios US$ 462,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1064911-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Declaran de interes regional y necesidad publica la Proteccion de la Salud Publica en el Puerto del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000002 Callao, 12 de marzo del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional, del Gobierno Regional del Callao en Sesion del 12 de marzo del 2014. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 192º de la Constitucion del Peru establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas juridicas de derecho publico , con autonomia politica, economica y administrativa que tienen como finalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversion publica y privada en el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politica nacional y sectorial en el proposito de contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region,

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