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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2014 (27/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014 519639 - Señora SYLVIA ELIZABETH CACERES PIZARRO, Viceministra de Trabajo. - Señor EDGAR AUBERTO QUISPE REMON, Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral. - Señor JAIME ZAVALA COSTA, miembro de la Comisión Consultiva de Trabajo. - Señor RICARDO MIGUEL E. JARAMILLO BAANANTE, miembro de la Comisión Consultiva de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral. - Señora ELIZABETH CELIA CORNEJO MALDONADO, Directora General de Promoción del Empleo, Directora General más antigua en el cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Señor JUAN CARLOS MARTIN VICENTE CORTES CARCELEN, Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. - Señorita PAOLA DEL CARMEN EGUSQUIZA GRANDA, representante de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. - Señora BEATRIZ MARIA DELGADO CANAVAL, representante de los empleadores. - Señor JULIO ATILIO GUTIERREZ PEBE, representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú. - Señora JESSICA PATRICIA URRELLO LEYVA, Asesora Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como Secretaria del Consejo de la Orden, con voz pero sin voto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1067417-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la distribución de recursos a favor de Gobiernos Regionales, para apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para financiar la operación y el mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2014 MTC/01 Lima, 21 de marzo de 2014 VISTO: El Memorando N° 471-2014-MTC/09.03 del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 305-2014-MTC/09.03 del Director de la Oficina de Presupuesto sobre la distribución de recursos a favor de los Gobiernos Regionales; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29448 establece disposiciones destinadas a regular transferencias de recursos a favor de los gobiernos regionales con la fi nalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, han sido transferidas a los citados gobiernos en el marco del proceso de descentralización; autorizando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a realizar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales en la fuente de recursos directamente recaudados, para apoyar el fortalecimiento de la gestión de las funciones transferidas, y para fi nanciar el mantenimiento de los equipos y/o redes, o sistemas de telecomunicaciones; Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 29448 establece que el MTC puede modifi car, mediante decreto supremo, la distribución de los recursos públicos que capte, con el objeto de orientar un porcentaje de los mismos al apoyo de las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización a los gobiernos regionales; Que, en aplicación de la Ley N° 29448 se expidió el Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, que autoriza al MTC a distribuir un monto máximo de S/. 14 454 496,00 de los recursos directamente recaudados que anualmente capte, a favor de 25 Gobiernos Regionales: Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali; por los Años Fiscales 2012 al 2016, con la fi nalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones han sido transferidas a los gobiernos regionales, así como para fi nanciar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 005- 2013-MTC prescribe que el MTC anualmente mediante Resolución Ministerial establecerá los montos a ser distribuidos a cada Gobierno Regional; Que, sobre la base de los importes proporcionados por los Órganos de Línea del Viceministerio de Comunicaciones y por la Secretaría Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones a través del Memorando N° 080-2014-MTC/26 e Informe N° 031-2014-MTC/26, propone la distribución de los recursos directamente recaudados para el año 2014, en aplicación del Decreto Supremo N° 005-2013-MTC, para cuyo efecto consigna los montos que corresponden a cada Gobierno Regional y los montos totales para cada actividad. Manifi esta que mediante la Resolución Ministerial N° 236-2013-MTC/01 se estableció los montos distribuidos a favor de los 25 gobiernos regionales para los años 2012 y 2013; Que, mediante el Memorando N° 471-2014-MTC/09.03, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 305-2014- MTC/09.03 del Director de la Ofi cina de Presupuesto, en el cual manifi esta que la propuesta de distribución de recursos a los gobiernos regionales para el año 2014 implementa lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 005- 2013-MTC, siendo los montos concordantes con los niveles de distribución establecidos en dicho decreto; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado debe dictarse la resolución correspondiente; De conformidad con las Leyes N° 29370 y N° 29448, y los Decretos Supremos Nº 021-2007-MTC y N° 005-2013- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones distribuirá a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, la suma total de DOCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 635 105,00) para el Año Fiscal 2014, de los recursos directamente recaudados, para apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para fi nanciar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización. El detalle de la distribución de recursos a favor de los Gobiernos Regionales es de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los recursos públicos distribuidos a los Gobiernos Regionales según lo dispuesto en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, deberán ser destinados sólo a los fi nes para los cuales son distribuidos, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones