Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

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del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, designar, ratificar o remover al personal de confianza, que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a los que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29º establece como facultad del Consejo Directivo Nacional, entre otros, delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1091-02 adoptado en la Sesion Ordinaria, de fecha 19 de febrero de 2014, el Consejo Directivo Nacional, delego a la Presidencia Ejecutiva la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29º del Estatuto MORDAZA referido; Que, el articulo 17° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, consigna que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, y los literales c) y j) del articulo 33° de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos (e), del Gerente de la Oficina de Administracion y Finanzas, de la Gerenta de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal, del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), y del Gerente General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia de la Ingeniera MORDAZA MORDAZA Arze MORDAZA al cargo de confianza de Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, con eficacia anticipada, al dia 21 de febrero de 2014; Articulo Segundo.- La Gerencia General queda encargada en la parte que le compete, del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo de SENCICO 1066614-1

ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Aceptan renuncia de Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del SENCICO
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 44-2014-02.00 MORDAZA, 10 de marzo de 2014 VISTO: La carta de renuncia de fecha 13 de febrero de 2014, presentada por la Ingeniera MORDAZA MORDAZA Arze MORDAZA, Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de su Ley de Organizacion y Funciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, concordante con lo establecido en el articulo 2º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2006VIVIENDA; asi como con lo establecido en el articulo 20º de la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del citado Ministerio; Que, por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0992012-02.00, de fecha 05 de junio de 2012, se designo a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA Arze MORDAZA, en el cargo de confianza de Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, Categoria D2, contratada a plazo indeterminado, bajo los alcances del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 "Ley de Productividad y Competitividad Laboral"; Que, mediante documento del visto, la citada funcionaria publica presenta renuncia al cargo de confianza de Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, Categoria D2, del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la construccion ­ SENCICO; lo que constituye causal de extincion del contrato de trabajo conforme a los alcances del inciso b) del articulo 16º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728; Que, la Gerencia General con proveido en el documento del visto, propone aceptar la renuncia de la Ingeniera MORDAZA MORDAZA Arze MORDAZA al cargo de confianza de Asesora Tecnica de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, al 21 de febrero de 2014; Que, por lo expuesto, resulta procedente aceptar la renuncia de la funcionaria Ingeniera MORDAZA MORDAZA Arze MORDAZA, al cargo MORDAZA acotado; Que, la Ley Nº 27594 "Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos", establece en su articulo 3º, que la designacion de funcionarios en el cargo de confianza, distintos a los comprendidos en el articulo 1º de dicha Ley, se efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; es atribucion

Aceptan renuncia de Supervisora de Gerencias Zonales del SENCICO
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 46-2014-02.00 MORDAZA, 11 de marzo de 2014 VISTO: La carta de renuncia de fecha 28 de febrero de 2014, presentada por la Arquitecta MORDAZA Jennypher MORDAZA de las MORDAZA, Supervisora de Gerencias Zonales, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de su Ley de Organizacion y Funciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, concordante con lo establecido en el articulo 2º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2006-

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