Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

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aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, los Programas y Proyectos contaran con un Manual de Operaciones que defina sus funciones, y de ser el caso, su estructura organica; y tendra como minimo la siguiente informacion: a) Descripcion, incluyendo el objetivo, la descripcion y la identificacion de entidades, organos o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades, respecto del Programa o Proyecto; b) Organizacion, funciones y responsabilidades; c) Procesos principales, como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda; y, d) Procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: supervision tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda; Que, con los Informes N° 004-2014-VIVIENDA-PNT y N° 020-2014-VIVIENDA-PNT, la Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional Tambos, en merito a los fundamentos tecnicos y legales contenidos en los Informes N° 0022014-VIVIENDA-PNT-PEPP, N° 003-2014-VIVIENDAPNT-PEPP, N° 004-2014-VIVIENDA-PNT-PEPP, N° 1352014-VIVIENDA-PNT y N° 275-2014-VIVIENDA-PNT, segun corresponda, remite el proyecto de Manual de Operaciones de dicho Programa, para la prosecucion del tramite conducente a su aprobacion; Que, mediante Memorandum Nº 809-2014VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto senala que la Unidad de Planificacion, Programacion y Racionalizacion a su cargo, a traves del Informe Nº 020-2014-VIVIENDA-OGPP-UPPR, ha opinado favorablemente respecto a la aprobacion del Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos (PNT), por lo que se remite la documentacion sustentatoria a fin de continuar con el tramite de aprobacion respectivo; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos, a efectos de establecer las funciones y la estructura organica que al mismo corresponden; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA y el Decreto Supremo N° 0432006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos (PNT), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que consta de cinco (05) titulos, cuatro (04) capitulos, treinta y un (31) articulos y un (01) anexo, y forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Publicacion Publicase la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) conjuntamente con el Manual de Operaciones aprobado por el articulo 1 de esta Resolucion. Articulo 3.- Vigencia El Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos (PNT) entrara en vigencia a partir del dia siguiente de publicacion de la presente Resolucion Ministerial, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1078067-2

encargada de la implementacion, seguimiento y evaluacion del "Plan Nacional de Poblacion 2010 ­ 2014". Articulo 2.- Designar al economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Multisectorial Permanente encargada de la implementacion, seguimiento y evaluacion del "Plan Nacional de Poblacion 2010 - 2014", constituida por Decreto Supremo N° 005-2010-MIMDES modificado por Decreto Supremo N° 003-2013-MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1078067-1

Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Tambos (PNT), adscrito al Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2014-VIVIENDA MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los Informes N° 004-2014-VIVIENDA-PNT y N° 020-2014-VIVIENDA-PNT del Programa Nacional Tambos, el Memorandum Nº 809-2014-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, y el Informe N° 020-2014-VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planificacion, Programacion y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo se establece, que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica, o implementar una politica publica especifica, en el ambito de competencia de la entidad a que pertenecen; Que, los articulos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento disponen, que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es el organo rector de las politicas nacionales y sectoriales dentro de su ambito de competencia, el cual comprende las materias de Vivienda, Construccion, Saneamiento, Urbanismo y Desarrollo MORDAZA, Bienes Estatales, y Propiedad Urbana; Que, por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 0162013-VIVIENDA se constituye el Programa Nacional Tambos, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como plataforma de prestacion de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la poblacion rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de MORDAZA, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo citado en el considerando precedente senala, que el objetivo del Programa Nacional Tambos es permitir el acceso de la poblacion pobre y extremadamente pobre, especialmente la asentada en los centros poblados del area rural y de manera dispersa, a los servicios y actividades, en materias sociales y productivas que brinda el Estado; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo indica que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobara el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos mediante Resolucion Ministerial; Que, de acuerdo a lo previsto en los articulos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica,

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