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El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014 519651 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Aceptan renuncia de Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 44-2014-02.00 Lima, 10 de marzo de 2014 VISTO: La carta de renuncia de fecha 13 de febrero de 2014, presentada por la Ingeniera Patricia Isabel Arze Zapata, Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de su Ley de Organización y Funciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, concordante con lo establecido en el artículo 2º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2006- VIVIENDA; así como con lo establecido en el artículo 20º de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del citado Ministerio; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 099- 2012-02.00, de fecha 05 de junio de 2012, se designó a la Ingeniera Patricia Isabel Arze Zapata, en el cargo de confi anza de Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, Categoría D2, contratada a plazo indeterminado, bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 “Ley de Productividad y Competitividad Laboral”; Que, mediante documento del visto, la citada funcionaria pública presenta renuncia al cargo de confi anza de Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, Categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la construcción – SENCICO; lo que constituye causal de extinción del contrato de trabajo conforme a los alcances del inciso b) del artículo 16º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728; Que, la Gerencia General con proveído en el documento del visto, propone aceptar la renuncia de la Ingeniera Patricia Isabel Arze Zapata al cargo de confi anza de Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, al 21 de febrero de 2014; Que, por lo expuesto, resulta procedente aceptar la renuncia de la funcionaria Ingeniera Patricia Isabel Arze Zapata, al cargo antes acotado; Que, la Ley Nº 27594 “Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos”, establece en su artículo 3º, que la designación de funcionarios en el cargo de confi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1º de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, designar, ratifi car o remover al personal de confi anza, que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a los que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29º establece como facultad del Consejo Directivo Nacional, entre otros, delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1091-02 adoptado en la Sesión Ordinaria, de fecha 19 de febrero de 2014, el Consejo Directivo Nacional, delegó a la Presidencia Ejecutiva la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29º del Estatuto antes referido; Que, el artículo 17° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, consigna que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, y los literales c) y j) del artículo 33° de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modifi cado por Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos (e), del Gerente de la Ofi cina de Administración y Finanzas, de la Gerenta de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal, del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General (e), y del Gerente General; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia de la Ingeniera Patricia Isabel Arze Zapata al cargo de confi anza de Asesora Técnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, con efi cacia anticipada, al día 21 de febrero de 2014; Artículo Segundo.- La Gerencia General queda encargada en la parte que le compete, del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ARTURO N. RAMOS RODRÍGUEZ Presidente Ejecutivo de SENCICO 1066614-1 Aceptan renuncia de Supervisora de Gerencias Zonales del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 46-2014-02.00 Lima, 11 de marzo de 2014 VISTO: La carta de renuncia de fecha 28 de febrero de 2014, presentada por la Arquitecta Karla Jennypher Ayala de las Casas, Supervisora de Gerencias Zonales, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de su Ley de Organización y Funciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, concordante con lo establecido en el artículo 2º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2006-